Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas Cataluña Servicios sociales
Servicios sociales Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para actividades deportivas en el Alt Penedès

Hasta el 50% del gasto en actividades deportivas comarcales del Alt Penedès

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Consell Comarcal del Alt Penedès para organizar actividades deportivas o promover el deporte.
Para quién
Ayuntamientos, clubes, entidades y asociaciones del Alt Penedès.
Cuánto
Hasta el 50% del gasto total realizado por tu entidad
Qué cubre
  • Gastos de organización de actividades deportivas de ámbito comarcal
  • Gastos de actividades de promoción del deporte en la comarca
Requisitos
  • Eres un ayuntamiento del Alt Penedès, o un club, entidad o asociación con sede social en la comarca
  • La actividad que organizas es de ámbito comarcal

    Se consideran actividades de ámbito comarcal: las que se realizan en 2 o más municipios del Alt Penedès; las organizadas por 2 o más ayuntamientos del Alt Penedès; las organizadas por 1 ayuntamiento junto con 1 o más clubes, entidades o asociaciones con sede social en otros municipios del Alt Penedès; las organizadas por 2 o más clubes, entidades o asociaciones con sede social en municipios distintos del Alt Penedès; y las actividades en las que compiten 2 o más equipos, clubes, entidades o asociaciones de municipios distintos del Alt Penedès.

  • La actividad se ha realizado y finalizado entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
  • Si eres una asociación, no has firmado este año un convenio de colaboración con aportación económica del Consell Comarcal
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica ante la administración que has realizado la actividad y cumplido las condiciones de la concesión
  • Comunica al Consell Comarcal cualquier otra subvención para la misma actividad si entre todas superan el 100% del gasto realizado
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control que te pida el Consell Comarcal y aporta la información que te requiera
  • Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos recibidos, incluidos los electrónicos
  • Difunde que la actividad ha sido subvencionada por el Consell Comarcal e incluye su patrocinio en la documentación y los programas que elabores
  • Mantén los libros de actas, los libros contables y los registros que te exija la legislación aplicable
Cuándo
  • Abre: 1 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club, entidad o asociación con sede social en el Alt Penedès
  • Representas a un ayuntamiento del Alt Penedès
  • Has organizado una actividad deportiva de ámbito comarcal
  • Organizas actividades de promoción del deporte en la comarca
  • Tu actividad se ha realizado en dos o más municipios del Alt Penedès
  • Tu actividad fomenta el deporte de equipo
  • Eres una persona física o jurídica distinta de los beneficiarios previstos
  • Quieres financiar una inversión para mejorar instalaciones deportivas
  • Lo que pides cubre clases o entrenamientos
  • Lo que pides son gastos ordinarios de funcionamiento o de estructura
  • La actividad la organiza el Consell Comarcal o colabora en ella
  • Tu asociación ha firmado este año un convenio con aportación económica del Consell Comarcal

Cuánto puedes recibir

La cuantía que recibes depende de la valoración de tu solicitud: se puntúa con los criterios de las bases y, con la puntuación obtenida y el presupuesto que presentes, se determina el importe a otorgar. En ningún caso la ayuda concedida puede superar el 50% del gasto total realizado por tu entidad. Una vez aceptada la subvención, el Consell Comarcal te la paga por transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria detallada de la actividad con el modelo del portal de trámites del Consell Comarcal

  2. Reúne la relación detallada de todos los gastos realizados y sus justificantes de pago

  3. Presenta la solicitud firmada digitalmente por vía telemática en el portal de trámites del Consell Comarcal, entre el 1 y el 15 de noviembre de 2026

  4. Si solicitas como ayuntamiento, tramita la solicitud a través de la plataforma EACAT

  5. Consulta la resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Comarcal

Documentación necesaria

  • Memoria detallada de la actividad, según el modelo del portal de trámites del Consell Comarcal
  • Relación detallada de todos los gastos realizados
  • Documentación impresa y anuncios publicados en la prensa comarcal, si los hay, donde conste el logotipo del Consell Comarcal
  • Facturas, recibos y justificantes de pago de los gastos de la actividad
  • Documento acreditativo del pago efectivo realizado

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya he recibido otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra concedida por otras administraciones o entidades públicas o privadas, siempre que entre todas no superen el coste total de la actividad subvencionada. Si la suma de las subvenciones recibidas supera el 100% del gasto realizado, debes comunicarlo al Consell Comarcal.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta documentación?
Recibirás un requerimiento y tendrás un plazo máximo de 10 días desde la notificación para corregirla. Si no lo haces en ese plazo, se entenderá que has desistido de tu solicitud y se archivará el expediente.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
La Junta de Gobierno debe resolver en un plazo máximo de tres meses desde que finaliza el periodo de presentación de solicitudes. Si pasa el plazo sin resolución, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Tengo que hacer algún trámite para aceptar la subvención?
No. Si en el plazo de un mes desde la publicación del acuerdo de concesión no presentas objeciones por escrito al Consell Comarcal, se entiende que aceptas la ayuda y las condiciones de la concesión.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas