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Ayudas Claras
Ayudas Comunidad de Madrid Servicios sociales
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Ayuda por nacimiento o adopción en Villaviciosa de Odón

1.000€ por cada menor nacido o adoptado en 2025 en Villaviciosa de Odón

Lo que significa

Qué es
Ayuda económica del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, en concurrencia no competitiva, por el nacimiento o la adopción de un menor.
Para quién
Unidades familiares del municipio con un menor nacido o adoptado; la solicita uno de los dos progenitores o adoptantes.
Cuánto
1.000€ por cada menor nacido o adoptado, también en los partos múltiples
Qué cubre
Los gastos derivados del nacimiento o la adopción del menor
Requisitos
  • Has tenido por nacimiento o adopción un menor de 12 años durante el año 2025
  • Presentas una sola solicitud por unidad familiar, con el consentimiento del otro progenitor
  • Tienes nacionalidad española, o extranjera con residencia legal en España
  • Estás empadronado en Villaviciosa de Odón de forma ininterrumpida los tres años anteriores a la solicitud
  • El menor está empadronado contigo en la fecha de presentación de la solicitud
  • No estás privado de la patria potestad del menor ni su tutela la tiene una institución pública
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple los requisitos al presentar la solicitud y mantenlos hasta que se resuelva la convocatoria
  • Mantén las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión: si cambian, la ayuda puede modificarse
  • Aporta en diez días hábiles la documentación que te requieran, o se te tendrá por desistido
  • Devuelve el importe cobrado, con los intereses de demora, si la ayuda se obtuvo de forma fraudulenta
Cuándo
  • Abre: 9 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 8 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has tenido un hijo por nacimiento durante el año 2025
  • Has adoptado a un menor de 12 años durante el año 2025
  • Estás empadronado en Villaviciosa de Odón desde hace al menos tres años
  • Eres uno de los progenitores o adoptantes del menor
  • Eres el tutor de un progenitor menor de edad no emancipado
  • El nacimiento o la resolución de adopción ocurrió fuera del año 2025
  • Los dos progenitores presentáis solicitud: las dos quedan excluidas
  • Estás privado total o parcialmente de la patria potestad del menor
  • La tutela del menor la ha asumido una institución pública
  • El menor no está empadronado contigo al presentar la solicitud

Cuánto puedes recibir

Recibes 1.000€ por cada menor nacido o adoptado durante 2025. Si fue un parto múltiple, o adoptaste a más de un menor, cobras esa cantidad por cada uno de ellos; solo se concede una ayuda por menor. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena y firma la solicitud en el modelo normalizado de la convocatoria

  2. Reúne el DNI o NIE, el libro de familia y el certificado bancario de titularidad

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del ayuntamiento o en su Registro General

  4. Hazlo dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín de la Comunidad de Madrid

  5. Consulta el edicto con la resolución en la web municipal, el tablón del Registro General y la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada en el impreso normalizado de ayudas por nacimiento o adopción
  • Copia del DNI o NIE en vigor; si eres residente de la Unión Europea sin DNI, pasaporte y certificado de registro de ciudadano de la Unión
  • Copia del libro de familia o documento oficial que acredite el nacimiento o la resolución de adopción
  • Consentimiento del otro progenitor en impreso normalizado, o declaración responsable si eres familia monoparental
  • Certificado bancario que acredite que la cuenta donde se ingresará la ayuda está a tu nombre
  • Si no autorizas la consulta de tus datos: documentación de empadronamiento y de obligaciones tributarias con el ayuntamiento, Hacienda y la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas por nacimiento o adopción?
Sí. La convocatoria dice que estas ayudas son compatibles con otras de la misma finalidad, las conceda la administración o entidad que sea.
¿Podemos pedirla los dos progenitores?
No. Solo cabe una solicitud por unidad familiar y necesitas el consentimiento del otro progenitor. Si la presentáis los dos, las dos solicitudes quedan excluidas automáticamente.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
El acuerdo se publica por edicto en la web municipal, en el tablón del Registro General y en la sede electrónica, en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Esa publicación hace de notificación.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
Te requerirán para que completes o corrijas la documentación en diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se te tendrá por desistido.

Fuentes oficiales

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