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Ayudas Claras
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Termalismo Valenciano 2027: balnearios para mayores

La Generalitat aporta hasta 264,44€ por plaza en balnearios para mayores.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana para estancias con tratamiento termal en balnearios de la Comunitat.
Para quién
Personas mayores, su cónyuge o pareja de hecho, un acompañante si lo necesitan y un hijo a cargo con discapacidad.
Cuánto
  • La Generalitat aporta hasta 264,44€ por plaza de tratamiento termal y hasta 148,09€ por plaza de estancia termal; el resto del precio lo pagas tú.
    BalnearioDuraciónPrecio totalAporta la GeneralitatPagas tú
    Cofrentes10 días (9 noches)639,55€264,44€375,11€
    Montanejos6 días (5 noches)335,57€148,09€187,49€
    La Vilavella10 días (9 noches)587,19€264,44€322,75€
    Cabriel-Fuente Podrida10 días (9 noches)587,19€264,44€322,75€
    Precios de temporada baja, de enero a junio de 2027. La habitación individual depende de la disponibilidad hotelera y cuesta un suplemento máximo de 15€ al día.
Qué cubre
  • Alojamiento en habitación doble de uso compartido y manutención en régimen de pensión completa
  • Reconocimiento médico al ingresar, el tratamiento termal que te prescriba el médico del balneario y el seguimiento médico con informe final
  • Actividades de animación sociocultural y póliza de seguro de responsabilidad civil
Requisitos
  • Cumples una de las situaciones de edad o discapacidad que dan acceso al programa

    Ser mayor de 65 años, o tener cumplidos los 60 siendo pensionista del sistema público. Tener cumplidos los 60 años y una discapacidad reconocida del 33 % o superior.

  • Estás empadronado en la Comunitat Valenciana.
  • Si necesitas la ayuda de un acompañante, tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 65 %.
  • Tu cónyuge o pareja de hecho, si también pide plaza, es mayor de 50 años y está empadronado en la Comunitat Valenciana.
  • Tu hijo o hija a cargo puede participar si tiene una discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Te vales por ti mismo: lo declaras bajo tu responsabilidad al firmar la solicitud.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Confirma tu asistencia y abona los gastos de gestión de la reserva en el plazo que te indiquen al notificarte la concesión.
  • Paga al establecimiento termal la parte del precio de la plaza que te corresponde.
  • Avisa cuanto antes a la dirección general de personas mayores y al balneario si no puedes disfrutar la plaza asignada.
  • Comunica de inmediato al establecimiento termal si interrumpes la estancia por una causa de fuerza mayor demostrable.
  • Entrega a la administración, si te lo requiere, la información que necesite en 15 días hábiles.
Cuándo
  • Abre: 1 de enero de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de junio de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres mayor de 65 años.
  • Tienes 60 años cumplidos y eres pensionista del sistema público.
  • Tienes 60 años cumplidos con una discapacidad reconocida del 33 % o superior.
  • Estás empadronado en la Comunitat Valenciana.
  • Quieres hacer un tratamiento termal en un balneario valenciano entre enero y junio de 2027.
  • No estás empadronado en la Comunitat Valenciana.
  • Eres quien pide la plaza y tienes menos de 60 años.
  • Eres quien pide la plaza, tienes entre 60 y 64 años y no eres pensionista del sistema público ni tienes una discapacidad reconocida del 33 % o superior.
  • Recibes otra ayuda para esta misma finalidad de cualquier administración o entidad pública o privada.
  • Necesitas acompañante y tu discapacidad reconocida no llega al 65 %.
  • Quieres disfrutar la estancia después del 30 de junio de 2027.

Cuánto puedes recibir

La Generalitat paga directamente al balneario hasta 264,44€ por tu plaza si haces un tratamiento termal de 10 días y hasta 148,09€ si eliges una estancia termal de 6 días. El resto del precio de la plaza corre por tu cuenta, según los precios fijados para 2027 en los contratos con los establecimientos termales. Si quieres habitación individual y hay disponibilidad, pagas un suplemento máximo de 15€ al día.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena el modelo de solicitud que figura en la convocatoria y fírmalo junto al resto de personas que van a participar.

  2. Indica en la solicitud hasta tres balnearios por orden de preferencia y, si quieres, la temporada que prefieres.

  3. Presenta la solicitud, preferentemente de forma telemática, en la sede electrónica de la Generalitat.

  4. Si no dispones de medios electrónicos, entrégala en las oficinas de registro de la conselleria, en las oficinas PROP o en las direcciones territoriales de Valencia, Alicante y Castellón.

  5. Consulta en la web de la conselleria, en el área de personas mayores, si tienes plaza o figuras como suplente.

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo que figura en la convocatoria, cumplimentada y firmada por todas las personas que participan.
  • Copia compulsada o autenticada del documento nacional de identidad, pasaporte o número de identificación de extranjero, si te opones a que comprueben tus datos de identidad.
  • Certificado de empadronamiento, individual o colectivo, si te opones a que comprueben tu domicilio y residencia o has cambiado de empadronamiento en los dos últimos meses.
  • Certificado de discapacidad del 33 % o superior, si lo tienes reconocido y lo expidió una entidad de fuera de la Comunitat Valenciana o te opones a su consulta.
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, con la Hacienda estatal y con la Hacienda valenciana, si te opones a que los obtenga el órgano convocante.
  • Justificante de la condición de pensionista, si te opones a que se consulten tus datos de pensión.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta plaza si ya tengo otra ayuda para lo mismo?
No. Estas subvenciones son incompatibles con otras que para la misma finalidad convoque cualquier administración o entidad pública o privada.
¿Cómo se reparten las plazas si hay más solicitudes que plazas?
Se convocan 5.305 plazas de temporada baja y se adjudican por orden de presentación de solicitudes, que es el criterio único. Quien no obtiene plaza directa entra en una lista de personas suplentes por ese mismo orden.
¿Puedo dormir en habitación individual?
Solo si hay disponibilidad hotelera, y pagando un suplemento de 15€ al día como máximo. El programa se ofrece en habitación doble de uso compartido.
¿Puedo repetir estancia el mismo año?
Puedes disfrutar un máximo de dos estancias dentro del plazo de ejecución del programa, en una temporada distinta a la que solicitaste en primer lugar, y debes presentar una nueva solicitud cuando termine la primera estancia.
¿Qué pasa si no me contestan a la solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin respuesta expresa, tu solicitud se entiende desestimada, aunque la administración sigue obligada a resolver.

Fuentes oficiales

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