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Ayudas Claras
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Ayuda para gastos de sepelio en Vilanova de Sau

Hasta 250€ por solicitante para cubrir los gastos de sepelio de un familiar

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Vilanova de Sau para los gastos de sepelio de un habitante del municipio.
Para quién
Personas físicas: el cónyuge viudo, los hijos de la persona fallecida o quien haya pagado el sepelio.
Cuánto
Hasta 250€ por solicitante
Qué cubre
  • Los gastos de sepelio de un familiar
  • Los gastos de entierro y funeral que hayas pagado tú
Requisitos
  • Eres una persona física, no una empresa ni una entidad
  • Eres el cónyuge viudo no separado judicialmente, hijo o hija de la persona fallecida, o quien pagó el sepelio
  • Has realizado gastos de sepelio por la muerte de un familiar que era habitante de Vilanova de Sau, fallecido dentro del año natural de la convocatoria
  • Acreditas el gasto con la factura original del entierro y el funeral emitida a tu nombre
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la documentación firmada y en original o copia debidamente autenticada
  • Entrega los documentos en una de las lenguas cooficiales de Cataluña
  • Si la documentación es incorrecta o incompleta, corrígela en los diez días hábiles siguientes a la notificación
  • Al presentar la solicitud aceptas las normas que regulan la subvención
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has pagado el entierro y el funeral de un familiar
  • Eres el cónyuge viudo de la persona fallecida y no estás separado judicialmente
  • Eres hijo o hija de la persona fallecida
  • La persona fallecida era habitante de Vilanova de Sau
  • Conservas la factura original del sepelio emitida a tu nombre
  • No eres cónyuge ni hijo de la persona fallecida ni pagaste el sepelio
  • Estabas separado judicialmente del cónyuge fallecido
  • No tienes la factura original del entierro y el funeral a tu nombre
  • La persona fallecida no era habitante de Vilanova de Sau
  • Eres una empresa o una entidad, y no una persona física
  • Presentas la solicitud después del 15 de diciembre de 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta 250€ por solicitante para sufragar los gastos de sepelio de tu familiar. Tienes que acreditar el gasto con la factura original del entierro y el funeral emitida a tu nombre. Las solicitudes compiten entre sí y el ayuntamiento puede dejar desierto el concurso o no agotar el crédito previsto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Recoge el modelo normalizado de solicitud en las oficinas del ayuntamiento o en su página web

  2. Reúne la documentación exigida, firmada y en original o copia autenticada

  3. Presenta la solicitud firmada en el Registro del Ayuntamiento antes del 15 de diciembre de 2026

  4. Si te requieren por falta de documentación, subsánala en los diez días hábiles siguientes

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud firmado por la persona solicitante
  • Fotocopia del DNI del solicitante
  • Factura original, emitida a tu nombre, de los gastos de entierro y funeral del familiar
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos para ser beneficiario, según el modelo normalizado
  • Certificado de defunción

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El ayuntamiento te requerirá para que la corrijas en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu solicitud.
¿Cuánto tardan en contestarme?
Todas las solicitudes presentadas en plazo se examinan juntas y se resuelven en un único acto administrativo. La concesión se notifica en un plazo máximo de 10 días desde la aprobación de la resolución, y la falta de resolución en plazo tiene efectos desestimatorios.
¿Puedo reclamar si me deniegan la ayuda?
La resolución pone fin a la vía administrativa. Puedes interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o, de forma potestativa, recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes.
¿En qué idioma tengo que presentar los documentos?
La documentación puede presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña.

Fuentes oficiales

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