Subvenciones para asociaciones sociales en Jumilla
Hasta 7.000€ por subvención para asociaciones sin ánimo de lucro de Jumilla
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Jumilla para proyectos sociales de asociaciones sin ánimo de lucro.
- Para quién
- Asociaciones, colectivos y entidades privadas sin ánimo de lucro con fines sociales y sociosanitarios.
- Cuánto
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- Límite máximo por subvención según la línea que te corresponda
Marcas en la solicitud la línea que corresponde a los fines de tu asociación.Línea Límite máximo por subvención Línea A · promoción y dinamización de la propia asociación 3.000 € Línea B · mejora de la calidad de vida de colectivos con problemas sociosanitarios 7.000 €
- Límite máximo por subvención según la línea que te corresponda
- Qué cubre
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- Proyectos y actividades de integración social dirigidos a familias y menores, personas mayores, personas con discapacidad, población inmigrante, personas en riesgo de exclusión social y mujer e igualdad
- Acciones formativas, culturales, recreativas y artísticas, actividades lúdicas y de convivencia, promoción del voluntariado y acompañamiento
- Bienes inventariables imprescindibles para ejecutar el proyecto, con un límite de gasto
El gasto en bienes inventariables imprescindibles para la ejecución del proyecto o actividades debe ser inferior al 20% del importe total del proyecto o actividades, y esos bienes deben estar a disposición de la entidad al menos cinco años desde su adquisición.
- Requisitos
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- Eres una persona jurídica sin ánimo de lucro
- En tus estatutos constan los fines sociales de la entidad
- Realizas una labor social
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Colectivos del Ayuntamiento de Jumilla
- El proyecto o actividad para el que pides la subvención se desarrolla exclusivamente en el municipio de Jumilla
- Tu solicitud supera la puntuación mínima de la valoración
Apartado Puntos Implantación, trayectoria y desempeño de la entidad 30 Valoración del proyecto 70 Puntuación máxima por solicitud 100 Puntuación mínima para resultar subvencionado 40 -
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto subvencionado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Justifica la realización íntegra del proyecto y el cumplimiento de su finalidad; el plazo de justificación termina el 31 de marzo de 2027
- Presenta memoria de actuación y memoria económica con la relación clasificada de gastos e inversiones
- Declara los demás ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con su importe y procedencia
- Guarda los justificantes de gasto durante un periodo de al menos cuatro años
- Devuelve los remanentes no aplicados y los intereses que se deriven de ellos
- Cuándo
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El plazo es de cinco días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 28 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad privada sin ánimo de lucro
- Tus estatutos recogen los fines sociales de la entidad
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Jumilla
- Tu proyecto se desarrolla exclusivamente en el municipio de Jumilla
- Trabajas con familias, mayores, personas con discapacidad o población inmigrante
- Quieres financiar actividades de integración social durante este ejercicio
- Eres un particular y no una entidad con personalidad jurídica
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Jumilla
- Tus estatutos no recogen fines sociales
- Tu proyecto se desarrolla fuera del municipio de Jumilla
- Tu solicitud no alcanza la puntuación mínima de la valoración
Cuánto puedes recibir
El límite máximo que se concede por subvención es de 3.000 € si tu asociación va a la línea A y de 7.000 € si va a la línea B. El pago se hace de manera anticipada, tras el acuerdo de concesión, y no tienes que constituir garantías.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Colectivos de Jumilla
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Rellena el modelo normalizado de solicitud marcando la línea que corresponde a tus fines y la cuantía que pides
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Prepara la memoria explicativa con el calendario detallado de actividades y el presupuesto de ejecución
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Reúne el certificado de la secretaría de la asociación y el resto de documentación acreditativa
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Presenta la solicitud dentro de los 5 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la Región de Murcia
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de dos meses desde que termina el plazo de solicitud
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I de las bases específicas)
- Memoria explicativa de las actividades, con descripción y calendario detallado y presupuesto de ejecución (Anexo II)
- Certificado de la secretaría de la asociación (Anexo III)
- Documento Nacional de Identidad de la persona que actúa en nombre de la entidad
- Acreditación del poder o acuerdo social que atribuye esa representación
- Tarjeta de identificación fiscal de la asociación
- Certificación de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social o, en su caso, declaración responsable de no estar obligado a ellas
- Certificado de cuenta bancaria de la asociación solicitante
- Declaración responsable de la presidencia, en la propia solicitud, sobre la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, si el proyecto incluye intervención con menores