Ayuda municipal por nacimiento y manutención en Almussafes
Hasta 800€ por nacimiento y hasta 1.000€ por manutención, según tu renta
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal por concurrencia competitiva para gastos de nacimiento, adopción y manutención de hijos de 0 a 3 años en Almussafes
- Para quién
- Progenitores y tutores legales con hijas e hijos de 0 a 3 años a su cargo
- Cuánto
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- Pago único anual por cada hija o hijo, según la renta per cápita anual de tu familia
Son las cuantías máximas: si el gasto que justificas es inferior, la ayuda se reduce hasta el importe justificado.Renta per cápita anual Nacimiento o adopción Manutención Hasta 5.000,00€ 800,00€ 1.000,00€ De 5.000,01€ a 7.000,00€ 700,00€ 900,00€ De 7.000,01€ a 10.000,00€ 600,00€ 800,00€ De 10.000,01€ a 13.000,00€ 600,00€ 500,00€
- Pago único anual por cada hija o hijo, según la renta per cápita anual de tu familia
- Qué cubre
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- Productos de alimentación e higiene infantil
Alimentos, biberones, cubiertos, chupetes, mordedores, pañales, toallitas, jabones, cremas, peines, cepillos de dientes y baberos.
- Farmacia y parafarmacia, ropa, mobiliario y otros útiles para el menor
Medicinas, vacunas, pomadas, utensilios de puericultura, termómetros, sueros, gasas y antisépticos. Ropa, calzado y complementos, sábanas, mantas, nórdicos y toallas. Cuna, minicuna, carro, trona, silla para el coche, muebles, artículos de iluminación para la habitación, pequeños electrodomésticos, artículos de seguridad, juguetes, correpasillos, sonajeros y proyectores con luz nocturna.
- Servicios para el menor, como guardería o escuela infantil
Guarderías o escuelas infantiles, actividades extraescolares, tratamientos de salud no incluidos en la seguridad social (odontología, oftalmología, fisioterapia, logopedia) y ayudas técnicas como gafas u ortopedia.
- Productos de alimentación e higiene infantil
- Requisitos
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- Estás empadronado y mantienes residencia efectiva en Almussafes
Se exige a ambos progenitores, salvo en separación o divorcio, en que solo se pide al progenitor que tiene la guarda y custodia, y en custodia compartida, en que solo se pide al progenitor solicitante. La comisión de valoración puede admitir otras causas excepcionales y justificables, debidamente acreditadas.
- Al menos uno de los progenitores lleva un año de antigüedad en el padrón municipal
El año mínimo se cuenta antes del nacimiento o adopción, o antes de la fecha en que el menor cumple de 1 a 3 años. Se tienen en cuenta los cambios de domicilio temporales y el periodo puede contabilizarse en los 10 años anteriores.
- El menor está empadronado en tu mismo domicilio y convive contigo
Se exceptúan los casos de urgente necesidad social, debidamente acreditados y valorados por la comisión de valoración.
- Tus ingresos familiares de 2025 no superan el umbral de renta de tu unidad familiar
A partir del noveno miembro se añaden 3.600€ a la renta de la unidad familiar por cada nuevo miembro computable.Miembros de la unidad familiar Renta familiar de 2025 Dos miembros 25.400€ Tres miembros 34.500€ Cuatro miembros 40.900€ Cinco miembros 45.700€ Seis miembros 49.300€ Siete miembros 52.900€ Ocho miembros 56.500€ - Has comprado los productos o servicios del menor en establecimientos de Almussafes durante 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Estás empadronado y mantienes residencia efectiva en Almussafes
- Obligaciones
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- Destina el importe de la ayuda a cubrir los gastos del menor
- Presenta la justificación del gasto junto con la solicitud
- Comunica al ayuntamiento, en cuanto las conozcas, otras ayudas que recibas para la misma finalidad
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero y facilita los datos que te pidan
- Acredita antes del pago que estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el ayuntamiento
- Devuelve el importe, con el interés de demora, si incumples las obligaciones de la convocatoria
- Cuándo
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El plazo no es el mismo para todos: son seis meses, y el día desde el que cuentan depende de tu caso. Si el nacimiento, la adopción o el cumpleaños de 1 a 3 años fue antes de que se publicara la convocatoria, los seis meses cuentan desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia; si fue después, cuentan desde la fecha del nacimiento o la adopción. Confirma tu fecha con el Ayuntamiento de Almussafes.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una hija o hijo nacido o adoptado en 2026
- Tu hija o hijo cumple de 1 a 3 años durante 2026
- Estás empadronado con residencia efectiva en Almussafes
- Eres progenitor o tutor legal con el menor a tu cargo
- Tu renta familiar de 2025 no supera el umbral de tu unidad familiar
- Has hecho gastos para el menor en comercios de Almussafes
- El menor no está empadronado ni convive en tu domicilio, salvo urgente necesidad social acreditada
- Superas el umbral de renta que corresponde a tu unidad familiar
- La base imponible del ahorro de tu familia iguala o supera 2.500€
- Cobras una prestación por acogimiento de un menor tutelado por la Generalitat Valenciana
- Estás privado de la patria potestad de tus hijos
- Eres deudor por reintegro de subvenciones al ayuntamiento de Almussafes
Cuánto puedes recibir
Cobras un pago único anual por cada hija o hijo. Si ha nacido o lo has adoptado en 2026, la ayuda va de 600€ a 800€; si cumple de 1 a 3 años en 2026, la ayuda por manutención va de 500€ a 1.000€. La cuantía exacta depende de la renta per cápita anual de tu familia, y se reduce hasta el importe que hayas justificado si el gasto acreditado es menor. El pago se hace por transferencia bancaria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación familiar y las facturas o tickets de los gastos del menor hechos en Almussafes
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Rellena el modelo de solicitud, disponible en el departamento de Bienestar Social, en el IMAC y en la web municipal
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Fírmala con todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 16 años
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Presenta la solicitud junto con la justificación del gasto en la sede electrónica del ayuntamiento o en su registro
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Presenta una solicitud por cada hija o hijo si pides la ayuda para varios menores
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Consulta el listado provisional en la web municipal y subsana lo que falte en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Libro de familia con los menores que dan derecho a la ayuda, o documentación oficial de los miembros de la unidad familiar y sus datos de nacimiento
- Convenio regulador y recibo actual de manutención, en caso de separación o divorcio
- Las dos últimas facturas de dos suministros básicos de la vivienda (luz, agua o gas) a nombre de los progenitores o tutores del menor
- Contrato de arrendamiento y último recibo de alquiler, declaración jurada del propietario u otros documentos de residencia real y efectiva, si los recibos no están a tu nombre
- Facturas o tickets de compra del gasto hecho en Almussafes, con el concepto, el importe total con IVA y el comercio identificado
- Modelo de domiciliación bancaria del solicitante (Anexo 5)
- Declaración responsable de no haber recibido otra ayuda del ayuntamiento por el mismo concepto (Anexo 4)
- Compromiso de comunicar otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad (Anexo 4)
- Compromiso de someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero
- Autorización de acceso a los datos de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, firmada por todos los miembros computables de la unidad familiar
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario