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Ayudas Claras
Ayudas Valencia Servicios sociales
Servicios sociales Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas sociales Albal Suma para necesidades básicas

Prestaciones económicas para cubrir necesidades básicas, hasta el 30 de noviembre

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Albal para cubrir necesidades básicas y situaciones de emergencia social.
Para quién
Personas y núcleos familiares de Albal en situación de riesgo o exclusión social sin recursos económicos propios.
Cuánto
  • El importe depende de la puntuación que obtengas: se aplica un porcentaje sobre el importe máximo fijado para cada tipo de ayuda.
    PuntuaciónPorcentaje de la ayuda
    1070%
    1175%
    1280%
    1385%
    1490%
    1595%
    16100%
    La puntuación máxima es de 16 puntos. El importe máximo de cada tipo de ayuda lo fija la convocatoria: consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Prótesis auditivas, prótesis visuales y tratamientos dentales
  • Pequeñas reparaciones del interior de tu vivienda habitual, como fontanería, pintura o electricidad
  • Eliminación de barreras y ayudas técnicas como grúas, camas articuladas o instrumentos de comunicación
Requisitos
  • Eres mayor de edad o menor emancipado
  • Estás empadronado en Albal sin interrupción durante los 6 meses anteriores a la solicitud, salvo que un informe de Servicios Sociales acredite una situación de extrema necesidad
  • La renta per cápita de tu unidad familiar no supera el IPREM que fija la convocatoria
  • Tu saldo bancario es inferior al 100% del IPREM vigente en cómputo anual en 12 pagas
  • No tienes otra ayuda o prestación concedida para el mismo fin, salvo que esa prestación o tus ingresos no superen los límites de ingresos que fija la convocatoria
  • Dispones del informe que determina la necesidad de la ayuda que pides
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la prestación a la finalidad para la que te la concedieron
  • Justifica el gasto con facturas o extractos bancarios, hasta 30 días naturales desde que recibes la ayuda
  • Comunica los cambios en tus condiciones, tu domicilio o tu residencia habitual
  • Acepta y facilita la intervención de los servicios sociales municipales
  • Acude a las entrevistas con los equipos de Servicios Sociales y facilita la visita a domicilio
  • Devuelve el importe que hayas percibido indebidamente o en cuantía indebida
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Vives en Albal y no tienes recursos para cubrir tus necesidades básicas
  • Estás empadronado en Albal desde hace al menos 6 meses
  • Necesitas una prótesis auditiva, una prótesis visual o un tratamiento dental
  • Tienes que hacer una pequeña reparación en tu vivienda habitual
  • Tienes más de 60 años y necesitas eliminar barreras en tu casa
  • Tienes reconocida una diversidad funcional de grado igual o superior al 33% y necesitas una ayuda técnica, como una grúa o una cama articulada
  • Eres menor de edad y no estás emancipado
  • No has justificado todavía ayudas que el Ayuntamiento de Albal te concedió antes por este mismo concepto
  • La renta per cápita de tu unidad familiar supera el IPREM de la convocatoria
  • Tu saldo bancario iguala o supera el 100% del IPREM anual en 12 pagas
  • Estás en paro y no estás inscrito como demandante de empleo
  • Ya pagaste la prótesis o el tratamiento dental antes de solicitar la ayuda

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. La cuantía máxima de cada tipo de ayuda la fija la convocatoria y lo que cobras es un porcentaje de ese máximo, entre el 70% y el 100%, según la puntuación que obtengas sobre un total de 16 puntos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consigue el informe que acredite la necesidad: médico del sistema público para prótesis y tratamientos dentales, técnico de Servicios Sociales para ayudas técnicas

  2. Reúne el presupuesto o la factura del gasto que vas a realizar

  3. Rellena la solicitud en modelo normalizado con sus anexos y la declaración responsable

  4. Presenta la solicitud en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Albal antes del 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado con sus anexos
  • DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante y de los mayores de 16 años de la unidad familiar
  • Libro de familia
  • Informe que determine la necesidad de la ayuda solicitada
  • Presupuesto o factura del gasto a realizar
  • Certificado bancario del saldo disponible de cada miembro de la unidad familiar mayor de 16 años
  • Documento acreditativo de la diversidad funcional con el grado reconocido, si es tu caso
  • Orden de protección, sentencia condenatoria, medidas cautelares o documento similar, si eres víctima de violencia de género o doméstica
  • Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o recibidas y sobre la justificación de ayudas anteriores

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda después del 30 de noviembre?
Con carácter extraordinario se admiten y tramitan solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que acredites con documentos que la necesidad apareció fuera del plazo normal de presentación.
¿Cuánto tardan en contestarme?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada.
¿Qué pasa si no justifico el gasto?
Si la justificación es insuficiente o no la presentas correctamente, se inicia un procedimiento para que devuelvas total o parcialmente la ayuda recibida.
¿Puedo repetir una ayuda técnica que ya me concedieron?
En eliminación de barreras y ayudas técnicas, no si ya obtuviste ayuda por el mismo concepto en los últimos 5 años, salvo que un informe acredite de nuevo la necesidad.
¿Tengo que presentar algún aval o garantía?
No. Por la naturaleza de estas ayudas no es necesario constituir garantías a favor del Ayuntamiento de Albal.

Fuentes oficiales

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