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Ayudas Claras
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Subvención para plaza en centro de día en Aspe

Hasta el 50% del coste mensual de tu plaza en el Centro de Día El Puente de Aspe

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Aspe para financiar parte del coste de una plaza en el Centro de Día El Puente.
Para quién
Personas con diversidad funcional que ocupan plaza en el centro de día, y sus padres, madres o representantes legales.
Cuánto
Hasta el 50% del coste mensual que pagas por la ocupación de la plaza
Qué cubre
Parte del coste mensual de la ocupación de tu plaza en el Centro de Día El Puente
Requisitos
  • Tienes concedida una plaza en el Centro de Día El Puente y la ocupas efectivamente
  • Estás empadronado en Aspe con una antigüedad mínima de dos años
  • Asumes y pagas la diferencia entre el coste de la plaza y la subvención concedida
  • Informas a los Servicios Sociales de cualquier incidencia que afecte al aprovechamiento de la plaza
  • Si la persona con la plaza no tiene capacidad plena de obrar, solicita su padre, madre o representante legal
  • Autorizas al Ayuntamiento a incorporar tu certificado de empadronamiento en Aspe y su antigüedad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Asiste al centro y ocupa efectivamente la plaza que fundamenta la ayuda
  • Justifica la asistencia con un documento de la dirección del centro, como máximo el 15 de diciembre del ejercicio en curso
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas para lo mismo, indicando su cuantía
  • Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos recibidos
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del órgano que concede la ayuda
  • Devuelve el dinero recibido si incumples la actividad o no la justificas
Cuándo
  • Abre: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 27 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes concedida una plaza en el Centro de Día El Puente y la ocupas
  • Estás empadronado en Aspe desde hace al menos dos años
  • Eres una persona con diversidad funcional con capacidad plena de obrar
  • Eres padre, madre o representante legal de una persona con plaza que no tiene capacidad plena de obrar
  • Pagas cada mes el coste de la ocupación de esa plaza
  • No tienes plaza concedida en el Centro de Día El Puente
  • No estás ocupando efectivamente la plaza que te concedieron
  • Llevas menos de dos años empadronado en Aspe
  • No puedes asumir la parte del coste que no cubre la subvención

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% del coste mensual que vienes pagando por la ocupación de tu plaza en el centro de día; el resto lo abonas tú. El importe concreto se decide valorando la situación económica de tu unidad familiar, para lo que te pedirán la documentación necesaria. Se hace un pago único, después de que justifiques la ayuda.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que debe acompañar a la solicitud

  2. Presenta la solicitud en el modelo oficial en el registro del Ayuntamiento de Aspe

  3. Autoriza en la solicitud al Ayuntamiento a incorporar el certificado de tu empadronamiento en Aspe y su antigüedad

  4. Aporta la documentación que te requieran para determinar la renta de tu unidad familiar

  5. Espera la notificación de la resolución, con un plazo máximo de seis meses

Documentación necesaria

  • Fotocopia del libro de familia
  • Resolución de plaza o informe de alta en el que conste la fecha de incorporación
  • Ficha de mantenimiento de terceros
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones y de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Autorización al Ayuntamiento para incorporar el certificado de empadronamiento en Aspe y su antigüedad

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya recibo otra ayuda para la misma plaza?
Sí. Es compatible con otras ayudas de administraciones públicas o entidades privadas con la misma finalidad, con el límite de que la suma no supere el coste del centro. Si lo supera, la ayuda del Ayuntamiento se reduce en el exceso.
¿Qué pasa si no puedo asistir al centro durante un tiempo?
Debes informar al Ayuntamiento. Si la ausencia se debe a causas de fuerza mayor, puedes pedir que no se reduzca la cuantía, entendiendo que tendrás que pagar la mensualidad por reserva de plaza.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo de resolución y notificación es de seis meses. Si vence ese plazo sin que te notifiquen, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
¿Cómo se decide a quién se le concede?
Se valora la situación económica de la unidad familiar del solicitante. Las ayudas se otorgan en concurrencia competitiva hasta agotar el crédito disponible.
¿Qué ocurre si no justifico la ayuda?
Tendrás que devolver las cantidades percibidas más el interés de demora. También procede la devolución si incumples total o parcialmente la actividad o te niegas a las actuaciones de comprobación y control.

Fuentes oficiales

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