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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Servicios sociales
Servicios sociales Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Arreglo de viviendas por dependencia o discapacidad

Arreglos en la vivienda habitual para personas con dependencia o discapacidad

Lo que significa

Qué es
El Ayuntamiento concede por concurrencia competitiva el programa de arreglo de viviendas de la Diputación de Barcelona.
Para quién
Vecinos de Sant Joan de Vilatorrada con discapacidad o en situación de dependencia.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Actuaciones de arreglo en la vivienda que es tu domicilio habitual
Requisitos
  • Demuestras residencia continuada y efectiva en el municipio durante los cuatro meses anteriores a la solicitud
  • Tienes nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea, o permiso de residencia vigente si eres extranjero
  • Tienes reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% o estás en situación de dependencia

    El grado de discapacidad se acredita con el certificado de discapacidad de la Generalitat de Cataluña.

  • La vivienda objeto de las actuaciones es tu domicilio habitual y estás empadronado en ella
  • Respetas los principios éticos y las reglas de conducta aprobados por el Ayuntamiento
Obligaciones
Respeta los principios éticos y las reglas de conducta aprobados por el Ayuntamiento
Cuándo
  • Abre: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%
  • Te encuentras en situación de dependencia reconocida
  • Resides en Sant Joan de Vilatorrada desde hace al menos cuatro meses
  • La vivienda que necesita arreglos es tu domicilio habitual
  • Estás empadronado en la vivienda donde se harían las actuaciones
  • No tienes reconocida discapacidad del 33% ni situación de dependencia
  • Llevas menos de cuatro meses residiendo en el municipio
  • La vivienda que quieres arreglar no es tu domicilio habitual
  • No estás empadronado en la vivienda objeto de las actuaciones
  • No tienes nacionalidad española o de la Unión Europea ni permiso de residencia vigente

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija una cantidad individual: lo que se concede es el arreglo de la vivienda, y se ofrece a las solicitudes que obtienen mejor puntuación. El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos de residencia y de discapacidad o dependencia

  2. Rellena el modelo normalizado de solicitud del programa de arreglo de viviendas

  3. Presenta la solicitud y la documentación necesaria en el Registro General del Ayuntamiento dentro de los 20 días naturales siguientes al anuncio de la convocatoria

  4. Espera la valoración por puntos: se ofrece el arreglo a las solicitudes con mejor puntuación

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud del programa de arreglo de viviendas
  • Certificado de discapacidad de la Generalitat de Cataluña o acreditación de la situación de dependencia
  • Permiso de residencia vigente, si eres extranjero

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe el arreglo?
Las solicitudes se puntúan por características sociosanitarias y por ingresos, se ordenan de mayor a menor puntuación y se ofrece la ayuda a las que obtienen mejor puntuación.
¿Qué situaciones dan más puntos?
Puntúan ser mayor de 80 años, vivir solo, tener reconocido un grado de discapacidad igual o mayor al 65% o al 75%, el baremo de movilidad, el baremo de tercera persona, el grado II o III de dependencia y la doble condición de discapacidad y dependencia.
¿Se tienen en cuenta mis ingresos?
Sí. Los ingresos puntúan según las veces que superan el indicador de renta de suficiencia de Cataluña del año en curso: hasta 1 vez suma 3 puntos, entre 1 y 1,5 veces suma 2 y entre 1,5 y 2 veces suma 1. En el caso de menores se tienen en cuenta los ingresos de la persona solicitante.
¿Qué pasa si dos solicitudes empatan a puntos?
Se prioriza a la persona a la que no se le haya concedido un arreglo con anterioridad. Si no es el caso, se selecciona la siguiente solicitud por el orden de entrada en el Registro General del Ayuntamiento.

Fuentes oficiales

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