Ayuda de Fene a familias para regalos de Navidad
125€ por cada hijo o hija de 0 a 16 años para los regalos de Navidad en Fene
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Fene para comprar los regalos de Navidad de tus hijos e hijas
- Para quién
- Familias que conviven con hijos o hijas de 0 a 16 años, o mayores de esa edad con discapacidad reconocida
- Cuánto
- 125€ por cada hijo o hija beneficiario; lo que cobra tu familia depende de cuántos menores cumplan los requisitos
- Qué cubre
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- Juguetes, juegos, libros, material didáctico y otros obsequios acordes con la edad del menor
- Ropa y calzado básico, siempre que el gasto no supere el 75% de la ayuda concedida
- Ropa deportiva, calzado deportivo y material deportivo
- Requisitos
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- Eres mayor de edad o menor legalmente emancipado
- Convives con hijos o hijas que a 31 de diciembre de 2026 tengan entre 0 y 16 años
- También valen hijos o hijas mayores de esa edad con minusvalía o grado de discapacidad reconocido
- Estás empadronado en Fene y resides allí de forma efectiva desde al menos tres meses antes de la solicitud
- Cumples las condiciones económicas que fija la convocatoria
Renta per cápita anual máxima de 17.094,00€. Los ingresos familiares totales se limitan a 2,5 veces el SMI vigente, que en 2026 son 42.735,00€ anuales. Se consideran medios económicos suficientes los saldos superiores a 3.000€ en cuentas de ahorro o inversiones de la unidad familiar, tomando el saldo a 31 de diciembre de 2025.
- No tienes más de dos coches en la unidad familiar y, si además tienes una moto, su cilindrada no pasa de 800 centímetros cúbicos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Compra los regalos entre el día de apertura de la convocatoria y el 6 de enero de 2027
- Presenta las facturas de la compra en el plazo máximo de un mes desde que cobras la ayuda
- Las facturas deben ser por un importe igual o superior a la ayuda concedida
- Si gastas menos de lo concedido, ingresa en la cuenta del Ayuntamiento la parte no gastada ni justificada
- Declara si has recibido otras ayudas para el mismo concepto de otros organismos o administraciones
- Si recibes ayuda por más de un hijo o hija, detalla en una declaración qué conceptos facturados corresponden a cada menor
- Fechas estimadas
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- Abre: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Convives con hijos o hijas de entre 0 y 16 años
- Tienes un hijo o hija mayor de esa edad con discapacidad reconocida
- Eres mayor de edad o menor legalmente emancipado
- Estás empadronado en Fene desde al menos tres meses antes de solicitar
- Tu renta per cápita anual no supera los 17.094€
- Tu renta per cápita anual supera los 17.094€
- Los ingresos totales de tu familia superan los 42.735€ al año
- No estás empadronado en Fene ni resides allí de forma efectiva
- Tu unidad familiar tiene más de dos coches
- Además de los coches tienes una moto de más de 800 centímetros cúbicos
Cuánto puedes recibir
Recibes 125€ por cada hijo o hija que cumpla los requisitos, así que la cantidad que cobra tu familia depende de cuántos menores puedan beneficiarse: se convocan 18 subvenciones para 18 menores. El pago se hace de forma anticipada en 2026 y desde que cobras tienes un mes para presentar las facturas. Si las solicitudes que cumplen los requisitos superan el crédito aprobado, las ayudas máximas se reducen para dar cobertura a todas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Recoge el impreso de solicitud en el Departamento de Bienestar Social y cumpliméntalo con las declaraciones juradas
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Reúne la documentación familiar y económica que pide la convocatoria
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento, en las dependencias de Servicios Sociales o en cualquier registro electrónico habilitado, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio en el boletín oficial de la provincia
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Consulta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el listado de personas admitidas y excluidas, y enmienda la documentación en 10 días hábiles si te lo piden
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Compra los regalos entre el primer día del plazo de solicitudes y el 6 de enero de 2027, y guarda las facturas
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Presenta las facturas y las declaraciones responsables en el mes siguiente al cobro de la ayuda
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud cumplimentado y firmado, facilitado en el Departamento de Bienestar Social
- Declaración jurada sobre la situación personal, familiar y económica del solicitante y del resto de la unidad familiar, indicando el capital mobiliario e inmobiliario
- Declaración responsable de tener o no solicitadas o concedidas otras ayudas para el mismo concepto en el último trimestre de 2026
- DNI del solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar independiente
- Libro de Familia y, en su caso, Título de Familia Numerosa
- En caso de separación o divorcio, sentencia judicial o convenio regulador y justificantes de ingresos por ese concepto, o declaración jurada de no percibirlos
- Justificantes económicos de los 6 meses anteriores a la solicitud de todas las personas mayores de 18 años de la unidad familiar
- Última declaración de la renta del ejercicio 2025 o declaración jurada de no estar obligado a presentarla
- Justificante de los gastos de alquiler o amortización de la vivienda de los 6 meses anteriores a la solicitud
- Certificación bancaria de todas las cuentas del solicitante y de la unidad familiar con el saldo a 31 de diciembre de 2025
- Volante de empadronamiento de la unidad de convivencia con indicación del tiempo de residencia
- Certificado de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
- Certificado de minusvalía o de reconocimiento del grado de discapacidad, si tienes hijos o hijas mayores de edad
- Documento de designación de cuenta bancaria