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Ayudas Claras
Ayudas Teruel Servicios sociales
Servicios sociales Teruel Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas por celiaquía o intolerancia al gluten en Andorra

Hasta 400€ por cada miembro de la familia con celiaquía o intolerancia al gluten

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Andorra para unidades familiares en las que hay personas celíacas o intolerantes al gluten
Para quién
Personas físicas que la piden para sí mismas o para su unidad familiar, incluidas las personas que viven solas en una vivienda
Cuánto
Hasta 400€ por cada miembro afectado de la unidad familiar
Qué cubre
Ayuda económica por la situación de celiaquía o intolerancia al gluten, sin necesidad de justificar gastos
Requisitos
  • Tú o algún miembro de tu unidad familiar tiene celiaquía o intolerancia al gluten
  • Aportas un informe médico por cada miembro afectado que acredite esa condición
  • Estás empadronado en Andorra
  • Eres una persona física y solicitas la ayuda para ti o para tu unidad familiar
  • Si el afectado es menor, la solicitud la presenta quien tiene su patria potestad, tutela, guarda o acogimiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica al presentar la solicitud si has pedido esta misma ayuda a otra administración o entidad
  • Entrega el original o la copia compulsada de la resolución de esas otras ayudas cuando te la notifiquen
  • Completa la documentación obligatoria que falte en los 10 días hábiles siguientes al requerimiento
  • Aporta la documentación complementaria y las aclaraciones que te pida el ayuntamiento en el plazo que indique
  • Cumple las condiciones de las bases: su incumplimiento puede revocar o reducir la ayuda concedida
Cuándo
  • Abre: 23 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

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  • En tu unidad familiar hay una o más personas celíacas
  • Alguien de tu unidad familiar tiene intolerancia al gluten
  • Vives solo en una vivienda y tienes esa condición
  • Estás empadronado en Andorra
  • Presentas la solicitud en nombre de un menor afectado
  • Eres el tutor legal de una persona incapacitada afectada
  • Nadie de tu unidad familiar tiene celiaquía ni intolerancia al gluten
  • No puedes aportar un informe médico que acredite esa condición
  • No estás empadronado en Andorra
  • Ya cobras otra ayuda para lo mismo que cubre todo el importe
  • Ocultaste que habías pedido esta misma ayuda a otra administración
  • Estás inhabilitado para nuevas convocatorias por incumplir una anterior

Cuánto puedes recibir

Cada miembro de tu unidad familiar afectado por celiaquía o intolerancia al gluten recibe hasta un máximo de 400€, en función de la asignación del presupuesto municipal. Si las cantidades solicitadas superan el crédito disponible, la partida se divide entre el número de solicitudes, así que puedes cobrar menos. El pago se hace en un plazo estimado de tres meses desde el acuerdo de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consigue el modelo normalizado de solicitud en las oficinas del ayuntamiento

  2. Pide el informe médico que acredite la celiaquía o la intolerancia al gluten, uno por cada miembro afectado

  3. Rellena la relación de todos los miembros de tu unidad familiar

  4. Presenta la solicitud en el Registro General del ayuntamiento o por vía electrónica en la sede electrónica municipal

  5. Hazlo dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud de subvención
  • Relación de todos los miembros de la unidad familiar (Anexo 1)
  • Informe médico acreditativo de la celiaquía o la intolerancia al gluten, uno por cada miembro afectado (Anexo 2)
  • Declaración responsable de que no concurre ninguna circunstancia que impida obtener la condición de beneficiario (Anexo 3)
  • DNI de la persona solicitante y de los menores o personas incapacitadas afectadas
  • Tarjeta de extranjería o documento que la sustituya, en el caso de extranjeros
  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los menores que no tengan DNI
  • Declaración de estar al corriente de pago con la Hacienda municipal, la estatal, la autonómica y la Seguridad Social, incluida en el modelo de solicitud
  • Certificado de empadronamiento, solo si no das tu consentimiento para consultar el padrón municipal

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya he recibido otra ayuda para lo mismo?
Sí, pero solo por la diferencia entre las dos, si la hubiera. Tienes que comunicarlo al presentar la solicitud y entregar después la resolución de esa otra ayuda.
¿Tengo que justificar en qué me gasto el dinero?
No. La ayuda se concede por la situación de celiaquía o intolerancia al gluten, acreditada con informe médico en el momento de la concesión, y no hay que presentar cuenta justificativa.
¿Qué pasa si me falta algún documento obligatorio?
El ayuntamiento te lo requerirá y tendrás 10 días hábiles para aportarlo. Si no lo haces, se te tiene por desistido de la solicitud.
¿Cuándo me contestan y cómo me avisan?
La concesión se notifica en un plazo máximo de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes, por correo postal a la dirección que indiques. Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende denegada.
¿Se publicará mi nombre si me conceden la ayuda?
No. Las subvenciones concedidas se publican, pero los datos nominativos de los beneficiarios no: se identifican con una clave numérica.

Fuentes oficiales

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