Subvención del IBI para familias monoparentales
Bonificación del IBI para familias monoparentales empadronadas en el municipio
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva para aplicar la bonificación del IBI, del Ayuntamiento de Sant Julià de Vilatorta.
- Para quién
- Personas titulares de familias monoparentales de Sant Julià de Vilatorta.
- Cuánto
- Equivale a la bonificación del IBI que fije la ordenanza fiscal municipal vigente en el año o años (2025 y/o 2026) que solicitas
- Qué cubre
- La bonificación del IBI correspondiente a las anualidades 2025 y 2026
- Requisitos
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- Estás empadronado en Sant Julià de Vilatorta al menos desde el 1 de enero del año en que solicitas
- Tienes el carné de familia monoparental con vigencia a partir del 1 de enero del año de solicitud
- Cumples los requisitos económicos que determina la ordenanza fiscal del IBI del ejercicio de solicitud
- Acreditas el pago íntegro del impuesto; lo verifica la unidad que tramita la solicitud
- Obligaciones
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- Presenta la documentación exigida junto con la solicitud, dentro del plazo de la convocatoria
- Firma la documentación como persona solicitante
- Presenta la documentación en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña
- Acredita el pago íntegro del impuesto del año o años que solicitas
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una familia monoparental con el carné en vigor
- Estás empadronado en Sant Julià de Vilatorta desde el 1 de enero
- Has pagado íntegramente el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles
- Cumples los requisitos económicos de la ordenanza fiscal del IBI
- Quieres la bonificación del IBI de 2025 o de 2026
- No tienes el carné de familia monoparental en vigor
- No estabas empadronado en el municipio el 1 de enero del año de solicitud
- No has pagado íntegramente el impuesto sobre bienes inmuebles
- No cumples los requisitos económicos de la ordenanza fiscal del IBI
Cuánto puedes recibir
La cantidad que recibes es la misma que resulta aplicable a las bonificaciones establecidas en la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles vigente en el año o años (2025 y/o 2026) por los que pides la subvención. La convocatoria no fija un importe cerrado por persona, así que consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que estás empadronado en el municipio y que tienes el carné de familia monoparental en vigor
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Reúne la documentación exigida, firmada y en una de las lenguas cooficiales de Cataluña
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Presenta la solicitud, preferiblemente de forma telemática, con la instancia genérica de la sede electrónica del ayuntamiento
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Si lo prefieres, entrégala presencialmente en el Registro del Ayuntamiento de Sant Julià de Vilatorta
Documentación necesaria
- Instancia genérica de solicitud