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Ayudas Claras
Ayudas Andalucía Servicios sociales
Servicios sociales Andalucía Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a sindicatos para la defensa legal de mujeres

Subvención a sindicatos para asesorar y defender a mujeres discriminadas

Lo que significa

Qué es
Subvención plurianual del Instituto Andaluz de la Mujer, en concurrencia no competitiva, para un servicio de defensa legal de mujeres.
Para quién
Organizaciones sindicales con implantación en toda Andalucía y entidades sin ánimo de lucro participadas al 100% por ellas.
Cuánto
Hasta el 100% del presupuesto aceptado del proyecto
Qué cubre
  • Nóminas del personal destinado al programa, formación, difusión y materiales
  • Dietas y desplazamientos, con los límites del personal de la Junta de Andalucía
  • Gastos de auditoría y de colegiación
Requisitos
  • Sois una organización sindical regulada por la Ley Orgánica de Libertad Sindical, o una entidad sin ánimo de lucro participada al 100% por una
  • Tenéis implantación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
  • Estáis legalmente constituidos e inscritos en el registro público administrativo que os corresponde
  • Aportáis el número de inscripción en ese registro y el número de depósito de los estatutos
Obligaciones
  • Presta el servicio de defensa legal en todo el ámbito territorial de Andalucía
  • Justifica el cumplimiento del programa y la totalidad del gasto realizado
  • Presenta la justificación en los tres meses siguientes al fin de la ejecución
  • Sigue el manual de identidad corporativa en la información y la publicidad
  • No destines los fondos a gastos de inversión ni a costes indirectos
Cuándo
  • Abre: 20 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas a una organización sindical con implantación en toda Andalucía
  • Tu entidad presta asesoramiento jurídico y defensa procesal a trabajadoras
  • Quieres financiar ese servicio durante 2026 y 2027
  • Tu entidad sin ánimo de lucro está participada al 100% por un sindicato
  • Tu organización no tiene implantación en todo el territorio de Andalucía
  • No estáis legalmente constituidos e inscritos en el registro público que corresponde
  • Tu entidad no es un sindicato ni está vinculada y participada al 100% por uno

Cuánto puedes recibir

La convocatoria reserva 105.000 € para 2026 y otros 105.000 € para 2027. Lo que cobra cada entidad lo fija la resolución de concesión: las bases reguladoras publicadas en 2021 permiten financiar hasta el 100% del presupuesto aceptado con un máximo de 70.000,00 euros por subvención, pero esta convocatoria se rige por unas bases modificadas en marzo de 2023 y en agosto de 2026 que no constan en las fuentes disponibles, así que conviene confirmar la cuantía vigente con el Instituto Andaluz de la Mujer. El pago es del 50% como máximo por anticipado y el resto tras justificar.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el número de inscripción en el registro y el de depósito de los estatutos

  2. Prepara el proyecto del servicio de defensa legal con su presupuesto

  3. Rellena la solicitud en la sede electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer

  4. Si la propuesta provisional es inferior a lo pedido, reformula con el formulario anexo

  5. Justifica el programa y el gasto en los tres meses siguientes al fin de la ejecución

Documentación necesaria

  • Solicitud en el formulario disponible en la sede electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer
  • Número de inscripción en el registro público correspondiente y número de depósito de los estatutos
  • Formulario anexo de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se cobra?
El 50% como máximo se paga por anticipado a la firma de la resolución de concesión. El 50% restante, una vez justificado el cumplimiento del programa y la totalidad del gasto realizado.
¿Qué pasa si conceden menos de lo solicitado?
Se puede reformular la solicitud con el formulario anexo, respetando en todo caso el objeto, las condiciones y la finalidad que establecen las bases reguladoras.
¿Entran los gastos de inversión?
No, en ningún caso, y tampoco los costes indirectos. Sí entran las nóminas del personal del programa, la difusión y los materiales, la formación, las dietas y desplazamientos, la auditoría y la colegiación.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de tres meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de solicitud.

Fuentes oficiales

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