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Ayudas Claras
Ayudas Cantabria Servicios sociales
Servicios sociales Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Cambiar la bañera por un plato de ducha en Camargo

Hasta 600 € para cambiar la bañera por un plato de ducha

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Camargo para sustituir la bañera por un plato de ducha accesible, el programa Cheque Bañera.
Para quién
Personas de 65 años o más, o con discapacidad del 33% o más, empadronadas en Camargo y que residan de forma habitual en la vivienda.
Cuánto
Hasta 600 € por solicitud
Qué cubre
  • Retirada de la bañera e instalación del plato de ducha
  • Obras de fontanería y albañilería necesarias, y barras de apoyo y elementos de seguridad
  • Obras realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Requisitos
  • Estás empadronado en Camargo con una antigüedad mínima de un año antes de la solicitud
  • Eres propietario, usufructuario, arrendatario o residente autorizado de la vivienda
  • Tienes 65 años o más, o un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%
  • La vivienda constituye tu residencia habitual y permanente
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con el Ayuntamiento de Camargo
  • Pagas la obra por transferencia, tarjeta u otro medio que acredite el pago, nunca en metálico
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a la finalidad para la que te la conceden
  • Facilita las labores de comprobación del Ayuntamiento
  • Comunica si obtienes otras ayudas para la misma actuación
  • Si la obra no estaba hecha al solicitar, justifícala en dos meses desde que acabe y como máximo el 28 de febrero de 2027
  • Conserva la documentación justificativa durante cuatro años
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes 65 años o más y vives en Camargo
  • Tienes reconocido un grado de discapacidad del 33% o más
  • La bañera de tu casa te complica el día a día
  • Llevas al menos un año empadronado en Camargo
  • La vivienda no es tu residencia habitual y permanente
  • Llevas menos de un año empadronado en Camargo
  • Lo que quieres es una reforma general del baño
  • Ya se ha presentado otra solicitud para esa misma vivienda

Cuánto puedes recibir

La ayuda es de hasta 600 € por solicitud y solo se admite una solicitud por vivienda. No se compite con nadie: cumplir los requisitos da derecho a la ayuda por esa cuantía, las solicitudes se resuelven por riguroso orden de presentación y se conceden hasta agotar el crédito. La ayuda no puede superar el coste de la obra, ni sumada a otras ayudas para lo mismo. Si al pedirla la obra aún no está hecha, se cobra el 100% por anticipado y sin aval.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide presupuesto de la obra, o reúne la factura si ya la has hecho

  2. Consigue la licencia, autorización o declaración responsable que permita las obras

  3. Rellena la solicitud del Anexo I, que ya incluye la declaración responsable

  4. Añade la ficha de terceros del Anexo II con tu cuenta bancaria

  5. Preséntalo en el Registro General o en la sede electrónica del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo del Anexo I, con la declaración responsable incluida
  • Fotocopia del DNI o NIE del solicitante
  • Documento acreditativo del título jurídico de ocupación de la vivienda
  • Certificado de discapacidad, en su caso
  • Presupuesto de la actuación, o factura si ya está realizada
  • Justificante bancario del pago, si la obra ya está hecha
  • Fotografías del baño antes y después, si la obra ya está terminada
  • Copia de la licencia, autorización o declaración responsable de las obras
  • Ficha de terceros (Anexo II)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya he hecho la obra?
Sí, siempre que se haya hecho entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. En ese caso la justificación se presenta junto con la solicitud: factura, justificante bancario del pago y fotografías del baño antes y después.
¿Cuándo me pagan?
En un pago único del 100% y en un plazo máximo de dos meses desde la resolución. Si la obra aún no está hecha, ese pago es un anticipo del 100% y no se exige garantía ni aval.
¿Qué pasa si se agota el dinero?
Las solicitudes que reúnan las condiciones pero no puedan atenderse por falta de crédito en su periodo se incorporan de oficio a las que se valoran en el periodo siguiente.
¿Qué partes del baño no entran?
No entran las reformas generales del baño que no estén vinculadas directamente al cambio de bañera por ducha, los elementos no necesarios o de alto valor sin justificar, ni los impuestos y tasas, incluido el IVA cuando sea recuperable.

Fuentes oficiales

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