Ayudas económicas a personas con discapacidad en Mijas
Prestación única de hasta 3.240€ para personas con discapacidad en Mijas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Mijas: una prestación económica única para personas con discapacidad.
- Para quién
- Personas con discapacidad, mayores o menores de edad, empadronadas en el municipio de Mijas. La solicitud la presenta la propia persona beneficiaria o quien la represente legalmente.
- Cuánto
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- Prestación económica única según la puntuación que obtengas en el baremo
La cuantía máxima por beneficiario es el 45% del IPREM anual en doce pagas. Los importes se calculan sobre el IPREM anual en doce pagas vigente en la fecha de publicación de la convocatoria, que en 2026 es de 7.200,00 €.Puntuación Cuantía Hasta 35 puntos 25% del IPREM anual en doce pagas (1.800,00 €) Entre 36 y 50 puntos 35% del IPREM anual en doce pagas (2.520,00 €) Más de 50 puntos 45% del IPREM anual en doce pagas (3.240,00 €)
- Prestación económica única según la puntuación que obtengas en el baremo
- Qué cubre
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- El esfuerzo económico que la situación de discapacidad ocasiona a la familia
- La mejora de la calidad de vida de la persona con discapacidad
- Requisitos
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- Tienes reconocido y en vigor un grado de discapacidad igual o superior al 45%, o del 33% si eres menor de 18 años
- Estás empadronado y resides de forma efectiva en Mijas como mínimo los 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud
- Los ingresos de tu unidad económica de convivencia no superan los límites de la convocatoria
Si la persona beneficiaria es menor de edad, los límites se incrementan en un 200% del IPREM anual en doce pagas: 500% para dos miembros, 620% para tres y 670% para cuatro. Los ingresos se toman de la información tributaria del ejercicio 2025 de todos los miembros computables.Miembros de la unidad económica de convivencia Límite de ingresos anuales 1 miembro 250% del IPREM anual (18.000,00 €) 2 miembros 300% del IPREM anual (21.600,00 €) 3 miembros 420% del IPREM anual (30.240,00 €) 4 miembros 470% del IPREM anual (33.840,00 €) Cada miembro adicional a partir del quinto El límite se incrementa en un 30% del IPREM anual - Estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Mijas
- Obtienes al menos 15 puntos en la baremación de la convocatoria
- Obligaciones
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- Sométete a las actuaciones de comprobación y control del Ayuntamiento de Mijas, de la Intervención General Municipal y de cualquier otro órgano competente
- Facilita cuanta información y documentación te requieran para verificar que cumples los requisitos y condiciones que motivan la concesión de la ayuda
- Subsana la documentación que falte en el plazo de diez días hábiles cuando te lo requieran, o se te tendrá por desistido
- Revisa el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, vía oficial de notificación (la página web municipal es complementaria): ahí se publican los requerimientos de subsanación y la resolución
- Devuelve la ayuda con el interés de demora si la obtuviste falseando las condiciones exigidas u ocultando datos que lo habrían impedido, o si incumples el deber de colaborar en las comprobaciones
- Asume el régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones si incumples las condiciones de la ayuda
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 9 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes reconocido y en vigor un grado de discapacidad del 45% o superior
- Eres menor de 18 años con un grado de discapacidad del 33% o superior
- Llevas empadronado y residiendo en Mijas los cinco últimos años
- Eres el padre, la madre o el representante legal de un menor con discapacidad y presentas la solicitud en su nombre
- Los ingresos de tu unidad de convivencia están por debajo de los límites fijados
- Eres mayor de edad y tu grado de discapacidad reconocido es inferior al 45%
- No estás empadronado en Mijas o llevas menos de cinco años residiendo allí
- Los ingresos de tu unidad económica de convivencia superan los límites de la tabla
- No estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Mijas
- No alcanzas los 15 puntos mínimos del baremo
Cuánto puedes recibir
Recibes una prestación económica única cuyo importe depende de la puntuación que obtengas al sumar los criterios económicos y los sociofamiliares: 1.800,00 € hasta 35 puntos, 2.520,00 € entre 36 y 50 puntos y 3.240,00 € con más de 50 puntos. Esas cantidades equivalen al 25%, al 35% y al 45% del IPREM anual en doce pagas vigente, que en 2026 es de 7.200,00 €, y 3.240,00 € es la cuantía máxima que puede recibir un beneficiario. Las ayudas se conceden por orden de puntuación hasta agotar la partida presupuestaria consignada a la convocatoria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita tu grado de discapacidad, el empadronamiento y los ingresos de tu unidad económica de convivencia
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Rellena y firma el modelo normalizado de solicitud (Anexo I) como persona beneficiaria o como su representante
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Pide a cada miembro de la unidad económica de convivencia que firme la autorización para la consulta de datos (Anexo II)
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Presenta la solicitud dentro de los diez días hábiles, preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mijas
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Si te requieren subsanación, completa la documentación en el plazo de diez días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud firmada en el modelo normalizado (Anexo I)
- Documentación acreditativa de la representación, en su caso
- Libro de familia completo u otro documento que acredite la composición de la unidad económica de convivencia
- Certificado de convivencia, si la composición declarada difiere del padrón municipal
- Documento acreditativo del grado de discapacidad en vigor (certificado, resolución o tarjeta)
- Autorización para la consulta de datos firmada por cada miembro de la unidad económica de convivencia (Anexo II)
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o certificado tributario del ejercicio 2025, si algún miembro no autoriza la consulta de sus datos tributarios
- Certificado de empadronamiento colectivo histórico del Ayuntamiento, si no autorizas su consulta
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Mijas, si no autorizas la consulta
- Certificado de titularidad, contrato o cartilla bancaria con el número de cuenta a nombre de la persona beneficiaria o de su representante legal
- Informe médico, certificado o documento del profesional o centro sanitario o terapéutico que acredite el tratamiento prescrito, si lo alegas para la valoración