Ayudas de vivienda y energía a familias en Tarazona
Hasta 300€ por gastos de vivienda y 150€ por suministros para familias con baja renta.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Comarca de Tarazona y el Moncayo para gastos de vivienda y de suministros energéticos.
- Para quién
- Familias y unidades de convivencia de la Comarca de Tarazona y el Moncayo.
- Cuánto
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- Hasta 300€ por gastos de vivienda y 150€ por gastos energéticos, por unidad familiar
Las dos ayudas son compatibles entre sí. Si tus justificantes son inferiores a esas cuantías, la ayuda no podrá superar lo que reflejen los justificantes.Concepto Cuantía Vivienda (hipoteca o alquiler) Equivalente a un recibo mensual, con un máximo de 300€ Suministros energéticos (agua, gas, electricidad) Cuantía fija de 150€
- Hasta 300€ por gastos de vivienda y 150€ por gastos energéticos, por unidad familiar
- Qué cubre
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- Recibos o cuotas mensuales del alquiler o del préstamo hipotecario de tu vivienda
- Recibos del pago de agua, gas o electricidad
- Requisitos
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- Estás empadronado y resides de forma efectiva en un municipio de la Comarca de Tarazona y el Moncayo
- Los ingresos de tu unidad de convivencia no superan el baremo económico de la convocatoria
Tabla del baremo para 2026, tomando como referencia un IPREM mensual de 600,00€ computado en 14 pagas. Se deduce de la renta familiar un 25% de la cuantía del IPREM por cada miembro menor de 65 años con discapacidad superior al 33%, por familia monoparental, por víctima de violencia de género y por familia numerosa. Se tiene en cuenta la renta de los últimos 6 meses anteriores a la solicitud.Miembros de la unidad familiar Renta familiar anual máxima 1 8.400,00€ 2 12.600,00€ 3 16.800,00€ 4 23.520,00€ 5 24.360,00€ 6 25.200,00€ 7 26.040,00€ 8 26.880,00€ 9 27.720,00€ 10 28.560,00€ - Presentas la solicitud y la documentación requerida dentro del plazo establecido
- Aportas justificantes del pago de los recibos por una cuantía igual o superior a la ayuda que pides
- Los gastos que justificas se han devengado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Te sometes a las actuaciones de control y comprobación de la subvención
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica a la comarca cualquier otra ayuda que consigas de otra administración o ente público para la misma finalidad, dentro de los quince días siguientes a su concesión
- No pidas ayuda a otra entidad pública o privada por los mismos recibos que te subvencionan aquí
- Completa la documentación que falte en el plazo de 10 días hábiles que te concede la comarca
- Destina la ayuda a los gastos de vivienda o de suministros que has justificado
- Devuelve las cantidades concedidas si defraudas la convocatoria o sus normas, al margen de las sanciones que prevea la ley
- Cuándo
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El plazo es de veinte días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 1 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en un municipio de la Comarca de Tarazona y el Moncayo
- Pagas el alquiler o la hipoteca de tu vivienda
- Pagas recibos de agua, gas o electricidad
- Los ingresos de tu familia están por debajo del baremo de la convocatoria
- Conservas los recibos de pago con fecha del año en curso
- Tus ingresos superan el baremo económico fijado en la convocatoria
- No estás empadronado en ningún municipio de la comarca
- No puedes aportar los recibos de pago de los gastos que solicitas
- Tus justificantes son de años anteriores al de la convocatoria
- Otra entidad pública o privada ya ha subvencionado esos mismos recibos
Cuánto puedes recibir
Recibes un pago único por unidad familiar. Por gastos de vivienda cobras el equivalente a un recibo mensual, con un máximo de 300€; por gastos de agua, gas o electricidad, una cuantía fija de 150€. La ayuda es del 100% del coste reflejado en los recibos que presentes, así que si estos son inferiores al máximo solo cobras lo que justifiques. El pago se hace directamente en el número de cuenta que indiques en la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne los recibos o justificantes del pago de la vivienda o de los suministros, con fecha del año en curso y en original
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Rellena y firma el modelo normalizado de solicitud del Anexo I, marcando si pides la ayuda de vivienda, la de suministros o las dos
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Añade la documentación de empadronamiento, identidad, familia y situación económica y laboral
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Presenta la solicitud dirigida a la Presidencia de la comarca en el Registro General de la entidad
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Espera la notificación por escrito de la concesión o la denegación de la ayuda
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda firmada y cumplimentada (Anexo I)
- Certificado o volante de empadronamiento y convivencia
- DNI en vigor del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años
- Tarjeta de residencia en vigor de todos los miembros de la unidad familiar, en el caso de personas extranjeras
- Libro de familia o, en el caso de personas extranjeras, partidas de nacimiento
- Declaración de la renta del último ejercicio o declaración responsable de ingresos y bienes de la unidad familiar
- Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Resolución de la prestación o subsidio de desempleo, baja laboral o maternal, con el período y la cuantía mensual
- Las seis últimas nóminas anteriores a la solicitud, si estás de alta en la Seguridad Social
- Declaración trimestral del IRPF de los dos últimos trimestres, si eres autónomo
- Recibo de las cuotas de la Seguridad Social, si estás de alta en el régimen de empleada de hogar
- Certificado de la pensión con su cuantía mensual, si cobras una pensión
- Justificante de las prestaciones sociales que percibas
- Sentencia de separación, nulidad o divorcio y convenio regulador
- Tarjeta de demanda de empleo de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años, salvo quienes realizan estudios formativos
- Ficha de terceros
- Recibos justificantes del pago de los conceptos y cuantías que solicitas, en documentación original
- Contrato de arrendamiento o del préstamo hipotecario, si pides la ayuda por gastos de vivienda
- Recibos del pago de agua, gas o electricidad, si pides la ayuda por gastos energéticos