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Ayudas Claras
Subvenciones Córdoba Empleo
Empleo Córdoba Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades para el empleo joven en Córdoba

Hasta 10.000€ por proyecto para entidades que fomenten el empleo joven en Córdoba

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Córdoba para proyectos que fomenten la empleabilidad de las personas jóvenes.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos con jóvenes en la ciudad de Córdoba.
Cuánto
Hasta 10.000€ por proyecto y entidad
Qué cubre
  • Gastos de personal, en proporción al tiempo efectivamente dedicado a la actividad subvencionada
  • Gastos de material fungible directamente vinculado a las actuaciones subvencionadas
  • Gastos de servicios exteriores: servicios externos, energía, telefonía, arrendamientos, seguros, publicidad y difusión
  • No cubre bienes inventariables, gastos financieros, notariales o de asesoría, ni intereses y sanciones
Requisitos
  • Tu entidad tiene personalidad jurídica y carece de ánimo de lucro
  • Has realizado en 2024 y 2025 actividades de empleabilidad para jóvenes de Córdoba de al menos 3 meses consecutivos
  • Tu entidad estaba inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Córdoba a 31/12/2025
  • No tienes pendiente de justificar ninguna subvención del Ayuntamiento de Córdoba o de sus entidades dependientes
  • Estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Córdoba
  • Tu proyecto se dirige a jóvenes de entre 14 y 30 años residentes en Córdoba
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta los gastos dentro del plazo que fije la resolución de concesión, que en todo caso estará comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2027
  • Justifica la subvención en los 3 meses siguientes a la finalización de las actividades
  • Mantén los requisitos de entidad beneficiaria hasta que acabe el plazo de ejecución
  • Instala en los lugares de actividad la credencial de financiación que te facilita la Delegación de Juventud
  • Conserva la documentación justificativa original al menos 4 años tras el fin del plazo de justificación
  • Devuelve la parte de subvención no justificada, junto con los intereses de demora
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad tiene personalidad jurídica y carece de ánimo de lucro
  • Has trabajado la empleabilidad juvenil en Córdoba durante 2024 y 2025
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Córdoba
  • Quieres poner en marcha un proyecto para jóvenes de 14 a 30 años de Córdoba
  • Atiendes a jóvenes en riesgo de exclusión, con discapacidad o con enfermedad mental
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad no estaba inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas a 31/12/2025
  • Tu proyecto ya recibe subvención de otra Administración o entidad pública
  • Tienes pendiente de justificar otra subvención del Ayuntamiento de Córdoba
  • Tu proyecto no encaja en los tipos de proyecto que recoge la convocatoria

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 10.000€ por proyecto y entidad. La subvención sufraga total o parcialmente los gastos del proyecto que presentes, y se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito disponible. El pago tiene carácter anticipado. Si te conceden menos de lo que pediste, puedes reformular el proyecto o cubrir la diferencia con fondos propios.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Cumplimenta el formulario específico de solicitud publicado por la Delegación de Juventud

  2. Reúne la declaración responsable, el presupuesto y el resto de documentación exigida

  3. Presenta la solicitud por vía telemática con el certificado electrónico de la entidad o de su representante legal

  4. Indica en el asunto que se trata de la convocatoria de subvenciones de empleabilidad 2026

  5. Subsana en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere en el tablón edictal

  6. Alega o reformula tu proyecto en los 10 días hábiles siguientes a la propuesta provisional

Documentación necesaria

  • Formulario específico de solicitud cumplimentado
  • Declaración responsable del representante legal (Anexo del formulario)
  • Declaración responsable de haber realizado actividades de empleabilidad juvenil en 2024 y 2025
  • Presupuesto de la actividad
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, el Ayuntamiento de Córdoba y la Seguridad Social
  • Copia de los estatutos de la entidad legalizados e inscritos en el registro público correspondiente
  • Copia del Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad
  • Certificado del acta de elección o poder notarial de la persona representante legal
  • Copia del DNI, NIE o pasaporte en vigor de la persona representante legal
  • Documentación de otras subvenciones recibidas o solicitadas para las mismas actuaciones
  • Copia de la inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Córdoba
  • Declaración de disponer de los certificados negativos del Registro Central de delincuentes sexuales, si hay contacto habitual con menores

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos a la vez?
No. Cada entidad solo puede presentar una solicitud. Si presentas más de una, se entiende que optas por la última que entre en el Ayuntamiento y desistes de las anteriores.
¿Puedo pedirla si el proyecto ya recibe otra ayuda pública?
No. Quedan excluidas las solicitudes con actividades que formen parte de proyectos subvencionados por otras delegaciones municipales o que perciban ayuda de cualquier otra Administración o entidad pública.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Qué pasa si me conceden menos dinero del que pedí?
Puedes presentar una reformulación del proyecto ajustada a la cantidad propuesta en los 10 días hábiles siguientes a la propuesta provisional. Si no la presentas, se entiende que aceptas y deberás cubrir la diferencia con fondos propios.
¿Qué ocurre si no ejecuto todo el proyecto?
Si ejecutas al menos el 70% de las actuaciones se considera que te aproximas al cumplimiento total y procede una devolución parcial proporcional a lo no ejecutado. Se admiten desviaciones entre partidas de hasta el 40% del presupuesto.

Fuentes oficiales

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