Ayudas a entidades de formación para ocupados en Cantabria
Subvención a entidades de formación para impartir cursos a personas ocupadas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Servicio Cántabro de Empleo para que entidades de formación impartan cursos a personas ocupadas
- Para quién
- Entidades de formación públicas o privadas, y agrupaciones de estas entidades, que imparten formación para el empleo
- Cuánto
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- Cuantía máxima que puedes solicitar según el tipo de programa de formación
Son los importes máximos que cada entidad puede solicitar. Si los superas, la solicitud o la acción formativa no se admite a trámite, sin posibilidad de subsanación. La cuantía concedida puede ser inferior a la solicitada.Tipo de programa Máximo por programa Máximo por acción formativa Programas de formación transversales 570.706 € 47.500,00 € Transversales de cambios tecnológicos, transformación digital y desarrollo personal 862.336,00 € 47.500,00 € Transversales para personas trabajadoras y socias de la economía social 88.655,00 € 18.750,00 € Transversales para personas trabajadoras autónomas 336.413,00 € 18.750,00 € Transversales para la formación de personas tutoras en centros de trabajo 75.000,00 € 3.375,00 € Sectorial: Metal 254.234,00 € 53.200,00 € Sectorial: Comercio 188.320,00 € 53.200,00 € Sectorial: Hostelería 188.320,00 € 53.200,00 € Sectorial: Construcción 141.240,00 € 53.200,00 € Sectorial: Agrario, forestal y pecuario 47.080,00 € 21.000,00 € Sectorial: Transporte por carretera de mercancías y viajeros 47.080,00 € 21.000,00 € Sectorial: Cultura 28.248,00 € 21.000,00 € Sectorial: Oficinas y despachos 28.248,00 € 21.000,00 € Sectorial: Enseñanza privada 28.248,00 € 21.000,00 € Sectorial: Seguridad privada 28.248,00 € 21.000,00 € Sectores base para el desarrollo tecnológico 142.624,00 € 50.000,00 €
- Cuantía máxima que puedes solicitar según el tipo de programa de formación
- Qué cubre
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- El desarrollo de programas de formación sectoriales y transversales para personas trabajadoras ocupadas
- Las acciones formativas del programa, en modalidad presencial, de teleformación, aula virtual o mixta
- Requisitos
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- Tu entidad está de alta en el registro de entidades de formación e inscrita para las especialidades que solicitas, o presenta la declaración responsable sobre ellas junto con la solicitud
- Dispones en Cantabria de la infraestructura que permite impartir la formación; en teleformación con pruebas o sesiones presenciales obligatorias, basta un convenio con una entidad de formación con instalaciones inscritas en Cantabria
- Solo incluyes especialidades vigentes en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo
- No solicitas más de un programa de formación del mismo tipo en esta convocatoria
- Tu solicitud no incluye más de 25 acciones formativas
- Tu representante legal dispone de certificado digital para tramitar la solicitud
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Imparte la formación de forma gratuita para las personas participantes
- Comunica al Servicio Cántabro de Empleo el inicio de la formación y su finalización
- Presenta los formadores propuestos para que el Servicio Cántabro de Empleo los valide antes de empezar
- Lleva un control diario de asistencia y conserva la documentación de seguimiento del aprendizaje
- Comunica si obtienes otras ayudas para la misma actividad antes de justificar la subvención
- Inicia los programas como máximo el 31 de octubre de 2027 y finalízalos antes del 30 de junio de 2028
- Cuándo
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- Abre: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad de formación pública o privada acreditada o inscrita
- Quieres impartir cursos dirigidos a personas trabajadoras ocupadas
- Tienes instalaciones inscritas o acreditadas en el ámbito de la convocatoria
- Vas a programar especialidades vigentes en el Catálogo de Especialidades Formativas
- Te presentas en agrupación con otras entidades de formación
- Eres una persona trabajadora que busca un curso: la ayuda va a quien lo imparte
- Tu entidad no está de alta en el registro para las especialidades que solicitas y tampoco presenta la declaración responsable sobre ellas
- No puedes impartir la formación en Cantabria: ni tienes allí la infraestructura necesaria ni, en teleformación con sesiones presenciales obligatorias, convenio con una entidad que la tenga
- Ya has presentado otra solicitud para un programa del mismo tipo
- Tienes pendiente devolver ayudas exigidas en convocatorias anteriores
Cuánto puedes recibir
No cobras una cantidad fija: la subvención máxima de cada acción formativa se calcula multiplicando sus horas por el número de alumnos y por el importe del módulo que corresponda. Al pedirla no puedes superar los máximos por tipo de programa y por acción formativa que fija la convocatoria. La cuantía que se conceda puede ser inferior a la que hayas solicitado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está acreditada o inscrita para las especialidades que quieres impartir
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Prepara el programa de formación con la relación de acciones formativas ordenadas por preferencia
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Reúne la documentación que debe acompañar a la solicitud
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Presenta la solicitud de forma electrónica con certificado digital en la aplicación de gestión de la formación del Servicio Cántabro de Empleo
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Hazlo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial de Cantabria
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Espera el informe del Comité de Valoración y la resolución de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo
Documentación necesaria
- Programa de formación a desarrollar, con la relación de acciones formativas solicitadas en el modelo normalizado
- Poder suficiente a favor de quien firma la solicitud, si la entidad es una persona jurídica, salvo que se firme con certificado electrónico de representación
- Declaración responsable sobre la veracidad de los datos declarados
- Datos de la cuenta bancaria en la que se ingresará la subvención
- Documentación acreditativa de un sistema acreditado de excelencia de la calidad para la gestión de la formación, si la tienes
- Documentación económica de la entidad, según pueda o no presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada