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Ayudas Claras
Subvenciones Guadalajara Empleo
Empleo Guadalajara Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades para inserción laboral en Guadalajara

Hasta 7.000€ por inserción laboral a tiempo completo para entidades sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Guadalajara para el fomento del empleo y la inserción laboral.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la inserción laboral de personas desempleadas.
Cuánto
  • Importe máximo según el tipo de acción subvencionada
    ConceptoImporte máximo
    Por cada inserción laboral a tiempo completo7.000€
    Acciones de orientación y gastos de gestión3.000€, como máximo el 5% de la subvención por contrataciones
    En jornada parcial el importe se ajusta proporcionalmente al número de horas, y esa jornada no puede ser inferior al 50%.
Qué cubre
  • Costes salariales y de Seguridad Social de las contrataciones
  • Acciones de información y orientación laboral, prospección y seguimiento de la inserción
  • Gastos de gestión de tu entidad: personal, material de oficina y de formación, publicidad, alquileres y limpieza
Requisitos
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro
  • Tienes suscrito un Acuerdo de Colaboración con el Ayuntamiento para la promoción del empleo antes de publicarse la convocatoria
  • Acreditas experiencia en acciones de acompañamiento de personas desempleadas en procesos de inserción laboral
  • Las personas participantes están desempleadas, inscritas como demandantes de empleo y pertenecen a alguno de los colectivos previstos

    Colectivos: parados de larga duración; mayores de 45 años; personas con discapacidad; jóvenes sin cualificación profesional; personas que hayan perdido su empleo en los últimos cuatro años (aunque hubieran trabajado menos de 180 días en ese periodo); personas sin hogar o en riesgo de perderlo; personas cuyas rentas familiares no alcancen dos veces el IPREM; mujeres víctimas de violencia de género.

  • Los contratos duran al menos cuatro meses, se formalizan por escrito y, si son a tiempo parcial, cubren como mínimo el 50% de la jornada
  • No se subvencionan más de cuatro contratos por empresa
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y realiza las actuaciones que fundamentan la concesión
  • Entrega a las empresas contratantes los fondos recibidos y justifica esa entrega
  • Informa a las empresas y a las personas contratadas de que la financiación es municipal
  • Comunica cualquier otra ayuda pública o privada que solicites u obtengas para el mismo proyecto
  • Sustituye con un nuevo contrato el puesto que se extinga, en un máximo de quince días desde la baja en la Seguridad Social
  • Justifica la subvención en el mes siguiente a la finalización del proyecto y, en todo caso, antes del 30 de junio de 2026
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro
  • Tienes firmado un Acuerdo de Colaboración con el Ayuntamiento de Guadalajara
  • Acreditas experiencia acompañando a personas desempleadas hacia el empleo
  • Actúas como intermediaria para que otras empresas contraten a personas desempleadas
  • Trabajas con parados de larga duración, mayores de 45 años o personas con discapacidad
  • Quieres contratar tú directamente a las personas participantes en el programa
  • Firmaste el Acuerdo de Colaboración después de publicarse esta convocatoria
  • Los contratos que promueves duran menos de cuatro meses
  • La jornada de los contratos a tiempo parcial es inferior al 50%
  • Vas a subvencionar la contratación del cónyuge o de parientes hasta el segundo grado de los miembros de los órganos directivos de la entidad o de la empresa contratante
  • Recibes otra ayuda pública o privada para financiar la misma contratación

Cuánto puedes recibir

Por cada inserción laboral a tiempo completo recibes como máximo 7.000€; si la jornada es parcial, el importe se ajusta en proporción a las horas y esa jornada no puede ser inferior al 50%. Por las acciones de orientación y los gastos de gestión puedes recibir hasta 3.000€, con el tope del 5% del importe que te corresponda por las contrataciones. El abono se hace en dos pagos: un 70% anticipado tras aceptar expresamente la ayuda y el 30% restante tras la justificación final.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Redacta la memoria del proyecto y el documento de compromiso de contratación

  2. Rellena y firma el modelo normalizado de solicitud (Modelo 1119)

  3. Presenta la solicitud preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara, o en el Registro General y las Oficinas de Atención al Ciudadano

  4. Hazlo dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación en el boletín provincial

  5. Espera la resolución, que se dicta y notifica en un máximo de tres meses desde tu solicitud

  6. Acepta expresamente la subvención concedida para cobrar el pago anticipado

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo normalizado (Modelo 1119), firmada y cumplimentada en todos sus extremos
  • Memoria del proyecto con las actuaciones previstas, su número, el personal necesario y el beneficio para la ciudad
  • Documento de compromiso de contratación con el número previsto de contratos
  • Copia del DNI del representante legal, si procede o ha variado la representación legal
  • Copia del documento que acredite el poder de representación ante la Administración
  • Ficha de Tercero del Ayuntamiento de Guadalajara, en caso de concesión

Preguntas frecuentes

¿Puede mi entidad contratar directamente a las personas del programa?
No. Tu entidad actúa como colaboradora e intermediaria entre las personas desempleadas y las empresas que las contratan, y esa contratación directa no es subvencionable.
¿Cómo se decide quién recibe la subvención?
Por concurrencia competitiva: la memoria o descripción del proyecto se valora con hasta 40 puntos y la previsión del número de contratos laborales con hasta 60 puntos.
¿Es compatible con otras ayudas?
No. Es incompatible con cualquier otra ayuda de esta u otras administraciones destinada a los mismos conceptos, salvo con las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social establecidas como medidas de fomento del empleo.
¿Qué pasa si un contrato subvencionado se extingue antes de tiempo?
Puedes sustituir a la persona con un nuevo contrato en un máximo de quince días desde la baja en la Seguridad Social. La sustitución no aumenta la duración subvencionada ni la cuantía, y la jornada debe ser igual o superior a la de la persona sustituida.
¿Qué ocurre si no justifico todo el gasto?
La cuantía concedida puede minorarse según lo justificado y abrirse un expediente de reintegro, que incluye los intereses legales de las cantidades recibidas y no justificadas.

Fuentes oficiales

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