Ayudas a organizaciones de economía social en Murcia
Financia el funcionamiento de las organizaciones de economía social de Murcia.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno regional de Murcia para el funcionamiento de organizaciones de economía social.
- Para quién
- Organizaciones empresariales de economía social de carácter sectorial e intersectorial.
- Cuánto
- Máximo por organización resultante de sumar dos tramos: por empresas asociadas a 31 de diciembre de 2025, de 50.000 euros (entre 20 y 40 empresas) a 246.000 euros (más de 600); y por plantilla fija media de 2025, de 5.500 euros (1 trabajador) a 80.000 euros (25 o más). Nunca por encima del presupuesto de gastos presentado, excluido el IVA recuperable.
- Qué cubre
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- Gastos de personal de la organización
- Gastos corrientes y de prestación de servicios y gestión a las empresas asociadas
- Acciones de difusión para dar a conocer las actividades de las empresas de economía social
- Requisitos
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- Tu organización es una organización empresarial de economía social de carácter sectorial o intersectorial
- Tu organización no estaba integrada ni asociada a 31 de diciembre de 2025 a otras organizaciones empresariales de economía social de la Región de Murcia
- Tienes el domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
- Tu ámbito de actuación es el de la Región de Murcia
- No tienes deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la administración regional, salvo que estén suspendidas o garantizadas
- Cumples los plazos de pago a proveedores cuando la subvención supera los 30.000 euros
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a la organización interna y al funcionamiento de tu entidad
- Realiza las acciones subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año
- Facilita a la Dirección General de Autónomos y Economía Social la documentación complementaria que te pida
- Permite las visitas de comprobación de los requisitos exigidos para conceder la ayuda
- Quedas sometido al régimen sancionador en materia de subvenciones
- Fechas estimadas
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- Abre: 12 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Representas a una organización empresarial de economía social de la Región de Murcia
- Tu organización agrupa a empresas de economía social de uno o de varios sectores
- Necesitas financiar los gastos de personal de tu organización
- Prestas servicios y gestión a las empresas asociadas a tu organización
- Organizas acciones de difusión de las actividades de las empresas de economía social
- Tu organización estaba integrada o asociada a otra organización empresarial de economía social de la Región de Murcia a 31 de diciembre de 2025
- Eres una cooperativa o sociedad laboral que pide ayuda para tu propia empresa
- Tu organización tiene el domicilio social o fiscal fuera de la Región de Murcia
- Tu ámbito de actuación no es la Región de Murcia
- Tienes deudas tributarias en período ejecutivo con la administración regional sin suspender ni garantizar
Cuánto puedes recibir
La ayuda puede cubrir de forma parcial o total los gastos de organización interna y funcionamiento de tu entidad, siempre sin contar el IVA que puedas recuperar. No hay una cuantía única: el máximo por expediente sale de sumar dos tramos. El primero depende del número de empresas de economía social asociadas a tu organización a 31 de diciembre de 2025: 246.000 euros si son más de 600, 114.000 euros entre 81 y 600, 97.000 euros entre 41 y 80, y 50.000 euros entre 20 y 40. El segundo depende de la plantilla media de trabajadores fijos con contrato indefinido y a jornada completa durante 2025: 80.000 euros con 25 o más, 63.000 euros entre 15 y 24, 52.000 euros entre 10 y 14, 15.000 euros entre 2 y 9, y 5.500 euros con un solo trabajador. La suma de los dos tramos es el máximo del expediente, y en ningún caso la subvención puede superar el presupuesto de gastos que presentes. Las ayudas se conceden siguiendo ese orden hasta agotar los créditos disponibles; agotados, el resto de solicitudes se deniegan.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria de las actividades previstas para este año a desarrollar con la subvención
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Reúne la declaración responsable con la relación de empresas de economía social asociadas
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente por el representante legal en la sede electrónica de la Región de Murcia, con el formulario del procedimiento 696
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Subsana si la administración te requiere documentos que falten: el plazo previsto es de diez días hábiles, pero esta convocatoria aplica tramitación de urgencia y reduce a la mitad los plazos del procedimiento de concesión
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Acepta la propuesta de resolución provisional, presenta alegaciones o reformula tu solicitud en el plazo de diez días, igualmente reducido a la mitad por la tramitación de urgencia
Documentación necesaria
- Memoria de las actividades previstas para el presente año a desarrollar con cargo a la subvención solicitada
- Declaración responsable del representante legal con la relación nominal y numerada de empresas de economía social asociadas a 31 de diciembre de 2025, con el número de inscripción en el registro correspondiente y el NIF de cada una
- Documento bancario de la entidad de crédito donde tengas domiciliado el abono, con los 24 dígitos del IBAN y el NIF de la organización
- Certificado de la AEAT de hallarte al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones