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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Empleo
Empleo Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención por asistencia técnica en economía social

Hasta 1.000€ por cada asistencia técnica y empresa asistida en Murcia

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de Murcia por la asistencia técnica prestada para constituir cooperativas y sociedades laborales.
Para quién
Organizaciones empresariales de economía social, sectoriales e intersectoriales, que prestan asistencia técnica para constituir cooperativas y sociedades laborales.
Cuánto
Hasta 1.000€ por asistencia técnica y empresa asistida
Qué cubre
  • La asistencia técnica prestada a sociedades cooperativas y sociedades laborales para su constitución, cuando la inscripción en los registros de la Región de Murcia se solicita a partir del 1 de octubre de 2025
  • El informe de asistencia técnica, que recoge el plan de empresa y la información a los socios constituyentes sobre las obligaciones jurídicas, tributarias y administrativas
Requisitos
  • Eres una organización empresarial de economía social, sectorial o intersectorial
  • Tienes capacidad legal para prestar la asistencia técnica y estás inscrita en el registro correspondiente de la Región de Murcia
  • Tienes tu domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
  • Tu ámbito de actuación es el de la Región de Murcia
  • No tienes deudas tributarias en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma, salvo que estén suspendidas o garantizadas
  • Cumples todos los requisitos como máximo el día en que termina el plazo de solicitud
  • Cumples los plazos de pago a proveedores si la subvención supera los 30.000€
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Suscribe electrónicamente una adenda si cambian los datos del plan de empresa antes de la escritura de constitución
  • Si los cambios se producen en el acto de la escritura, tienes siete días hábiles para firmar la adenda
  • Aporta esa adenda en el expediente de solicitud de la subvención
  • Informa a la nueva persona socia de sus obligaciones jurídicas, tributarias y administrativas y entrégale copia del plan de empresa
  • Quedas sometida al procedimiento y al régimen sancionador de las subvenciones públicas
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una organización empresarial de economía social, sectorial o intersectorial
  • Tu organización tiene su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
  • Tu ámbito de actuación es la Región de Murcia
  • Has prestado asistencia técnica para constituir cooperativas o sociedades laborales inscritas en la Región de Murcia desde el 1 de octubre de 2025
  • Eres una pyme de economía social y no una organización empresarial
  • Estabas integrada o asociada a otra organización empresarial de economía social murciana a 31 de diciembre de 2025
  • Tu domicilio social o fiscal está fuera de la Región de Murcia
  • Tu ámbito de actuación está fuera de la Región de Murcia

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 1.000€ por cada asistencia técnica y empresa asistida que la Comisión de Valoración valore positivamente. Si la suma de las subvenciones a conceder supera el crédito disponible, se reparte entre los solicitantes de forma directamente proporcional al número de asistencias que haya realizado cada uno.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que la convocatoria exige para el programa de asistencia técnica

  2. Rellena el formulario específico de este programa en la sede electrónica de la Región de Murcia

  3. Firma la solicitud electrónicamente a través del representante legal de la entidad

  4. Presenta la solicitud dirigida a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social antes del 13 de octubre de 2026

  5. Subsana los defectos si la administración te lo requiere, dentro del plazo que fije el requerimiento

  6. Acepta la propuesta de resolución provisional o presenta alegaciones en el plazo que indique la notificación

Documentación necesaria

  • Escritura pública de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, inscrita en el Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales de la Región de Murcia
  • Documento bancario con los 24 dígitos del código IBAN y el NIF de la entidad solicitante
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones expedido por la Agencia Tributaria
  • Adenda con los cambios del plan de empresa, cuando se hayan producido modificaciones

Preguntas frecuentes

¿Qué asistencias técnicas puedo incluir en la solicitud?
Las acciones llevadas a cabo entre el 1 de octubre de 2025 y el 13 de octubre de 2026.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. Se presenta obligatoriamente por el formulario específico del programa disponible en la sede electrónica, firmada electrónicamente por el representante legal de la entidad.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
La administración te requiere para que subsanes los defectos y, si no lo haces, se te tiene por desistido de tu solicitud. La convocatoria fija diez días hábiles, pero también acuerda la tramitación de urgencia, que reduce a la mitad los plazos del procedimiento de concesión salvo los de presentación de la solicitud y de recursos: confirma el plazo exacto en el requerimiento que recibas.
¿Qué ocurre si las solicitudes superan el crédito disponible?
El crédito se distribuye entre los solicitantes mediante un reparto simple, directamente proporcional al número de asistencias realizadas por cada uno.
¿Cuándo tengo que cumplir los requisitos?
Como máximo el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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