Subvención por asistencia técnica en economía social
Hasta 1.000€ por cada asistencia técnica y empresa asistida en Murcia
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de Murcia por la asistencia técnica prestada para constituir cooperativas y sociedades laborales.
- Para quién
- Organizaciones empresariales de economía social, sectoriales e intersectoriales, que prestan asistencia técnica para constituir cooperativas y sociedades laborales.
- Cuánto
- Hasta 1.000€ por asistencia técnica y empresa asistida
- Qué cubre
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- La asistencia técnica prestada a sociedades cooperativas y sociedades laborales para su constitución, cuando la inscripción en los registros de la Región de Murcia se solicita a partir del 1 de octubre de 2025
- El informe de asistencia técnica, que recoge el plan de empresa y la información a los socios constituyentes sobre las obligaciones jurídicas, tributarias y administrativas
- Requisitos
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- Eres una organización empresarial de economía social, sectorial o intersectorial
- Tienes capacidad legal para prestar la asistencia técnica y estás inscrita en el registro correspondiente de la Región de Murcia
- Tienes tu domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
- Tu ámbito de actuación es el de la Región de Murcia
- No tienes deudas tributarias en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma, salvo que estén suspendidas o garantizadas
- Cumples todos los requisitos como máximo el día en que termina el plazo de solicitud
- Cumples los plazos de pago a proveedores si la subvención supera los 30.000€
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Suscribe electrónicamente una adenda si cambian los datos del plan de empresa antes de la escritura de constitución
- Si los cambios se producen en el acto de la escritura, tienes siete días hábiles para firmar la adenda
- Aporta esa adenda en el expediente de solicitud de la subvención
- Informa a la nueva persona socia de sus obligaciones jurídicas, tributarias y administrativas y entrégale copia del plan de empresa
- Quedas sometida al procedimiento y al régimen sancionador de las subvenciones públicas
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
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- Eres una organización empresarial de economía social, sectorial o intersectorial
- Tu organización tiene su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
- Tu ámbito de actuación es la Región de Murcia
- Has prestado asistencia técnica para constituir cooperativas o sociedades laborales inscritas en la Región de Murcia desde el 1 de octubre de 2025
- Eres una pyme de economía social y no una organización empresarial
- Estabas integrada o asociada a otra organización empresarial de economía social murciana a 31 de diciembre de 2025
- Tu domicilio social o fiscal está fuera de la Región de Murcia
- Tu ámbito de actuación está fuera de la Región de Murcia
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 1.000€ por cada asistencia técnica y empresa asistida que la Comisión de Valoración valore positivamente. Si la suma de las subvenciones a conceder supera el crédito disponible, se reparte entre los solicitantes de forma directamente proporcional al número de asistencias que haya realizado cada uno.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que la convocatoria exige para el programa de asistencia técnica
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Rellena el formulario específico de este programa en la sede electrónica de la Región de Murcia
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Firma la solicitud electrónicamente a través del representante legal de la entidad
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Presenta la solicitud dirigida a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social antes del 13 de octubre de 2026
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Subsana los defectos si la administración te lo requiere, dentro del plazo que fije el requerimiento
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Acepta la propuesta de resolución provisional o presenta alegaciones en el plazo que indique la notificación
Documentación necesaria
- Escritura pública de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, inscrita en el Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales de la Región de Murcia
- Documento bancario con los 24 dígitos del código IBAN y el NIF de la entidad solicitante
- Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones expedido por la Agencia Tributaria
- Adenda con los cambios del plan de empresa, cuando se hayan producido modificaciones