Ayudas a inversiones en economía social en Murcia
Subvención para inversiones de pymes de economía social de la Región de Murcia.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Región de Murcia para inversiones en empresas de economía social.
- Para quién
- Pequeñas y medianas empresas de economía social, como cooperativas y sociedades laborales.
- Cuánto
- Hasta el 30% de la inversión a fondo perdido, más hasta el 50% de los intereses del préstamo; entre las dos, como máximo el 50% de la inversión y 40.000€ por entidad
- Qué cubre
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- Activos fijos nuevos, o de segunda mano si el proveedor se dedica a la venta o adecuación de bienes usados
- Compra de local comercial o industrial
- Acondicionamiento o reforma de inmuebles e instalaciones
- Compra de mobiliario, maquinaria y vehículos industriales
- Compra de equipos y programas informáticos
- Parte de los intereses del préstamo bancario destinado a la inversión
- Requisitos
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- Eres una pequeña o mediana empresa de economía social
- Tu empresa tiene el domicilio social y fiscal en la Región de Murcia y sus centros de trabajo están allí
- No tienes deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la administración regional, salvo que estén suspendidas o garantizadas
- Tu cooperativa tiene depositadas las cuentas anuales y legalizados los libros en el registro de sociedades cooperativas
- Cumples todos los requisitos, como máximo, el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
- Si tu cooperativa de trabajo asociado está obligada a tener plan de igualdad, lo tienes elaborado e inscrito en el registro
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Aportas la documentación complementaria que la administración te pida durante la tramitación del expediente
- Permites que la administración compruebe tus datos y realice visitas para verificar los requisitos de la ayuda
- Quedas sometido al régimen sancionador de las subvenciones públicas si incumples las condiciones
- Mantienes los bienes subvencionados destinados a su fin cinco años si son inscribibles en un registro público y dos años el resto
- Presentas un informe de auditoría de cuentas en los dos meses siguientes a la notificación de la concesión
- Haces constar en las fotografías y en la difusión de la actividad que está subvencionada por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con su logo
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa de economía social es una cooperativa o una sociedad laboral
- Tu empresa es pequeña o mediana
- Tienes el domicilio social y fiscal de tu empresa en la Región de Murcia
- Has realizado inversiones en tu empresa desde el 1 de octubre de 2025
- Puedes aportar las facturas de las actuaciones realizadas
- Tu empresa tiene el domicilio social o fiscal fuera de la Región de Murcia
- El ámbito de actuación de tu entidad no es la Región de Murcia
- Tienes deudas tributarias en período ejecutivo con la administración regional sin suspender ni garantizar
- Eres una organización empresarial de economía social: te corresponden otros programas de esta convocatoria
- Tu cooperativa está obligada a tener plan de igualdad y no lo tiene inscrito
Cuánto puedes recibir
Hay dos ayudas compatibles entre sí: una subvención a fondo perdido de hasta el 30% de la inversión subvencionable, y una subvención financiera de hasta el 50% de los intereses generados durante 2025 y 2026 por el préstamo bancario destinado a esa inversión. Sumadas, no pueden superar el 50% del valor de la inversión subvencionable, excluido el IVA recuperable, ni 40.000€ por entidad solicitante. La inversión debe alcanzar al menos 12.000€ sin IVA recuperable y, para la ayuda a fondo perdido, tienes que acreditar fondos propios de al menos el 25% de la inversión. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación y las ayudas se conceden hasta agotar el crédito disponible.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria de actuaciones y la relación de facturas de las inversiones realizadas
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Rellena el formulario específico del programa de inversiones en la sede electrónica de la Región de Murcia
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Firma la solicitud electrónicamente como representante legal y preséntala como máximo el 13 de octubre de 2026
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Subsana la documentación en diez días hábiles si la administración te lo requiere
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Acepta la propuesta de resolución provisional o presenta alegaciones en el plazo de diez días
Documentación necesaria
- Memoria de actuaciones realizadas por la empresa (Anexo III)
- Relación de facturas (Anexo IV)
- Acreditación de la inscripción en el Registro Mercantil, si eres sociedad laboral
- Certificado del Registro Mercantil o escritura pública inscrita que acredite la representación legal, si el representante actual no consta en la escritura de constitución
- Declaración responsable del representante legal con la relación nominal de todos los socios trabajadores (Anexo I)
- Licencia, declaración responsable o comunicación previa para instalaciones y acondicionamiento o reforma de inmuebles, cuando proceda
- Documento bancario con los 24 dígitos del código internacional de cuenta bancaria y el número de identificación fiscal de la entidad
- Certificado de inscripción del plan de igualdad o declaración responsable de no estar obligado a tenerlo