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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Empleo
Empleo Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a aportaciones en economía social de Murcia

Subvención para pymes de economía social de Murcia, con plazo hasta el 13 de octubre

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para aportaciones en empresas de economía social.
Para quién
Pequeñas y medianas empresas de economía social, como cooperativas y sociedades laborales.
Cuánto
Hasta el 25% del capital suscrito y desembolsado por cada socio trabajador, con un máximo de 4.000 € por socio y un máximo de seis socios trabajadores por empresa
Qué cubre
  • Aportaciones dinerarias al capital social de los socios trabajadores por los que pides la ayuda
  • Acciones realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 13 de octubre de 2026
Requisitos
  • Eres una pequeña o mediana empresa de economía social
  • Tienes el domicilio social y fiscal en la Región de Murcia y tus centros de trabajo están en ella
  • Tu ámbito de actuación es el de la Región de Murcia
  • No tienes deudas tributarias en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas
  • Cada socio trabajador por el que pides ayuda ha aportado al menos 3.000€ al capital social de la empresa
  • Cumples todos los requisitos como máximo el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la aportación al capital social de los socios trabajadores subvencionados durante al menos tres años (1.095 días) desde la fecha de la aportación
  • Presenta, en el plazo de un mes desde que se cumple ese mantenimiento, un certificado del representante legal con las variaciones producidas en el capital social aportado por los socios subvencionados
  • Si un socio trabajador subvencionado causa baja, acredita en tres meses su sustitución por otra persona que reúna los mismos requisitos y condiciones
  • Presenta una declaración responsable si durante ese periodo un socio realiza prestaciones puntuales en otra entidad de economía social
  • Deposita las cuentas anuales en el Registro de Sociedades Cooperativas de la Región de Murcia y legaliza los libros sociales
  • Facilita las comprobaciones y visitas con las que la Administración verifica los requisitos exigidos
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa es una pequeña o mediana empresa de economía social
  • Tienes el domicilio social y fiscal en la Región de Murcia
  • Tus centros de trabajo están ubicados en la Región de Murcia
  • Has incorporado socios trabajadores que aportaron dinero al capital social
  • Puedes presentar la solicitud antes del 13 de octubre de 2026
  • Tu entidad no es una empresa de economía social
  • Eres una organización empresarial de economía social, sectorial o intersectorial
  • Tu domicilio social o fiscal está fuera de la Región de Murcia
  • Tu ámbito de actuación no es la Región de Murcia
  • Tienes deudas tributarias en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma de Murcia
  • Tu cooperativa de trabajo asociado está obligada a tener plan de igualdad y no lo tiene inscrito

Cuánto puedes recibir

La ayuda por cada socio trabajador es de hasta el 25% del capital que haya suscrito y desembolsado, con un máximo de 4.000 € por socio. Como mucho se subvencionan las aportaciones de seis socios trabajadores por empresa, y por este programa solo se puede conceder una ayuda por persona. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación por una Comisión de Valoración y las ayudas se otorgan hasta el límite del crédito presupuestario disponible. Si varios expedientes empatan, se atienden por el orden de entrada de la última documentación que los completa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida para el programa de aportaciones en economía social

  2. Rellena el formulario específico de este programa en la sede electrónica de la Región de Murcia

  3. Fírmalo electrónicamente como representante legal de la entidad y preséntalo antes del 13 de octubre de 2026

  4. Si te lo requieren, subsana los defectos o aporta los documentos que falten en diez días hábiles

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional en la página web de la Dirección General de Autónomos y Economía Social y presenta alegaciones en diez días si no estás de acuerdo

Documentación necesaria

  • Acreditación de la inscripción en el Registro Mercantil, si la entidad es una sociedad laboral
  • Declaración responsable del representante legal con la relación nominal de todos los socios trabajadores, firmada por ellos (Anexo I)
  • Documento bancario de la entidad de crédito con los 24 dígitos de la cuenta bancaria (IBAN) y el número de identificación fiscal
  • Resolución de alta del socio trabajador incorporado en el régimen de Seguridad Social que corresponda
  • Escritura pública que acredite que las aportaciones dinerarias al capital social de cada socio trabajador por el que se solicita ayuda son de al menos 3.000€, con los resguardos de los depósitos
  • Certificado de inscripción del plan de igualdad en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos o, si la entidad tiene menos de 50 trabajadores, declaración responsable de no estar obligada
  • Acreditación del depósito de cuentas en el Registro Mercantil, para las sociedades laborales
  • Declaración responsable si se realiza actividad puntual en otra entidad durante el periodo de mantenimiento obligatorio del puesto de trabajo subvencionado (Anexo XI)
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
La unidad administrativa te requerirá para que subsanes los defectos o aportes los documentos que falten en un plazo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Qué acciones puedo incluir en la solicitud?
Las llevadas a cabo entre el 1 de octubre de 2025 y el 13 de octubre de 2026.
¿Qué ocurre si varias solicitudes empatan a puntos?
Se ordenan por el orden de entrada de la última documentación que completa cada expediente y se atienden por ese orden mientras no se agote el presupuesto disponible.
¿Me avisan antes de la resolución definitiva?
La propuesta de resolución provisional se notifica publicándola en la página web de la Dirección General de Autónomos y Economía Social, y dispones de diez días para aceptarla o presentar alegaciones. Recibirás un aviso en el correo o el móvil que hayas indicado en la solicitud.

Fuentes oficiales

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