Ayuda al Informe de Evaluación de Edificios en Riba-roja
Hasta 1.000€ por edificio para pagar el Informe de Evaluación del Edificio
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria para elaborar el Informe de Evaluación de tu edificio
- Para quién
- Propietarios únicos, comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de edificios residenciales de Riba-roja de Túria
- Cuánto
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- 300€ si es unifamiliar; en plurifamiliares hasta 1.000€ por edificio y como máximo el 50% del coste del informe
Los topes de 1.000€ por edificio y del 50% del coste del informe los fija la convocatoria para los edificios plurifamiliares; en las viviendas unifamiliares la cuantía es fija.Tipo de edificio Importe de la ayuda Plurifamiliar 300€ por la primera vivienda + 50€ por cada vivienda o local adicional Unifamiliar 300€ (cuantía fija)
- 300€ si es unifamiliar; en plurifamiliares hasta 1.000€ por edificio y como máximo el 50% del coste del informe
- Qué cubre
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- La redacción del Informe de Evaluación del Edificio
- Los honorarios del técnico competente que lo elabora
- El análisis del estado de conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética del edificio
- Requisitos
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- Estás empadronado en Riba-roja de Túria en el momento de solicitarla
- Tu edificio es predominantemente residencial y tiene más de 20 años
- El edificio está en suelo urbano, fuera de unidades de ejecución sin desarrollar
- Si sois varios propietarios, estáis constituidos como comunidad o agrupación de comunidades
- Has encargado el informe a un técnico competente y puedes acreditarlo
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta la justificación del informe antes del 31 de diciembre de 2027
- Entrega copia digital del informe y acredita su inscripción en el registro electrónico establecido para estos informes
- Aporta las facturas del trabajo subvencionado junto con el justificante de su pago
- Comunica si consigues otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
- Facilita al Ayuntamiento cualquier documento o información que te pida para el control de la ayuda
- Sométete a las actuaciones de control financiero de la Intervención municipal
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Riba-roja de Túria
- Eres propietario único de un edificio residencial del municipio
- Formáis una comunidad o agrupación de comunidades de propietarios
- Tu edificio tiene más de 20 años y está en suelo urbano
- Vas a encargar el Informe de Evaluación del Edificio a un técnico
- Tu edificio tiene 20 años o menos
- El edificio no es de carácter predominantemente residencial
- El edificio está en suelo de unidades de ejecución sin desarrollar
- No estás empadronado en Riba-roja de Túria
- El informe se elaboró antes del cierre de la convocatoria anterior
- Tienes deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Si tu edificio es plurifamiliar, recibes un máximo de 300€ por la primera vivienda más 50€ por cada vivienda o local adicional, sin superar nunca 1.000€ por edificio ni el 50% del coste del informe. Si es una vivienda unifamiliar, la cuantía es fija: 300€. El pago del 100% de la subvención concedida se hace efectivo inmediatamente después de la resolución de concesión definitiva.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Encarga el Informe de Evaluación del Edificio a un técnico competente
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Reúne la memoria explicativa de la edificación, el presupuesto y la acreditación del encargo
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Rellena la instancia general que facilita el Ayuntamiento y adjunta la documentación
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento si eres persona física, o en la sede electrónica
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Si el Ayuntamiento te lo requiere, subsana la solicitud en 10 días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo 1)
- Fotocopia del DNI, si eres persona física
- Copia del DNI y de los poderes actualizados del representante legal, si actúas en representación
- CIF de la comunidad y fotocopia del DNI o NIF del presidente, en el caso de comunidades de propietarios
- Nota simple del Registro de la Propiedad relativa al edificio
- Justificación catastral o documentación que acredite la antigüedad y el número de viviendas del edificio
- Memoria explicativa de la edificación con la situación del inmueble, su tipología y los honorarios del informe
- Acreditación del encargo a técnico competente
- Modelo oficial de ficha de mantenimiento de terceros con los datos bancarios (Anexo 2)