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Ayudas Claras
Ayudas Valencia Vivienda
Vivienda Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de accesibilidad en viviendas de Riba-roja

Subvención del 50% de la obra de accesibilidad, hasta 6.000€ por vivienda

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria para obras de accesibilidad en viviendas.
Para quién
Comunidades de propietarios, propietarios de edificios residenciales y arrendatarios en Riba-roja de Túria.
Cuánto
  • El 50% del presupuesto protegido de cada actuación, con topes por actuación y por vivienda
    ConceptoCuantía
    Porcentaje del presupuesto protegido de cada actuación50%
    Máximo por actuación2.000€
    Máximo por vivienda6.000€
    Máximo en zonas comunes de edificios plurifamiliares6.000€
Qué cubre
  • Reformas del baño: cambiar la bañera por ducha, redistribuir los sanitarios, poner barras de apoyo o grifería de palanca
  • Ayudas técnicas dentro de la vivienda: rampas, sillas salvaescaleras, plataformas, sistemas domóticos y señales de aviso
  • Obras en zonas comunes: rampas, plataformas elevadoras, salvaescaleras, ascensores y señales luminosas o sonoras
Requisitos
  • El edificio está en Riba-roja de Túria y es de uso predominantemente residencial
  • En el edificio reside al menos una persona mayor de 65 años o con discapacidad superior al 33%
  • Eres propietario único, comunidad de propietarios o agrupación de comunidades
  • Si eres arrendatario, cuentas con la autorización del propietario del inmueble
  • La obra mejora las condiciones de accesibilidad de la vivienda, el edificio o sus accesos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la actuación de accesibilidad para la que pides la ayuda
  • Justifica la actuación subvencionada una vez ejecutada
  • Destina la ayuda al objetivo concreto para el que se concede
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de un edificio residencial en Riba-roja de Túria
  • Formas parte de una comunidad de propietarios que quiere hacer obras
  • En tu edificio reside alguien mayor de 65 años
  • En tu edificio reside alguien con discapacidad superior al 33%
  • Eres inquilino y el propietario te autoriza a hacer la obra
  • Quieres cambiar la bañera por una ducha o instalar un ascensor
  • El inmueble está fuera del municipio de Riba-roja de Túria
  • El edificio no es de carácter predominantemente residencial
  • Nadie del edificio es mayor de 65 años ni tiene discapacidad superior al 33%
  • Eres inquilino y no tienes autorización del propietario
  • La obra no mejora las condiciones de accesibilidad del edificio

Cuánto puedes recibir

Recibes el 50% del presupuesto protegido de cada actuación. El tope es de 2.000€ por actuación y de 6.000€ por vivienda, y también de 6.000€ para las obras en zonas comunes de edificios plurifamiliares. Si las solicitudes superan el crédito disponible, las ayudas se conceden por orden de puntuación y sin reducir su importe hasta que se agota el crédito.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Presenta la solicitud en el plazo de un mes desde la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos y la web municipal

  2. Si el edificio dispone del Informe de Evaluación del Edificio, adjunta la acreditación de su inscripción en el registro electrónico

  3. Espera la valoración de la Comisión evaluadora, que puntúa las solicitudes con los criterios de la convocatoria

  4. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Acreditación de la inscripción del Informe de Evaluación del Edificio en el registro electrónico, si el inmueble dispone de él

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si soy inquilino y no propietario?
Sí. Los arrendatarios pueden ser beneficiarios siempre que cuenten con la autorización del propietario del inmueble.
¿Cómo se resuelve un empate de puntuación?
Prevalece la puntuación obtenida en situación funcional, después en número de personas mayores de 65 años o con discapacidad superior al 33%, y después en antigüedad del edificio. Si el empate persiste, decide el orden de presentación de la solicitud.
¿Suma puntos contratar a una empresa del municipio?
Sí. Las actuaciones ejecutadas por empresas con domicilio fiscal en Riba-roja de Túria obtienen 10 puntos en la valoración.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
La Junta de Gobierno Local resuelve, previa propuesta de la Comisión evaluadora, en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
¿La concesión está garantizada?
No. Es una convocatoria de tramitación anticipada: la cuantía tiene carácter estimado y la concesión queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente cuando se resuelva.

Fuentes oficiales

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