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Ayudas Claras
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Empleo Granada Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Premios a la mejor iniciativa empresarial en Granada

Tres premios de 3.000€, 2.000€ y 1.000€ para pymes innovadoras de Granada.

Lo que significa

Qué es
Premio en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Granada para reconocer nuevas iniciativas empresariales innovadoras.
Para quién
Pequeñas y medianas empresas de la ciudad de Granada, ya sean personas físicas o jurídicas.
Cuánto
  • Tres premios en metálico según la clasificación final
    PremioDotación
    Primer premio3.000€
    Segundo premio2.000€
    Tercer premio1.000€
    Del importe de los premios se descuentan las retenciones que correspondan.
Qué cubre
  • Dotación económica en metálico para la empresa premiada
  • No tienes que justificar gastos: el premio se da por justificado al concederse
  • Reconocimiento público en un acto formal de entrega de premios
Requisitos
  • Tu empresa es una pequeña o mediana empresa, sea persona física o jurídica
  • Tu alta en la actividad tiene una antigüedad máxima de 3 años cuando presentas la solicitud
  • Estás en funcionamiento y con domicilio social, comercial y fiscal en la ciudad de Granada
  • Presentas un proyecto original y disruptivo, con alto componente de innovación y creatividad

    La convocatoria admite cuatro tipos de innovación: de producto (bien o servicio nuevo o muy mejorado en características, uso, especificaciones técnicas, componentes, materiales, software o ergonomía); de proceso (método de producción o distribución nuevo o muy mejorado en técnicas, equipo o software); de marketing (nuevo método de comercialización con mejoras en diseño, presentación, posicionamiento, promoción o precio); y organizacional (nuevo método de organización en las prácticas de negocio, el lugar de trabajo o las relaciones externas).

  • Estás al corriente en el pago de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tienes deudas ni sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Granada
  • No tienes deudas por una resolución de reintegro de subvenciones
  • No has ganado este premio en ediciones anteriores con el mismo proyecto ni con otro sustancialmente idéntico
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Sométete a las comprobaciones y al control financiero del Ayuntamiento y aporta la información que te pidan
  • Devuelve la cantidad recibida, con el interés de demora correspondiente, si incumples las condiciones del premio
  • Comunica al área municipal de empleo cualquier cambio de domicilio o de correo electrónico mientras dure el control
  • Haz publicidad del premio en membretes, anuncios, memorias y actos del proyecto premiado, indicando el año y que lo concede el Ayuntamiento de Granada
  • Participa en el acto formal de entrega de premios si resultas ganador
Cuándo
  • Abre: 25 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 26 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una pyme en funcionamiento en la ciudad de Granada
  • Llevas como máximo 3 años de alta en la actividad
  • Tu proyecto empresarial es original y aporta innovación al mercado
  • Eres persona física o jurídica con actividad económica propia
  • Buscas reconocimiento público y apoyo en la etapa inicial de tu empresa
  • Tu empresa no tiene domicilio social, comercial y fiscal en Granada
  • Tu alta en la actividad supera los 3 años
  • Tu empresa no encaja en la definición europea de pequeña y mediana empresa
  • Ya ganaste este premio con el mismo proyecto o con otro casi idéntico
  • Tienes deudas con Hacienda, con la Seguridad Social o con el Ayuntamiento de Granada

Cuánto puedes recibir

Si tu candidatura resulta ganadora, cobras una cantidad en metálico según el puesto que consigas: 3.000€ el primer premio, 2.000€ el segundo y 1.000€ el tercero. No tienes que justificar en qué gastas ese dinero, porque el premio se da por justificado en el momento de la concesión. Del importe se descuentan las retenciones que correspondan.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga y cumplimenta el formulario de solicitud de uso obligatorio (Anexo I)

  2. Redacta un resumen ejecutivo de tu plan de empresa en español, de entre 5 y 10 páginas

  3. Reúne la documentación de la empresa que exige la convocatoria

  4. Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granada, mediante el trámite de instancia general

  5. Si te seleccionan entre las diez mejores candidaturas, prepara un elevator pitch de máximo 5 minutos ante la comisión evaluadora

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud de uso obligatorio (Anexo I), con la declaración responsable integrada
  • Resumen ejecutivo del plan de empresa, de entre 5 y 10 páginas
  • CIF, en caso de persona jurídica
  • NIF del representante de la empresa
  • DUE o modelo 036 o 037 de la Agencia Tributaria
  • Certificado de situación censal
  • Copia de la escritura o documento de constitución y los estatutos, en su caso, inscritos en el registro público que corresponda
  • Autorizaciones medioambientales, licencias o permisos que acrediten que puedes desarrollar la actividad
  • Documentación del alta en el régimen de Seguridad Social que corresponda; en persona jurídica, la del administrador
  • Certificados de estar al corriente con la Administración estatal, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Granada, si no autorizas la consulta de tus datos
  • Documento de designación de cuenta bancaria

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el premio si ya recibo otras ayudas para lo mismo?
Sí. Estos premios son compatibles con cualquier otro premio, ayuda o subvención para la misma finalidad, proceda de esta o de otra administración pública.
¿Qué pasa si presento la solicitud en papel?
Te requerirán para que la presentes por vía electrónica. La fecha de presentación que cuenta será aquella en la que subsanes ese defecto.
¿Me pueden dar la oportunidad de completar la documentación?
Sí. Si tu solicitud está incompleta, te requerirán para que subsanes en un plazo de 10 días hábiles. Si no lo haces, te tendrán por desistido de tu petición.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
Como máximo seis meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu candidatura.
¿Pueden quedar desiertos los premios?
Sí. La comisión evaluadora puede declarar desierto el premio si considera insuficiente la calidad de las candidaturas o si no se presenta ninguna.

Fuentes oficiales

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