Subvenciones a economía social y cooperativas en Cataluña
Ayudas por concurrencia para proyectos de economía social y cooperativas catalanas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat de Catalunya para proyectos singulares de economía social y cooperativismo.
- Para quién
- Cooperativas y entidades de la economía social y solidaria, incluidas comunidades energéticas y cooperativas de vivienda en cesión de uso.
- Cuánto
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- Cuantía máxima por proyecto según la línea a la que te presentes
En la línea 4 la cuantía máxima depende del sector de actividad o del ámbito rural al que se adscriba el proyecto.Línea Cuantía máxima por proyecto Porcentaje máximo del coste Línea 1, GerminESS 25.000€ 90% Línea 3, ArrelESS 300.000€ 80% Línea 4, LiderESS Según el sector o ámbito del proyecto 70% Línea 5, HabitatgESS 5.000€ por unidad de convivencia, con límite de 125.000€ 90% Línea 6, EnergètiquESS 60.000€ 80% Línea 7, Oficina Técnica 150.000€ 100%
- Cuantía máxima por proyecto según la línea a la que te presentes
- Qué cubre
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- Estudios previos, prospecciones y asesoramiento especializado para el proyecto
- Alquiler de locales o espacios, primas de seguros y salarios del personal técnico
- Gastos de inversión en infraestructura física, programas informáticos y digitalización
- Requisitos
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- Tu entidad cumple las condiciones de beneficiario que fijan las bases reguladoras
- Presentas el proyecto en una de las líneas de la convocatoria: 1, 3, 4, 5, 6 o 7
- Las actuaciones se inician a partir del 29 de mayo de 2026 y dentro del ejercicio 2026
- Si optas al eje A de la línea 4, tu entidad debe cumplir requisitos de antigüedad y de tamaño
Estar constituida e inscrita en el registro correspondiente por un periodo superior a los 10 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, y tener una facturación superior a 100.000.000€ anuales o un activo total superior a 25.000.000€, según las últimas cuentas anuales depositadas.
- En la línea 4, tu proyecto se implementa estrictamente en uno de los sectores elegibles
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actuaciones dentro del periodo máximo de ejecución que fija tu línea
- Respeta el reparto entre gasto corriente e inversión que marca tu línea o perfil
- Presenta la cuenta justificativa en los dos meses siguientes al fin del periodo de ejecución
- Justifica el gasto con una desviación no superior al 5% respecto al coste presupuestado
- Devuelve las cantidades que debas reintegrar, con los intereses de demora que correspondan
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu cooperativa o entidad de economía social quiere desarrollar un proyecto en Cataluña
- Estás validando una nueva idea de negocio antes de ponerla en marcha
- Tu entidad está en fase de estabilidad y quiere ganar productividad y competitividad
- Impulsas una promoción de vivienda cooperativa en cesión de uso
- Formas parte de una comunidad energética que quiere consolidarse y crecer
- Tu proyecto cooperativo actúa en zonas rurales o en riesgo de despoblamiento
- Quieres financiar gastos o actuaciones realizados antes del 29 de mayo de 2026
- En la línea 1 solo quieres cubrir la implementación o puesta en marcha efectiva
- En la línea 1 imputas gastos de gestión administrativa o funcionamiento interno
- Optas al eje A de la línea 4 y tu entidad tiene menos de 10 años
- Tu proyecto de la línea 4 no encaja en los sectores elegibles de la convocatoria
Cuánto puedes recibir
La cuantía máxima depende de la línea a la que te presentes: 25.000€ en la línea 1, 300.000€ en la línea 3, 5.000€ por unidad de convivencia con un límite de 125.000€ por proyecto en la línea 5, 60.000€ en la línea 6 y 150.000€ en la línea 7. Según la línea, la subvención puede cubrir entre el 70% y el 100% del coste total del proyecto. Una vez publicada la resolución definitiva de concesión cobras un anticipo del 75% de la cantidad otorgada, sin que se te exijan garantías, y el 25% restante se tramita cuando has justificado correctamente la subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Elige la línea de subvención que encaja con tu proyecto
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Reúne la documentación que exigen las bases reguladoras y el anexo específico de tu línea
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Formaliza la solicitud según los modelos normalizados de la sede electrónica
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Presenta la solicitud de forma telemática dentro del plazo de la convocatoria
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Consulta la propuesta provisional y la resolución en el tablón electrónico de la Generalitat
Documentación necesaria
- Documentación que exigen las bases reguladoras y el anexo específico de tu línea
- Declaración responsable de entidad agrupada, por cada entidad, en caso de agrupación
- Declaración de las ayudas de minimis percibidas en los tres últimos años, en las líneas 5 y 6
- Información sobre la vinculación con otras entidades, si procede, en las líneas 5 y 6
- Títulos de propiedad o convenios con el sector público para acreditar las viviendas, cuando proceda