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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Empleo
Empleo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a economía social y cooperativas en Cataluña

Ayudas por concurrencia para proyectos de economía social y cooperativas catalanas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat de Catalunya para proyectos singulares de economía social y cooperativismo.
Para quién
Cooperativas y entidades de la economía social y solidaria, incluidas comunidades energéticas y cooperativas de vivienda en cesión de uso.
Cuánto
  • Cuantía máxima por proyecto según la línea a la que te presentes
    LíneaCuantía máxima por proyectoPorcentaje máximo del coste
    Línea 1, GerminESS25.000€90%
    Línea 3, ArrelESS300.000€80%
    Línea 4, LiderESSSegún el sector o ámbito del proyecto70%
    Línea 5, HabitatgESS5.000€ por unidad de convivencia, con límite de 125.000€90%
    Línea 6, EnergètiquESS60.000€80%
    Línea 7, Oficina Técnica150.000€100%
    En la línea 4 la cuantía máxima depende del sector de actividad o del ámbito rural al que se adscriba el proyecto.
Qué cubre
  • Estudios previos, prospecciones y asesoramiento especializado para el proyecto
  • Alquiler de locales o espacios, primas de seguros y salarios del personal técnico
  • Gastos de inversión en infraestructura física, programas informáticos y digitalización
Requisitos
  • Tu entidad cumple las condiciones de beneficiario que fijan las bases reguladoras
  • Presentas el proyecto en una de las líneas de la convocatoria: 1, 3, 4, 5, 6 o 7
  • Las actuaciones se inician a partir del 29 de mayo de 2026 y dentro del ejercicio 2026
  • Si optas al eje A de la línea 4, tu entidad debe cumplir requisitos de antigüedad y de tamaño

    Estar constituida e inscrita en el registro correspondiente por un periodo superior a los 10 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, y tener una facturación superior a 100.000.000€ anuales o un activo total superior a 25.000.000€, según las últimas cuentas anuales depositadas.

  • En la línea 4, tu proyecto se implementa estrictamente en uno de los sectores elegibles
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta las actuaciones dentro del periodo máximo de ejecución que fija tu línea
  • Respeta el reparto entre gasto corriente e inversión que marca tu línea o perfil
  • Presenta la cuenta justificativa en los dos meses siguientes al fin del periodo de ejecución
  • Justifica el gasto con una desviación no superior al 5% respecto al coste presupuestado
  • Devuelve las cantidades que debas reintegrar, con los intereses de demora que correspondan
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu cooperativa o entidad de economía social quiere desarrollar un proyecto en Cataluña
  • Estás validando una nueva idea de negocio antes de ponerla en marcha
  • Tu entidad está en fase de estabilidad y quiere ganar productividad y competitividad
  • Impulsas una promoción de vivienda cooperativa en cesión de uso
  • Formas parte de una comunidad energética que quiere consolidarse y crecer
  • Tu proyecto cooperativo actúa en zonas rurales o en riesgo de despoblamiento
  • Quieres financiar gastos o actuaciones realizados antes del 29 de mayo de 2026
  • En la línea 1 solo quieres cubrir la implementación o puesta en marcha efectiva
  • En la línea 1 imputas gastos de gestión administrativa o funcionamiento interno
  • Optas al eje A de la línea 4 y tu entidad tiene menos de 10 años
  • Tu proyecto de la línea 4 no encaja en los sectores elegibles de la convocatoria

Cuánto puedes recibir

La cuantía máxima depende de la línea a la que te presentes: 25.000€ en la línea 1, 300.000€ en la línea 3, 5.000€ por unidad de convivencia con un límite de 125.000€ por proyecto en la línea 5, 60.000€ en la línea 6 y 150.000€ en la línea 7. Según la línea, la subvención puede cubrir entre el 70% y el 100% del coste total del proyecto. Una vez publicada la resolución definitiva de concesión cobras un anticipo del 75% de la cantidad otorgada, sin que se te exijan garantías, y el 25% restante se tramita cuando has justificado correctamente la subvención.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Elige la línea de subvención que encaja con tu proyecto

  2. Reúne la documentación que exigen las bases reguladoras y el anexo específico de tu línea

  3. Formaliza la solicitud según los modelos normalizados de la sede electrónica

  4. Presenta la solicitud de forma telemática dentro del plazo de la convocatoria

  5. Consulta la propuesta provisional y la resolución en el tablón electrónico de la Generalitat

Documentación necesaria

  • Documentación que exigen las bases reguladoras y el anexo específico de tu línea
  • Declaración responsable de entidad agrupada, por cada entidad, en caso de agrupación
  • Declaración de las ayudas de minimis percibidas en los tres últimos años, en las líneas 5 y 6
  • Información sobre la vinculación con otras entidades, si procede, en las líneas 5 y 6
  • Títulos de propiedad o convenios con el sector público para acreditar las viviendas, cuando proceda

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo puedo empezar a gastar en el proyecto?
El periodo de ejecución se inicia el 29 de mayo de 2026. No se considera elegible ningún gasto ni actuación realizada antes de esa fecha, y el inicio debe producirse dentro del ejercicio 2026.
¿Cobro algo antes de justificar la ayuda?
Sí. Una vez publicada la resolución definitiva se tramita un anticipo del 75% de la cantidad otorgada, sin exigir garantías. El 25% restante se tramita cuando has justificado correctamente la subvención.
¿Cuánto tiempo tengo para justificar?
Dos meses desde que termina el periodo de ejecución de tu línea. Puedes pedir una ampliación motivada antes de que venza ese plazo, y el nuevo plazo no puede superar la mitad del inicial.
¿Puedo ajustar el proyecto si me conceden menos dinero del que pedí?
Sí. Se puede reformular la solicitud para ajustar los compromisos y las condiciones a la subvención que se pueda otorgar.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
Las resoluciones se dictan y publican en un plazo máximo de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Ten en cuenta que esta convocatoria aplica el trámite de urgencia, que reduce a la mitad los plazos de instrucción, resolución y notificación. Si no hay resolución expresa en el plazo que corresponda, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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