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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Empleo
Empleo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para contratar en entidades sin ánimo de lucro

Hasta 37.849,44€ para una contratación de 12 meses en entidades sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Servicio Público de Empleo de Cataluña para contratación, formación y acompañamiento.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro de Cataluña, incluidas las cooperativas de iniciativa social.
Cuánto
  • Importe por módulos económicos según cada actuación
    ActuaciónCuantía del módulo
    Contratación · grupos de cotización 3 a 73.154,12€ al mes · 37.849,44€ para una contratación de 12 meses
    Contratación · grupos de cotización 8 a 112.408,79€ al mes · 28.905,48€ para una contratación de 12 meses
    FormaciónEntre 7,66€ y 8,65€ por hora de formación, según la familia profesional
    Acompañamiento24,43€ la hora, hasta 182 horas por cada contrato otorgado
    Lo que recibes depende del número de contratos, alumnos y horas que te otorguen, y nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.
Qué cubre
  • El coste de contratos de 12 meses a jornada completa
  • Acciones de formación transversal de entre 60 y 80 horas
  • Horas de acompañamiento a las personas participantes
Requisitos
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida y con centro de trabajo en Cataluña
  • Si eres cooperativa, tienes la condición de iniciativa social
  • Dispones de una plantilla de al menos una persona contratada

    No se computan las personas contratadas con una subvención del propio Programa Trabajo y Formación.

  • Presentas un único proyecto, desarrollado en una sola memoria técnica con el modelo normalizado
  • Tu proyecto supera la puntuación mínima de la valoración

    La puntuación máxima por proyecto es de 100 puntos y la mínima exigida, de 50 puntos. Si el importe solicitado supera el presupuesto disponible, se reduce el número de contratos a otorgar: un 30% en los proyectos con 60 a 69 puntos y un 50% en los de 50 a 59 puntos.

  • Firmas las declaraciones responsables que incluye la solicitud para acreditar que cumples las condiciones
Obligaciones
  • Formaliza contratos de 12 meses a jornada completa con las personas participantes
  • Empieza las actuaciones al día siguiente de la notificación de la concesión y termínalas antes del 31 de marzo de 2028
  • Presenta la justificación en los tres meses siguientes al fin de la ejecución y, como muy tarde, el 30 de junio de 2028
  • Custodia los contratos de trabajo, el control horario diario y las fichas firmadas de las personas participantes
  • Si renuncias a la subvención, devuelve las cantidades percibidas más los intereses de demora
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro con centro de trabajo en Cataluña
  • Eres una cooperativa sin ánimo de lucro de iniciativa social
  • Quieres contratar 12 meses a jornada completa a personas en paro
  • Trabajas con personas trans, paradas de larga duración, mujeres o migrantes de fuera de la Unión Europea
  • Puedes ofrecer formación transversal y acompañamiento a quien contrates
  • Eres una empresa de inserción
  • Eres un centro especial de trabajo
  • No tienes centro de trabajo en Cataluña
  • No cuentas con al menos una persona contratada en plantilla
  • Tu proyecto no llega a la puntuación mínima de 50 puntos

Cuánto puedes recibir

La subvención se calcula aplicando módulos económicos. Por cada contrato de 12 meses cobras 37.849,44€ si la persona pertenece a los grupos de cotización 3 a 7, o 28.905,48€ si pertenece a los grupos 8 a 11. A eso se suma la formación, que se paga por hora y alumno según la familia profesional, y el acompañamiento, a 24,43€ la hora, hasta 182 horas por cada contrato otorgado. La subvención nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria técnica de tu proyecto con el modelo normalizado

  2. Rellena la solicitud y firma las declaraciones responsables que acreditan los requisitos

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica, buscando el trámite TRFO – ESAL, antes de las 15.00 horas del 15 de septiembre de 2026

  4. Consulta la propuesta provisional y la resolución en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya, que sustituye a la notificación individual

Documentación necesaria

  • Memoria técnica del proyecto, en modelo normalizado
  • Declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos, incluidas en la solicitud
  • Durante la ejecución: declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración
  • Durante la ejecución: declaración responsable de la persona representante legal, en modelo normalizado, si participa en el programa una mujer con datos protegidos
  • Durante la ejecución: encargo de gestión de la actuación subvencionable, si procede

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
La resolución se dicta y se publica en un plazo máximo de 6 meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo combinar esta subvención con otras ayudas?
Sí, pero la subvención no puede llegar a una cuantía que, sola o junto con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Puedo cambiar mi solicitud si me conceden menos de lo que pedí?
No se pueden reformular las solicitudes. Si lo solicitado supera el presupuesto disponible, se reduce el número de contratos a otorgar: un 30% en los proyectos con 60 a 69 puntos y un 50% en los de 50 a 59 puntos.
¿Puedo reclamar contra la resolución?
Sí. Contra la resolución de concesión puedes interponer un recurso de alzada ante el órgano competente en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.
¿Qué hago si quiero devolver la subvención?
Debes solicitar la renuncia al órgano competente, que dictará la resolución correspondiente y emitirá la carta de pago con la cantidad a reintegrar más los intereses de demora.

Fuentes oficiales

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