Ayudas para pintar y rehabilitar fachadas en Nules
Hasta 3.500€ para pintar o rehabilitar la fachada de tu edificio, según el número de propietarios.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Nules para rehabilitar y pintar fachadas y cubiertas de edificios.
- Para quién
- Propietarios, inquilinos o arrendatarios y comunidades de propietarios de edificios de Nules.
- Cuánto
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- con un máximo según el tipo de edificio y las calles a las que da la fachada
Tipo de edificio Fachada a una calle Fachada a dos o más calles Fachada a una calle y reforma de cubierta Viviendas unifamiliares y plurifamiliares hasta 5 propietarios Hasta 1.000€ Hasta 1.500€ Hasta 1.500€ Viviendas plurifamiliares de 6 a 10 propietarios Hasta 2.000€ Hasta 2.500€ Hasta 2.500€ Viviendas plurifamiliares de más de 10 propietarios Hasta 3.000€ Hasta 3.500€ Hasta 3.500€
- con un máximo según el tipo de edificio y las calles a las que da la fachada
- Qué cubre
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- Rehabilitación y pintura de la fachada del edificio
- Reforma de la cubierta
- Requisitos
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- Eres propietario del edificio, seas usuario del mismo o no
- Eres inquilino o arrendatario y cuentas con la autorización por escrito del propietario
- Solicitas en nombre de la comunidad de propietarios del edificio
- El edificio supera los 20 años de antigüedad
- El edificio se destina a vivienda o a un uso público o social sin ánimo de lucro
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Pide al ayuntamiento la autorización sellada para hacer las fotografías del edificio antes de empezar la rehabilitación
- Justifica el gasto con facturas originales y copia del resguardo de la transferencia bancaria
- Presenta los justificantes de gasto en el Registro General del ayuntamiento para su validación y estampillado
- Asegúrate de que el total de ayudas recibidas para la misma finalidad no supera el coste de la actuación
- Subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días si el ayuntamiento te lo requiere
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de un edificio de Nules con más de 20 años
- Vives de alquiler y tienes autorización por escrito del propietario
- Formas parte de una comunidad de propietarios que va a arreglar la fachada
- Vas a pintar o rehabilitar la fachada, la cubierta o ambas
- Tu edificio se destina a vivienda o a un uso público o social sin ánimo de lucro
- Tu edificio no supera los 20 años de antigüedad
- El edificio no es residencial ni tiene una utilidad pública o social sin ánimo de lucro
- Eres inquilino y no cuentas con la autorización escrita del propietario
- Presentas la solicitud después del 15 de octubre de 2026
- Estás incurso en un procedimiento de reintegro o sancionador de subvenciones públicas
- No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o la Hacienda Municipal
Cuánto puedes recibir
sin IVA, y además tiene un tope que va de 1.000€ a 3.500€ según el número de propietarios del edificio, si la fachada da a una o a varias calles y si reformas también la cubierta.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que te identifica y que acredita tu condición de propietario, inquilino o comunidad
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Pide la licencia de obras municipal para la rehabilitación o mejora de la fachada y la cubierta, si tu actuación la necesita
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Solicita al ayuntamiento la autorización sellada para fotografiar el edificio antes de iniciar la rehabilitación
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Rellena el modelo de solicitud que figura como anexo de la convocatoria, dirigido al alcalde
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Presenta la solicitud en el Registro de entrada del ayuntamiento antes del 15 de octubre de 2026
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se notifica en el plazo de un mes
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo de la convocatoria)
- DNI, en caso de persona física
- Escritura de constitución o estatutos, acreditación de la inscripción en el registro correspondiente y tarjeta de identificación fiscal, si eres una entidad
- DNI del representante legal y poderes actualizados que acrediten su representación
- Escritura de propiedad o nota simple informativa del Registro de la Propiedad
- Contrato del alquiler y autorización del propietario, si la solicitud la formulan arrendatarios o inquilinos
- Licencia de obras municipal para la rehabilitación o mejora de la fachada y cubierta, en su caso
- Justificante del pago de las tasas de solicitud de licencias y del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), en su caso
- Autorización sellada por el ayuntamiento para realizar las fotografías antes del inicio de la rehabilitación
- Presupuestos desglosados y detallados por partidas y precios unitarios, y proyecto técnico si te lo requieren
- Ficha de mantenimiento de terceros según el modelo facilitado por el ayuntamiento
- Certificados de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Hacienda Municipal, o autorización expresa para que el ayuntamiento los solicite en tu nombre
- Declaración jurada conjunta que se señala en el impreso de solicitud
- Si la petición la formula una comunidad de propietarios: CIF y acta de constitución, DNI o CIF del presidente con el acta que acredita su representación, y acta de la junta donde se acuerda la actuación
- Facturas originales y copia del resguardo de la transferencia bancaria