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Ayudas Claras
Ayudas Ciudad Autónoma de Melilla Vivienda
Vivienda Ciudad Autónoma de Melilla Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para muebles y electrodomésticos en Melilla

50% de tus gastos de ajuar doméstico, con un máximo de 3.000€ por beneficiario

Lo que significa

Qué es
Subvención de concesión directa de la Ciudad Autónoma de Melilla para reponer el ajuar doméstico: mobiliario y electrodomésticos.
Para quién
Jóvenes de entre 18 y 40 años empadronados en Melilla.
Cuánto
50% del gasto realizado, con un máximo de 3.000€ por beneficiario
Qué cubre
  • Mobiliario para tu vivienda
  • Electrodomésticos
  • Otros elementos básicos para crear o consolidar tu hogar independiente
Requisitos
  • Estás empadronado en Melilla con un año de antigüedad al inicio del plazo de solicitudes
  • Tienes cumplidos entre 18 y 40 años cuando presentas la solicitud
  • Estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Recaudación de la Ciudad de Melilla
  • Eres propietario de la vivienda o la tienes alquilada con contrato en vigor
  • Tu renta anual bruta del ejercicio fiscal 2025 no supera los 30.000 euros
  • No has sido beneficiario antes de estas ayudas para la reposición del ajuar doméstico
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aporta la documentación que acredita los requisitos o autoriza a la Consejería a consultarla a otras administraciones
  • Justifica que los gastos se realizaron y pagaron entre el 16 de septiembre de 2025 y el último día del plazo de solicitudes
  • Mantén el cumplimiento de las condiciones: la comprobación puede hacerse antes o después de concederte la ayuda
  • Devuelve la ayuda si se detecta que incumples alguna de las condiciones establecidas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes entre 18 y 40 años
  • Estás empadronado en Melilla desde hace al menos un año
  • Eres propietario de tu vivienda o vives de alquiler
  • Has comprado muebles o electrodomésticos desde el 16 de septiembre de 2025
  • Tu renta bruta anual de 2025 no supera los 30.000 euros
  • Tienes menos de 18 años o más de 40
  • Tu antigüedad en el padrón de Melilla es inferior a un año
  • Tu renta bruta anual de 2025 supera los 30.000 euros
  • Ya fuiste beneficiario de esta ayuda para reponer el ajuar doméstico
  • No puedes acreditar que la vivienda es tuya o que la tienes alquilada

Cuánto puedes recibir

Recibes el 50% de lo que te hayas gastado en reponer el ajuar doméstico, con un límite máximo de 3.000€ por beneficiario. Solo cuentan los gastos realizados y abonados entre el 16 de septiembre de 2025 y el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se atienden por riguroso orden de entrada en el registro hasta que se agota el crédito disponible.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita que cumples los requisitos (Anexo II)

  2. Rellena el modelo oficial de solicitud (Anexo I) que facilita la Dirección General de Política Educativa

  3. Firma la declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos (Anexo III)

  4. Presenta la solicitud con certificado digital en la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla o en las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano

  5. Presenta alegaciones en el plazo de diez días hábiles si no estás de acuerdo con la propuesta de resolución provisional

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud de ayuda (Anexo I)
  • Documentación acreditativa de los requisitos (Anexo II)
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos (Anexo III)
  • Nota simple registral de la vivienda, expedida como máximo tres meses antes de la solicitud, si eres propietario
  • Contrato de arrendamiento en vigor y justificante del último pago del alquiler, si eres arrendatario

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya me la concedieron en otra ocasión?
No. Uno de los requisitos es no haber obtenido antes la condición de beneficiario de estas subvenciones para la reposición del ajuar doméstico.
¿Qué gastos puedo incluir?
Los de reposición del ajuar doméstico que hayas realizado y abonado efectivamente entre el 16 de septiembre de 2025 y la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
¿Cómo se decide quién la recibe?
No hay competencia entre solicitudes: las que cumplen los requisitos se atienden por riguroso orden de entrada en el registro hasta agotar el crédito. El único criterio de valoración es ese orden de entrada.
¿Cuánto tardan en responder?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde que presentas la solicitud. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entenderla desestimada por silencio administrativo.
¿Qué puedo hacer si me deniegan la ayuda?
Puedes interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

Fuentes oficiales

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