Ayudas para contratar a personas de Vila-seca
Ayudas de entre 2.000€ y 6.000€ por contratar a personas empadronadas en Vila-seca
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal por concurrencia no competitiva del Ayuntamiento de Vila-seca para contratar a personas del municipio
- Para quién
- Empresas y autónomos de naturaleza privada con actividad económica que contraten a personas empadronadas en Vila-seca
- Cuánto
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- La cuantía por solicitud depende del tipo de contrato y del perfil de la persona contratada
No se subvencionan jornadas inferiores al 80%; el importe se ajusta al porcentaje de jornada contratado.Tipo de contrato Cuantía general Si lleva 2 años o más en paro o es mayor de 45 Temporal (mínimo 6 meses) 2.000€ 2.500€ Indefinido (jornada completa) 5.000€ 6.000€ Fijo discontinuo (mínimo 6 meses) 2.500€ 3.000€
- La cuantía por solicitud depende del tipo de contrato y del perfil de la persona contratada
- Qué cubre
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- Los sueldos de las personas contratadas por las que se concede la subvención
- La cuota de la Seguridad Social de esas personas contratadas
- Requisitos
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- Eres persona física o jurídica privada con actividad económica y capacidad legal para firmar un contrato de trabajo
- Has abierto una oferta en la Bolsa de Trabajo Municipal y la persona contratada consta como candidata a esa oferta
- La persona contratada está empadronada en Vila-seca al menos los 6 meses continuados anteriores al inicio del contrato
- El contrato es de jornada completa o, de forma gradual, a partir del 80% de la jornada
- La contratación empieza entre el 1 de enero de 2025 y el 1 de abril de 2026 y supone un incremento o el mantenimiento de la plantilla
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Contratas a la persona y mantienes la relación laboral durante el periodo mínimo por el que se concede la subvención
- Justificas ante el Ayuntamiento el cumplimiento de la finalidad en el plazo de dos meses tras el periodo mínimo de contratación
- Aceptas por escrito la subvención y sus condiciones en el plazo de 10 días
- Permites al Ayuntamiento difundir las ayudas otorgadas
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una empresa o autónomo con actividad económica en el ámbito privado
- Vas a contratar o has contratado a una persona empadronada en Vila-seca
- Has publicado la oferta a través de la Bolsa de Trabajo Municipal
- El contrato es de jornada completa o al menos del 80% de la jornada
- Contratas para una jornada inferior al 80% de la jornada laboral completa
- La persona contratada no está empadronada en Vila-seca en los 6 meses previos al contrato
- No has abierto la oferta a través de la Bolsa de Trabajo Municipal
- La contratación empezó fuera del periodo entre el 1 de enero de 2025 y el 1 de abril de 2026
Cuánto puedes recibir
La subvención se concede por solicitud y su cuantía depende del tipo de contrato: 2.000€ para contratos temporales de al menos 6 meses, 5.000€ para indefinidos a jornada completa y 2.500€ para fijos discontinuos de al menos 6 meses. Estas cuantías suben a 2.500€, 6.000€ y 3.000€ respectivamente si la persona contratada lleva dos años o más en paro o es mayor de 45 años. No se subvencionan jornadas inferiores al 80% y el importe se ajusta al porcentaje de jornada contratado. Puedes acumular más de una ayuda por diferentes relaciones laborales.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Abre una oferta de trabajo en la Bolsa de Trabajo Municipal de Vila-seca y contrata a una persona candidata que cumpla los requisitos
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Reúne la documentación: NIF/DNI/NIE, contrato laboral, vida laboral de la empresa y listado medio de plantilla
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Presenta la solicitud con el modelo normalizado en la Oficina de Atención al Ciudadano o por la sede electrónica en el plazo de un mes
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Tras el periodo mínimo de contratación, justifica la subvención en el plazo de dos meses
Documentación necesaria
- Solicitud mediante modelo normalizado
- Copia del NIF/DNI/NIE del solicitante (o escrituras o estatutos, si es persona jurídica)
- Contrato laboral (con la causa de la contratación, si es temporal)
- Comunicación de la contratación
- Vida laboral de la empresa donde conste la contratación, expedida en los 15 días naturales previos
- Listado medio de plantilla del año anterior y del año de la contratación
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Declaración responsable firmada, incluida en la solicitud