Subvenciones a emprendedores para crear empresa en La Palma
Hasta 12.000€ según línea para poner en marcha tu proyecto empresarial en La Palma.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Cabildo de La Palma para gastos iniciales de puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales.
- Para quién
- Emprendedores de La Palma: autónomos, sociedades mercantiles, entidades de economía social y comunidades de bienes.
- Cuánto
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- 200€ por cada punto de valoración más el 50% de la inversión inicial (60% en municipios de menos de 5.000 habitantes o proyectos de economía circular, verde o azul), con estos límites por línea
Línea Importe máximo % máximo sobre la inversión justificada Línea 1 12.000€ 90% Línea 2 10.000€ 80% Línea 3 5.000€ 60% Línea 4 5.000€ 60%
- 200€ por cada punto de valoración más el 50% de la inversión inicial (60% en municipios de menos de 5.000 habitantes o proyectos de economía circular, verde o azul), con estos límites por línea
- Qué cubre
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- Bienes de equipo: terrenos, locales, maquinaria, mobiliario, herramientas, equipos informáticos y vehículos eléctricos o híbridos enchufables
- Obras de construcción, modernización o acondicionamiento de las instalaciones y redacción del proyecto necesario para esas obras
- Digitalización, página web y venta online, traspaso del negocio y gastos de constitución y puesta en marcha de la empresa
- Requisitos
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- Pones en marcha un nuevo proyecto empresarial en La Palma entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
- Estableces tu ubicación y tu domicilio fiscal y social en la isla de La Palma
- Realizas una inversión inicial superior a 3.000€ sin incluir el IGIC
- Si eres persona jurídica, tu empresa es una microempresa
Microempresa: ocupa a menos de 10 personas y su volumen de negocios anual o balance general anual no supera los 2 millones de euros. En la línea 4 (afectados por la erupción volcánica) no existe este límite.
- Generas empleo estable: alta como autónomo o contratación según la línea de subvención
- Tu proyecto reúne condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén la inversión en bienes inscribibles en un registro público vinculada a la actividad en La Palma durante 5 años; el resto de la inversión, durante 2 años
- Si traspasas la instalación antes de los 5 años, comunícalo al Cabildo en el plazo de un mes adjuntando el compromiso del nuevo titular
- Si el bien es inscribible en un registro público, haz constar en la escritura la subvención concedida e inscríbelo en el registro
- No hagas modificaciones sustanciales de la inversión ni la vendas, graves o traslades fuera de la isla: es causa de reintegro
- Si sustituyes una inversión obsoleta, deja constancia contable y en el inventario de la empresa
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 11 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Pones en marcha un nuevo proyecto empresarial en la isla de La Palma
- Te diste de alta como autónomo entre septiembre de 2025 y agosto de 2026
- Tu empresa tiene su domicilio fiscal y social en La Palma
- Tu inversión inicial supera los 3.000€ sin contar el IGIC
- Retomas tu actividad afectada por la erupción volcánica o creas una nueva empresa
- Tu proyecto se desarrolla fuera de la isla de La Palma
- Diste de alta la actividad antes del 1 de septiembre de 2025
- Tu sociedad no es una microempresa, salvo en la línea de afectados por el volcán
- Presentas la solicitud por un canal distinto a la sede electrónica del Cabildo
Cuánto puedes recibir
Recibes la suma de dos cantidades: 200€ por cada punto obtenido en los criterios de valoración y el 50% de tus gastos de inversión iniciales aceptados por el Cabildo. Si tu domicilio fiscal y social está en un municipio de menos de 5.000 habitantes, o tu actividad principal está relacionada con la economía circular, verde o azul, ese porcentaje sube al 60%. El máximo por beneficiario va de 5.000€ a 12.000€ según la línea de subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita tu identidad, el alta de la actividad y la inversión
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Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud (Anexo I) y fírmalo electrónicamente
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Presenta la solicitud únicamente de forma telemática en la sede electrónica del Cabildo
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Espera la resolución: el plazo es de seis meses desde que finaliza el plazo de solicitudes
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo normalizado oficial (Anexo I), firmada electrónicamente
- Copia del DNI, solo si no autorizas la consulta de tu identidad
- Para extranjeros, copia del NIE o Certificado de Ciudadano de la Unión, junto con el pasaporte o documento de identidad en vigor
- Copia del alta en el RETA, mutua profesional o régimen equivalente, o del Documento Único Electrónico (DUE)
- Copia del alta en la Declaración Censal (modelo 036/037) o del Documento Único Electrónico (DUE)
- Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Información de viabilidad del proyecto empresarial (Anexo II)
- Tres ofertas de proveedores si el gasto alcanza 40.000€ en obra o 15.000€ en edificios, terrenos o bienes de equipo
- Declaración de contratación de personal (Anexo VII) y copia de los contratos, si contratas personal indefinido
- Documento de inscripción en el Registro Único de afectados por la erupción volcánica, si te afecta y no autorizas su consulta
- Certificados de desempleo, discapacidad o titulación académica, para los criterios de valoración, en su caso
- Alta de terceros sellada y firmada por la entidad bancaria, si no estás dado de alta en el Cabildo