Subvención TU+1 para autónomos que contratan en Cataluña
22.320€ por contratar indefinido si eres autónomo sin trabajadores en Cataluña
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del programa TU+1 de la Generalitat de Cataluña para fomentar la contratación indefinida por autónomos.
- Para quién
- Trabajadores autónomos y sociedades limitadas unipersonales sin personas trabajadoras a cargo.
- Cuánto
- 22.320€ por cada persona contratada de forma indefinida a jornada completa (módulo de 1.240€ al mes durante 18 meses); si el contrato es a tiempo parcial, la cuantía se ajusta en proporción a la jornada
- Qué cubre
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- La contratación indefinida de una o dos personas en paro inscritas como demandantes de empleo
- Contratos a jornada completa o parcial, nunca por debajo del 50% de la jornada
- La participación del autónomo o socio único en un curso gratuito de formación continua
- Requisitos
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- Eres autónomo o sociedad limitada unipersonal sin personas trabajadoras a cargo
- No has recibido esta misma ayuda en convocatorias anteriores, ni con otra forma jurídica
- La persona que contratas está en paro e inscrita como demandante de empleo no ocupada antes del contrato
- Formalizas el contrato entre el día siguiente a la solicitud y los tres meses posteriores a la resolución
- La jornada del contrato no es inferior al 50% de la jornada plena del convenio aplicable
- Obligaciones
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- Mantén la contratación indefinida un mínimo de 18 meses
- Participa en al menos un curso gratuito del catálogo del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, en línea o presencial
- Presenta la justificación en los 15 días siguientes al fin de la actuación subvencionada
- Incluye en la justificación una memoria explicativa del proyecto, los objetivos alcanzados y la mejora del negocio, según el modelo normalizado
- Devuelve las cantidades percibidas si renuncias a la subvención o si se revoca o anula la concesión
- Cuándo
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- Abre: 7 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 29 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres trabajador autónomo sin personas trabajadoras a tu cargo
- Tienes una sociedad limitada unipersonal sin trabajadores a cargo
- Quieres contratar de forma indefinida a una o dos personas en paro
- La persona a contratar está inscrita como demandante de empleo no ocupada
- Puedes mantener la contratación un mínimo de 18 meses
- Ya recibiste esta ayuda en ediciones anteriores, aunque cambies de forma jurídica
- El contrato que quieres formalizar es indefinido fijo discontinuo
- La jornada del contrato sería inferior al 50% de la jornada plena
- La persona a contratar no está inscrita como demandante de empleo antes del contrato
Cuánto puedes recibir
Recibes 22.320€ por cada persona que contrates de forma indefinida a jornada completa: sale de un módulo de 1.240€ al mes durante los 18 meses en que debes mantener el contrato. Si el contrato es a tiempo parcial (nunca por debajo del 50% de la jornada), la cuantía se ajusta proporcionalmente. Cobras un anticipo del 80% tras la resolución definitiva y el 20% restante cuando justificas correctamente la subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Descarga el formulario de solicitud normalizado del portal de tramitación Canal Empresa
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Presenta la solicitud de forma telemática antes de las 14.00 horas del 29 de julio de 2026
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Formaliza el contrato indefinido a partir del día siguiente a la solicitud y, como máximo, tres meses después de la resolución
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Consulta la resolución en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat: la publicación sustituye a la notificación individual
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Presenta la justificación en los 15 días siguientes al fin de la actuación subvencionada
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud normalizado (disponible en el portal de tramitación Canal Empresa)
- La documentación adicional que establecen las bases reguladoras de la convocatoria