Subvención a entidades para orientación laboral en Cataluña
Programas de orientación laboral en Cataluña; plazo hasta el 21 de julio de 2026.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña para programas de orientación profesional.
- Para quién
- Organizaciones y agentes representativos de sectores productivos y centros de formación profesional integrada de titularidad privada.
- Cuánto
-
- Financiación por unidad de orientación; el importe de tu entidad es la suma de las unidades que te concedan (entre 1 y 12).
La subvención no puede superar el coste de la actividad subvencionada.Concepto Financiación Unidad de orientación completa 110.000€ Media unidad de orientación 55.000€
- Financiación por unidad de orientación; el importe de tu entidad es la suma de las unidades que te concedan (entre 1 y 12).
- Qué cubre
-
- Programas de orientación profesional para trabajadores ocupados, con itinerarios personalizados en sesiones individuales y grupales
- Actuaciones de prospección de los sectores y subsectores
- Requisitos
-
- Eres una entidad con vinculación y experiencia acreditadas en un sector o subsector productivo antes de la publicación de la convocatoria
- Acreditas esa vinculación mediante tu participación en la negociación colectiva o tu representatividad
- Si eres un centro de formación profesional integrada, eres de titularidad privada y dispones del proyecto funcional aprobado
- Identificas y justificas en la solicitud el sector o subsector para el que pides la subvención
- Para subvenciones superiores a 30.000€, cumples las medidas de lucha contra la morosidad en los pagos a proveedores
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Pon en marcha el servicio de orientación como máximo el 8 de enero de 2027 y mantenlo hasta la finalización
- Ejecuta las actuaciones entre el 7 de diciembre de 2026 y el 5 de diciembre de 2027
- Orienta como mínimo a 80 personas por cada unidad completa y a 40 por media unidad
- Selecciona a las personas participantes, sin incluir a trabajadores de tu propia entidad
- Elabora una memoria de las actuaciones de prospección realizadas
- Justifica la subvención entre el 7 de diciembre de 2027 y el 7 de febrero de 2028 mediante cuenta justificativa
- Cuándo
-
- Abre: 4 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 21 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad con vinculación y experiencia en un sector o subsector productivo
- Quieres desarrollar un programa de orientación profesional para trabajadores ocupados
- Eres un centro de formación profesional integrada de titularidad privada
- Representas a agentes sociales o económicos de un sector en Cataluña
- Puedes orientar como mínimo a 80 personas por unidad de orientación
- Eres una persona trabajadora que busca orientación: a las participantes las selecciona la entidad
- Renunciaste o dejaste de ejecutar el 25% o más de la subvención de la última convocatoria
- No puedes acreditar vinculación ni experiencia en el sector antes de la publicación de la convocatoria
- Quieres inscribir como participantes a trabajadores de tu propia entidad
Cuánto puedes recibir
El importe que recibe tu entidad depende del número de unidades de orientación que te concedan: cada unidad completa se financia con 110.000€ y cada media unidad con 55.000€. El importe total es la suma de las unidades otorgadas, entre un mínimo de 1 y un máximo de 12, y no puede superar el coste de la actividad. Se puede abonar un anticipo del 80% del importe concedido antes de empezar y el 20% restante tras finalizar y justificar.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Comprueba que tu entidad puede acreditar vinculación y experiencia en el sector o subsector
-
Reúne la documentación exigida en las bases del programa
-
Introduce en la aplicación de tramitación el número de unidades de orientación y los sectores o subsectores previstos
-
Presenta la solicitud firmada electrónicamente por medios telemáticos, junto con la documentación
-
Haz el seguimiento del estado de la solicitud desde el área privada de la plataforma de tramitación
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud normalizado
- Documentación que acredite la vinculación y la experiencia en el sector o subsector
- Para subvenciones superiores a 30.000€, certificado o informe de una persona auditora sobre el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores