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Ayudas Claras
Subvenciones Castilla y León Empleo
Empleo Castilla y León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención de empleo-formación en Castilla y León

Ayuda a entidades locales y sin ánimo de lucro para programas de empleo-formación.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para financiar programas de empleo-formación.
Para quién
Entidades y corporaciones locales, y asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro con fines de formación y empleo.
Cuánto
  • La subvención se calcula por módulos según los participantes, con un tope por entidad.
    ConceptoCuantía
    Formación y funcionamiento (Módulo A)4,43€ por hora y participante
    Formación y funcionamiento (Módulo B)1,24€ por hora y participante
    Costes salariales y de seguridad social1.584,58€ mensuales por cada participante
    El importe máximo de subvención por entidad beneficiaria es el 25% del crédito asignado a su provincia.
Qué cubre
  • Salarios y seguridad social de las personas participantes durante todo el proyecto
  • Costes de formación y funcionamiento de la acción formativa
  • Contratación del personal formador, directivo y de apoyo
Requisitos
  • La obra o servicio que propones se considera de utilidad pública o interés general y social
  • Acreditas la titularidad o la capacidad de obrar sobre los bienes de la actuación, disponibles al inicio del proyecto
  • Cuentas con las autorizaciones y permisos necesarios en el momento de solicitar
  • La formación propuesta es certificable y constituye al menos un certificado profesional completo
  • Dispones de la capacidad técnica y de gestión suficiente para desarrollar el programa
  • Acreditas el cumplimiento, o la exención, de la normativa de inclusión laboral de personas con discapacidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Archiva y custodia toda la documentación del proyecto durante cuatro años desde que vence el plazo para justificar
  • Haz constar el carácter público de la financiación en toda la documentación y publicidad del proyecto
  • Somete la difusión y publicidad del programa a la aprobación previa de la Gerencia Provincial
  • Comunica el inicio del proyecto antes de empezarlo mediante el formulario correspondiente
  • Inicia el proyecto antes del 1 de abril de 2027, salvo que te autoricen un retraso motivado
  • Cada proyecto debe incluir entre 6 y 12 participantes
Cuándo
  • Abre: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o corporación local de Castilla y León
  • Eres una asociación o fundación sin ánimo de lucro con fines de formación y empleo
  • Quieres poner en marcha un programa que combine formación y práctica laboral para personas desempleadas
  • Varios municipios de la misma provincia queréis ejecutar el programa conjuntamente
  • La obra o servicio que propones es de utilidad pública o interés general y social
  • Eres una persona desempleada que quiere participar: la ayuda la piden las entidades, no las personas
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • La formación que propones no llega a un certificado profesional completo
  • No tienes disponibles los bienes, permisos o autorizaciones necesarios para ejecutar la actuación
  • Tu entidad incurre en alguna prohibición para obtener subvenciones

Cuánto puedes recibir

No recibes una cantidad fija: la subvención se calcula por módulos según los participantes. Para formación y funcionamiento son 5,67€ por hora y participante (4,43€ del Módulo A más 1,24€ del Módulo B), y para costes salariales y de seguridad social, 1.584,58€ mensuales por cada participante. Estas cuantías se mantienen inalterables durante todo el proyecto. Tu entidad puede recibir como máximo el 25% del crédito asignado a su provincia.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad puede ser beneficiaria y que la obra o servicio es de utilidad pública o interés general y social

  2. Prepara la memoria detallada y descriptiva del programa en el modelo normalizado

  3. Reúne la documentación general y las declaraciones responsables exigidas

  4. Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica de Castilla y León dentro del plazo de 20 días hábiles

Documentación necesaria

  • Memoria detallada y descriptiva del programa experiencial de empleo y formación (modelo normalizado)
  • Documentación que acredite la personalidad jurídica de la entidad solicitante
  • Declaración responsable con todas las ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas para la misma finalidad
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de integración laboral de personas con discapacidad, su exención o su no sujeción
  • Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para obtener subvenciones
  • Acreditación de la titularidad o disponibilidad de los bienes de la actuación, o documento de cesión para su uso público por al menos veinticinco años
  • Autorizaciones administrativas exigibles, o certificación de que no son necesarias
  • Certificado de las fuentes de financiación de la parte del coste que no se subvenciona
  • Convenio de agrupación de municipios, cuando varias entidades locales concurran conjuntamente

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Entidades y corporaciones locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes, y asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con fines de formación y empleo. Varios municipios de la misma provincia pueden concurrir conjuntamente.
¿Cuántas personas participan en cada proyecto?
Cada proyecto aprobado debe incluir como mínimo 6 participantes y como máximo 12. En los proyectos DUPLO, cada plaza comprende dos participantes, uno por cada periodo de duración.
¿Cómo se presenta la solicitud?
De forma electrónica en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
¿Qué pasa si no resuelven a tiempo?
El plazo de resolución y notificación es de 6 meses desde que acaba el plazo de presentación de solicitudes. Si no se notifica en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
¿Cuándo puede empezar el proyecto?
Los proyectos pueden iniciarse una vez concedida la subvención y comunicado su inicio, con fecha límite de inicio el 1 de abril de 2027, salvo retraso autorizado por causa sobrevenida.

Fuentes oficiales

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