Subvención de alquiler de vivienda en Arrecife 2026
El 50% de tu renta de alquiler durante 6 meses, para vecinos de Arrecife.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Arrecife para ayudar a pagar el alquiler de tu vivienda habitual.
- Para quién
- Personas y familias de Arrecife con escasos recursos económicos que viven en una vivienda de alquiler.
- Cuánto
- El 50% de la renta mensual del alquiler, durante 6 mensualidades del año 2026.
- Qué cubre
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- El pago de la renta del alquiler de tu vivienda habitual
- No incluye anejos (garaje, trastero) ni otros gastos como comunidad o suministros
- Requisitos
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- Eres nacional de un país de la Unión Europea o extranjero con permiso de residencia en España, y tienes 18 años o estás emancipado
- Estás empadronado en Arrecife con una antigüedad mínima de un año
- Eres titular de un contrato de alquiler o cesión de uso de tu vivienda habitual en Arrecife, con al menos un año de duración y en vigor
- La renta de tu alquiler no supera los límites de la convocatoria
Renta igual o inferior a 600€ al mes. Puede llegar a 1.000€ en familias numerosas (general o especial), familias con una persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%. En alquiler o cesión de uso de una habitación, 300€ al mes o menos.
- Ni tú ni tu unidad familiar sois propietarios de otra vivienda que pueda usarse como tal
- Los ingresos de tu unidad de convivencia no superan los límites establecidos
Una sola persona adulta: 2 veces el IPREM vigente. Por cada persona adicional se suma 0,5 veces el IPREM. Familias con personas mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65% y familias numerosas de categoría general: hasta 4 veces el IPREM; familias numerosas de categoría especial: hasta 5 veces el IPREM.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la subvención al pago del alquiler de tu vivienda habitual
- La ayuda es personal e intransferible: no puedes cederla a otra persona
- No la compatibilices con otras ayudas destinadas a pagar el alquiler de tu vivienda
- Cuándo
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- Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Vives de alquiler en tu vivienda habitual en Arrecife
- Estás empadronado en Arrecife desde hace al menos un año
- Tienes 18 años cumplidos o estás emancipado legalmente
- Tienes pocos recursos económicos
- Tu contrato de alquiler tiene al menos un año de duración y está en vigor
- Pagas una renta de alquiler superior a los límites de la convocatoria
- Tú o tu unidad familiar sois propietarios de otra vivienda disponible
- Tienes parentesco de primer o segundo grado con tu arrendador
- Ya recibes otra ayuda al alquiler de otra administración o entidad pública
- Llevas menos de un año empadronado en Arrecife
Cuánto puedes recibir
Recibes el 50% de la renta mensual que pagas por el alquiler de tu vivienda habitual, durante 6 mensualidades del año 2026, en un único pago. Para el cálculo no se cuentan los anejos como garaje o trastero, ni otros gastos como comunidad o suministros.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida: identidad, contrato de alquiler, recibos de pago y justificantes de ingresos
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Cumplimenta la instancia de solicitud (Anexo I), la declaración responsable (Anexo II) y el impreso de alta a terceros (Anexo III)
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Presenta la solicitud, preferentemente por medios electrónicos o en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Arrecife
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud (Anexo I)
- Documento de identidad del solicitante y, en su caso, de su representante
- Libro de familia o partida de nacimiento de todos los miembros de la unidad familiar
- Copia completa del contrato de arrendamiento o de cesión de uso en vigor
- Las 6 últimas facturas, recibos o justificantes de pago del alquiler
- Declaración responsable sobre los miembros de la unidad familiar (Anexo II)
- Justificantes de los ingresos de cada miembro de la unidad familiar (nóminas, pensiones, certificados...)
- Copia de la declaración de la renta de cada miembro de la unidad de convivencia, o certificado negativo
- Impreso de alta a terceros (Anexo III)