Subvenciones para entidades de la economía social estatal
Ayudas a entidades de la economía social para proyectos y gastos de funcionamiento.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ministerio de Trabajo para proyectos de economía social y RSE y gastos de funcionamiento.
- Para quién
- Entidades de la economía social, asociaciones, fundaciones, universidades públicas y entidades locales de la Red Retos.
- Cuánto
- Proyectos (líneas 1 y 2): hasta 165.000 € o 55.000 € por proyecto según el tipo de actividad, concediéndose el 50%, 75% o 100% del importe solicitado según la puntuación obtenida. Gastos de funcionamiento (línea 3): importe mínimo de 40.000 €, o de 15.000 € si solo se justifican determinados gastos. La entidad debe aportar al menos el 15% del coste total.
- Qué cubre
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- Proyectos de formación, difusión y fomento de la economía social
- Proyectos de formación y fomento de la responsabilidad social de las empresas
- Gastos de funcionamiento ordinario de las entidades asociativas y representativas
- Requisitos
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- Eres una entidad de la economía social de ámbito estatal admitida en la convocatoria (asociativa, representativa, asociación, fundación, universidad pública o entidad local de la Red Retos)
- Tienes contratada por cuenta ajena al menos una persona trabajadora a tiempo completo
- Tu entidad tiene personalidad jurídica, está legalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda
- El proyecto no consiste en ofrecer bienes o servicios en el mercado ni es una actividad económica
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto durante 2026 y paga los gastos antes del 1 de febrero de 2027
- Justifica la subvención con los justificantes de gasto entre el 1 y el 28 de febrero de 2027
- Justifica la totalidad de los gastos del proyecto, no solo la parte cubierta por la ayuda
- Comunica cualquier otra ayuda obtenida para la misma finalidad en un plazo de quince días hábiles
- Si la administración lo requiere, realiza una presentación pública del proyecto subvencionado
- Cuándo
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- Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 17 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad asociativa o representativa de la economía social estatal
- Eres una asociación o fundación vinculada a la economía social
- Eres una universidad pública con un proyecto de economía social
- Quieres financiar proyectos de formación, difusión o fomento de la economía social
- Necesitas cubrir parte de los gastos de funcionamiento de tu entidad
- Tienes contratada al menos una persona trabajadora a tiempo completo
- Tu entidad no tiene ninguna persona trabajadora contratada a tiempo completo
- Tu entidad carece de personalidad jurídica o no está legalmente constituida
- El proyecto consiste en ofrecer bienes o servicios en un mercado
- Tu entidad o el proyecto tiene naturaleza mercantil o actividad económica
Cuánto puedes recibir
La cuantía depende de la línea, de la puntuación obtenida y del crédito disponible. En los proyectos (líneas 1 y 2) el importe máximo por proyecto es de 165.000 € para las principales actividades de promoción y de 55.000 € para el resto (estudios, formación y organización de encuentros); sobre ese máximo se aplica el 100% del importe solicitado con 40 o más puntos, el 75% entre 35 y 39 puntos y el 50% entre 25 y 34 puntos. En los gastos de funcionamiento (línea 3) el importe mínimo es de 40.000 €, salvo en entidades que solo justifiquen determinados gastos, en cuyo caso no baja de 15.000 €. La subvención nunca puede superar el coste de la actividad ni el importe solicitado, y la entidad debe contribuir con al menos el 15% de los costes totales.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida y completa la solicitud del Anexo I
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ministerio, firmada con DNI o certificado electrónico
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Hazlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado
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Si quedas excluida en la lista provisional, subsana el expediente en el plazo de 10 días
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Espera la resolución de concesión, que se publica en la sede electrónica del Ministerio
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Declaración responsable de que las actuaciones subvencionadas no constituyen actividad económica
- Memoria de la actividad del proyecto
- Estatutos de la entidad y sus modificaciones
- Acreditación de la representación del firmante
- Certificado de identificación de las personas directivas de la entidad
- Certificaciones de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no autorizas su consulta