Ayudas a la inversión en empresas de inserción de Castilla y León
Hasta el 90% de la inversión, con tope de 13.300€ por puesto de trabajo creado.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Castilla y León para financiar la inversión fija de las empresas de inserción.
- Para quién
- Empresas de inserción laboral calificadas e inscritas que trabajan en Castilla y León.
- Cuánto
- Hasta el 90% de la inversión realizada (sin impuestos), con un límite de 13.300€ por puesto de trabajo creado.
- Qué cubre
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- Acondicionamiento de locales de uso exclusivo para la actividad
- Mobiliario, equipos de oficina, maquinaria, utillaje y vehículos para la actividad
- Equipos informáticos y software o aplicaciones informáticas
- Requisitos
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- Estar calificada e inscrita como empresa de inserción laboral en Castilla y León
- Desarrollar tu actividad en el territorio de Castilla y León
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Que la persona contratada figure inscrita previamente como demandante de empleo
- Cumplir con la normativa de igualdad y de integración laboral de personas con discapacidad cuando te resulte de aplicación
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantener durante tres años los puestos de trabajo creados que sirvieron para calcular la subvención
- Si se extingue un contrato, formalizar uno nuevo en sustitución en un plazo máximo de dos meses
- Comunicar las bajas y nuevas altas en un plazo no superior a quince días desde el nuevo contrato
- Destinar los bienes adquiridos al fin concedido y mantenerlos al menos tres años (cinco si se inscriben en un registro público)
- Adoptar medidas de difusión y publicidad del carácter público de la financiación
- Instalar en lugar visible del centro de trabajo el cartel oficial en los 15 días hábiles tras la concesión
- Cuándo
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- Abre: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 17 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad está calificada e inscrita como empresa de inserción laboral
- Desarrollas tu actividad en el territorio de Castilla y León
- Has creado nuevos puestos de trabajo entre agosto de 2025 y julio de 2026
- Has hecho inversiones fijas vinculadas a esos nuevos puestos
- Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
- Tu entidad no está calificada ni inscrita como empresa de inserción
- No desarrollas tu actividad en Castilla y León
- Adquiriste los bienes mediante arrendamiento financiero sin pleno dominio
- No has creado nuevos puestos de trabajo vinculados a la inversión
- Has sido inhabilitada por sentencia firme para obtener subvenciones públicas
Cuánto puedes recibir
Recibes una subvención que cubre hasta el 90% de la inversión fija realizada, sin contar impuestos, con un tope de 13.300€ por cada nuevo puesto de trabajo creado. Si la jornada del puesto es inferior a la legal o la del convenio, esa cuantía se reduce de forma proporcional a la jornada realizada. El abono se efectúa una vez resuelto el expediente.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita la inversión y la creación de los puestos de trabajo
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Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de Castilla y León
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Presenta la solicitud de forma electrónica con tu certificado electrónico o DNI electrónico
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Aporta junto a la solicitud la justificación de los gastos realizados
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Espera la resolución, que se notifica por medios electrónicos
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud
- Memoria descriptiva de la inversión realizada y su vinculación con la actividad productiva
- Facturas, recibos u otros documentos de valor probatorio de los gastos
- Justificantes bancarios de pago que coincidan exactamente con el importe de cada factura, IVA incluido
- Fotografía del cartel publicitario instalado, en los 15 días hábiles tras la notificación de la concesión