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Ayudas Claras
Subvenciones Castilla y León Empleo
Empleo Castilla y León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a la inversión en empresas de inserción de Castilla y León

Hasta el 90% de la inversión, con tope de 13.300€ por puesto de trabajo creado.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Castilla y León para financiar la inversión fija de las empresas de inserción.
Para quién
Empresas de inserción laboral calificadas e inscritas que trabajan en Castilla y León.
Cuánto
Hasta el 90% de la inversión realizada (sin impuestos), con un límite de 13.300€ por puesto de trabajo creado.
Qué cubre
  • Acondicionamiento de locales de uso exclusivo para la actividad
  • Mobiliario, equipos de oficina, maquinaria, utillaje y vehículos para la actividad
  • Equipos informáticos y software o aplicaciones informáticas
Requisitos
  • Estar calificada e inscrita como empresa de inserción laboral en Castilla y León
  • Desarrollar tu actividad en el territorio de Castilla y León
  • Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Que la persona contratada figure inscrita previamente como demandante de empleo
  • Cumplir con la normativa de igualdad y de integración laboral de personas con discapacidad cuando te resulte de aplicación
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantener durante tres años los puestos de trabajo creados que sirvieron para calcular la subvención
  • Si se extingue un contrato, formalizar uno nuevo en sustitución en un plazo máximo de dos meses
  • Comunicar las bajas y nuevas altas en un plazo no superior a quince días desde el nuevo contrato
  • Destinar los bienes adquiridos al fin concedido y mantenerlos al menos tres años (cinco si se inscriben en un registro público)
  • Adoptar medidas de difusión y publicidad del carácter público de la financiación
  • Instalar en lugar visible del centro de trabajo el cartel oficial en los 15 días hábiles tras la concesión
Cuándo
  • Abre: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 17 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad está calificada e inscrita como empresa de inserción laboral
  • Desarrollas tu actividad en el territorio de Castilla y León
  • Has creado nuevos puestos de trabajo entre agosto de 2025 y julio de 2026
  • Has hecho inversiones fijas vinculadas a esos nuevos puestos
  • Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
  • Tu entidad no está calificada ni inscrita como empresa de inserción
  • No desarrollas tu actividad en Castilla y León
  • Adquiriste los bienes mediante arrendamiento financiero sin pleno dominio
  • No has creado nuevos puestos de trabajo vinculados a la inversión
  • Has sido inhabilitada por sentencia firme para obtener subvenciones públicas

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención que cubre hasta el 90% de la inversión fija realizada, sin contar impuestos, con un tope de 13.300€ por cada nuevo puesto de trabajo creado. Si la jornada del puesto es inferior a la legal o la del convenio, esa cuantía se reduce de forma proporcional a la jornada realizada. El abono se efectúa una vez resuelto el expediente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita la inversión y la creación de los puestos de trabajo

  2. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de Castilla y León

  3. Presenta la solicitud de forma electrónica con tu certificado electrónico o DNI electrónico

  4. Aporta junto a la solicitud la justificación de los gastos realizados

  5. Espera la resolución, que se notifica por medios electrónicos

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud
  • Memoria descriptiva de la inversión realizada y su vinculación con la actividad productiva
  • Facturas, recibos u otros documentos de valor probatorio de los gastos
  • Justificantes bancarios de pago que coincidan exactamente con el importe de cada factura, IVA incluido
  • Fotografía del cartel publicitario instalado, en los 15 días hábiles tras la notificación de la concesión

Preguntas frecuentes

¿Qué inversiones puedo financiar con esta ayuda?
Puedes financiar el acondicionamiento de locales, mobiliario y equipos de oficina, vehículos, maquinaria y utillaje, equipos informáticos y software, siempre que estén vinculados a la actividad y a los nuevos puestos creados.
¿En qué periodo deben haberse hecho las inversiones?
Las inversiones deben realizarse desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 31 de julio de 2026, ambos inclusive, y las contrataciones estables vinculadas deben formalizarse en ese mismo periodo.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ayudas de otras administraciones o entes públicos o privados para la misma finalidad, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si un trabajador causa baja antes de los tres años?
Debes celebrar un nuevo contrato en sustitución en un plazo máximo de dos meses y comunicarlo en quince días. Si la sustitución no es posible, se minora o se reintegra la parte proporcional de la subvención.

Fuentes oficiales

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