Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Empleo
Empleo Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda a empresas de inserción de Asturias

Subvención al coste salarial y al acompañamiento en empresas de inserción de Asturias

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Servicio Público de Empleo de Asturias para empresas de inserción
Para quién
Empresas de inserción de Asturias que emplean a personas en situación de vulnerabilidad o exclusión social
Cuánto
  • Importe por trabajador según el programa
    ProgramaImporte
    Coste salarial de la persona en inserción5.080,44€ por persona trabajadora
    Personal técnico de acompañamientoHasta 8.383,56€ por contrato
    Importes para el período subvencionable del 1 de julio al 30 de noviembre de 2026. En contratos a tiempo parcial el importe se reduce en proporción a la jornada.
Qué cubre
  • Parte del salario de la persona trabajadora en exclusión y su cuota empresarial a la Seguridad Social
  • El coste salarial del personal técnico que acompaña a esas personas en su inserción o producción
Requisitos
  • Estás calificada y registrada como empresa de inserción en el Registro de Empresas de Inserción de Asturias en la fecha de solicitud
  • Tienes centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias
  • No estás sujeta a una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal e incompatible
  • No tienes la calificación de empresa en crisis
  • No estás excluida de los beneficios de los programas de empleo por infracciones en el orden social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica mensualmente la subvención aportando nóminas, transferencias y documentos de cotización
  • Comunica si se suspende el contrato de la persona trabajadora, ya que no se devenga subvención por ese período
  • Informa por escrito a las personas trabajadoras del carácter subvencionado de sus costes salariales
  • Instala un cartel permanente y visible que indique que la actividad está subvencionada
  • Si tienes página web, incluye una breve descripción del apoyo recibido y su procedencia
  • Si recibes pago anticipado, devuelve los importes no aplicados con sus intereses
Cuándo
  • Abre: 24 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 7 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa de inserción del Principado de Asturias
  • Estás calificada y registrada en el Registro de Empresas de Inserción de Asturias
  • Contratas a personas expuestas a vulnerabilidad o exclusión social
  • Cuentas con personal técnico que acompaña a esas personas en su inserción
  • No estás registrada como empresa de inserción en Asturias
  • Tu empresa tiene la calificación de empresa en crisis
  • Tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal
  • Estás excluida de los beneficios de los programas de empleo por sanciones laborales

Cuánto puedes recibir

La ayuda se calcula por trabajador y depende del programa. Por cada persona en inserción recibes 5.080,44€ para cubrir parte de su salario y la cuota empresarial a la Seguridad Social del período subvencionable; por cada contrato de personal técnico de acompañamiento recibes hasta 8.383,56€. Si el contrato es a tiempo parcial, el importe se reduce en proporción a la jornada. Puedes pedir un pago anticipado de hasta el 75% de la subvención concedida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de la empresa y la relación de personas trabajadoras por las que solicitas subvención

  2. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud disponible en la ficha de servicio

  3. Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica del Principado de Asturias dentro del plazo de diez días hábiles

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

  5. Justifica mensualmente los costes subvencionados una vez concedida la ayuda

Documentación necesaria

  • Acta, escritura o documento de constitución, estatutos y, en su caso, sus modificaciones
  • Documento acreditativo del poder de representación de quien firma la solicitud
  • Datos bancarios de la entidad en el Fichero de Acreedores normalizado (solo en primera solicitud o si cambian)
  • Certificado o justificante de inscripción en el Registro Oficial como empresa de inserción
  • Relación de personas trabajadoras en inserción por las que se solicita subvención, en el modelo Excel
  • Copia del contrato de trabajo de las nuevas personas en inserción, comunicado al Servicio Público de Empleo
  • Certificación de los factores de vulnerabilidad o exclusión social de la persona contratada
  • Autorización firmada por la persona en inserción para la consulta de sus datos
  • Para acompañamiento: relación del personal técnico, su acreditación de titulación y el proyecto de servicio de acompañamiento

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Solo las empresas calificadas y registradas como empresas de inserción en el Registro de Empresas de Inserción del Principado de Asturias en la fecha de solicitud.
¿Qué período de gastos cubre la ayuda?
Los gastos subvencionables deben estar comprendidos entre el 1 de julio y el 30 de noviembre de 2026, ambos incluidos.
¿Puedo cobrar parte de la ayuda por adelantado?
Sí. Puedes solicitar un abono anticipado único de hasta el 75% de la subvención concedida, en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la concesión y prestando la garantía correspondiente.
¿Qué pasa si el contrato es a tiempo parcial?
El importe de la subvención se ajusta en proporción a la jornada, que no puede ser inferior al 50% de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable.
¿Qué ocurre si se suspende el contrato de la persona trabajadora?
Durante el período de suspensión no se devenga subvención alguna, y la empresa debe comunicar esa circunstancia.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas