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Ayudas Claras
Ayudas Extremadura Vivienda
Vivienda Extremadura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono Alquiler Joven 2026-2027 en Extremadura

250€ al mes para el alquiler de jóvenes de hasta 35 años en Extremadura

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa de la Junta de Extremadura para que las personas jóvenes paguen el alquiler de su vivienda o habitación
Para quién
Personas jóvenes de hasta 35 años que alquilan o tienen en cesión de uso una vivienda o habitación en Extremadura
Cuánto
250€ al mes, con el límite del importe de la renta o del precio de cesión que te corresponda pagar
Qué cubre
  • El pago de la renta del alquiler de tu vivienda habitual
  • El pago del precio de cesión de uso de la vivienda
  • El alquiler de una habitación como residencia habitual
Requisitos
  • Ser persona física mayor de edad y tener 35 años o menos al solicitar
  • Tener nacionalidad española, de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza; si eres extranjero de fuera, estar en situación regular en España
  • Tener una fuente regular de ingresos, como trabajo por cuenta propia o ajena o una prestación social pública periódica
  • Que la suma de los ingresos anuales de la unidad de convivencia no supere los límites establecidos
    SituaciónLímite de ingresos
    Caso general3 veces el IPREM
    Conviven dos jóvenes beneficiarios3,5 veces el IPREM
    Conviven tres o más jóvenes beneficiarios4 veces el IPREM
    El límite de ingresos no se aplica al alquiler o cesión de uso de una habitación.
  • Tener o poder firmar un contrato de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda o habitación
  • Que la renta sea de 600€ al mes o menos en vivienda, o de 300€ al mes o menos en habitación
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destinar la vivienda o habitación a tu residencia habitual y permanente durante todo el periodo subvencionado
  • Mantener los requisitos durante todo el periodo subvencionado
  • Estar al corriente de tus obligaciones con Hacienda estatal, con la Hacienda de Extremadura y con la Seguridad Social
  • Mantener una fuente regular de ingresos durante las mensualidades subvencionadas
  • Comunicar si percibes otras ayudas o prestaciones para el alquiler
Cuándo
  • Abre: 15 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes 35 años o menos cuando solicitas la ayuda
  • Vives de alquiler o en cesión de uso en Extremadura
  • Pagas una renta de 600€ al mes o menos por tu vivienda
  • Alquilas una habitación por 300€ al mes o menos
  • Tienes una fuente regular de ingresos
  • Esa vivienda o habitación es tu residencia habitual
  • Tienes más de 35 años en la fecha de solicitud
  • La renta de tu vivienda supera los 600€ al mes
  • El precio de la habitación supera los 300€ al mes
  • Tus ingresos anuales superan los límites establecidos
  • No vas a destinar la vivienda a tu residencia habitual

Cuánto puedes recibir

Recibes 250€ al mes, sin importar cuántas personas jóvenes convivan en la vivienda o habitación. El importe nunca supera la parte de la renta o del precio de cesión que te corresponde pagar.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el contrato o precontrato de alquiler o de cesión de uso vigente

  2. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud y el Anexo I de autorizaciones

  3. Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica de la Junta de Extremadura con DNI electrónico o certificado electrónico

  4. Espera la resolución, que se dicta y notifica en un plazo de tres meses

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
  • Anexo I de autorizaciones de las personas solicitantes y convivientes
  • Copia completa del contrato o precontrato de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda o habitación
  • Anexo al contrato o precontrato si este no recoge el contenido mínimo exigido
  • Copia de la prórroga firmada si el contrato está vencido a la fecha de solicitud
  • Certificado o volante de empadronamiento que acredite el domicilio habitual

Preguntas frecuentes

¿Cambia la ayuda si convivimos varias personas jóvenes en la misma vivienda?
No. La ayuda es de 250€ al mes con independencia del número de personas jóvenes que convivan en la vivienda o habitación.
¿Puedo pedir la ayuda para alquilar solo una habitación?
Sí, siempre que el precio de la habitación sea de 300€ al mes o menos. En el alquiler de habitación no se aplica el límite de ingresos anuales.
¿Tengo prioridad si nunca he recibido esta ayuda antes?
Sí. Tienen prioridad quienes no hayan sido beneficiarios antes en Extremadura de las ayudas al alquiler reguladas, o quienes hubieran renunciado a ellas antes de cobrarlas.
¿Qué pasa si no me notifican la resolución a tiempo?
El plazo para resolver y notificar es de tres meses desde que tu solicitud entra en el registro. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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