Ayudas para rehabilitar tu vivienda en Agulo (La Gomera)
Hasta el 50% de la obra, con un máximo de 10.000€ por vivienda, para rehabilitar tu casa en Agulo.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Agulo para rehabilitar viviendas privadas en el medio rural.
- Para quién
- Propietarios o copropietarios de viviendas en Agulo que residen o van a residir en ellas de forma habitual.
- Cuánto
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- Hasta el 50% del coste de la obra, con un máximo de 10.000€ por vivienda (importe mínimo 1.500€ por actuación).
El importe mínimo de las ayudas es de 1.500€ por actuación. Los honorarios profesionales subvencionables se limitan al 7,5% del coste de las obras.Situación de la vivienda Porcentaje del coste Importe máximo Viviendas unifamiliares Hasta el 50% 10.000€ Unidad de convivencia de colectivo vulnerable Hasta el 100% 10.000€
- Hasta el 50% del coste de la obra, con un máximo de 10.000€ por vivienda (importe mínimo 1.500€ por actuación).
- Qué cubre
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- Obras de rehabilitación interior: cocina y baños, instalaciones eléctricas, fontanería y saneamiento
- Reformas para mejorar la accesibilidad y adaptar la vivienda a personas con movilidad reducida
- Obras de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas, medianerías y carpintería exterior, incluido el desamiantado
- Requisitos
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- Tienes nacionalidad española o eres extranjero residente o transeúnte en los términos previstos para los servicios sociales de Canarias
- Estás empadronado y resides de forma efectiva en el municipio, o te comprometes a empadronarte
- Eres propietario o copropietario de la vivienda en la que se harán las obras
- La vivienda es tu residencia habitual y permanente o vas a destinarla a ello
- La vivienda tiene al menos veinte años de antigüedad, salvo obras de accesibilidad o salubridad graves
- Las obras no se han iniciado antes de la fecha de solicitud
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica ante el Ayuntamiento que has cumplido los requisitos y realizado las obras
- Sométete a las comprobaciones del Ayuntamiento y aporta la información que te pidan
- Comunica si recibes otras subvenciones, ayudas o ingresos con el mismo objeto
- Comunica cualquier cambio en las circunstancias que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda
- Mantén la vivienda destinada a su finalidad durante al menos 10 años
- Destina la vivienda a residencia habitual y permanente, sin alquiler turístico ni subarriendo
- Cuándo
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- Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 13 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario o copropietario de una vivienda en Agulo
- La vivienda es tu domicilio habitual y permanente o te comprometes a que lo sea
- Quieres reformar tu casa para mejorar su habitabilidad o accesibilidad
- Estás empadronado en el municipio o te comprometes a empadronarte
- La vivienda tiene al menos veinte años de antigüedad
- Necesitas adaptar la vivienda por discapacidad o por ser mayor de 65 años
- Has sido beneficiario de esta ayuda en dos de las últimas tres convocatorias
- Quieres destinar la vivienda a alquiler turístico o a subarriendo
- Las obras ya se iniciaron antes de la fecha de solicitud
- No eres propietario ni copropietario de la vivienda a rehabilitar
- Presentas varias solicitudes para rehabilitar la misma vivienda
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta el 50% del coste subvencionable de las obras, con un máximo de 10.000€ por vivienda. Si la unidad de convivencia es un colectivo vulnerable, el porcentaje puede llegar al 100%, siempre con el mismo tope de 10.000€. El importe mínimo de la ayuda es de 1.500€ por actuación y no puede superar el coste de los gastos subvencionables. Puedes solicitar el abono anticipado de la subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: solicitud, DNI, titularidad de la vivienda y justificantes de ingresos
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Presenta una solicitud por cada actuación en el Registro General o en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Hazlo dentro del plazo de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín de la Provincia
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Subsana en diez días hábiles si te lo requieren por falta de documentación
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Espera la resolución del Ayuntamiento y comunica tu aceptación o renuncia en el plazo indicado
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud cumplimentado y firmado (Anexo I)
- DNI o NIE del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar (pasaporte completo si son extranjeros)
- Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda
- Movimientos bancarios de los tres meses anteriores si pides el abono anticipado
- Justificantes de los ingresos de cada miembro de la unidad de convivencia (vida laboral, hojas de salario, certificado de pensión, etc.)