Ayudas a empresas de inserción de la Región de Murcia
Subvención para empresas de inserción de Murcia que contratan a personas en exclusión.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Consejería de Empresa de Murcia para que las empresas de inserción den empleo a personas en exclusión.
- Para quién
- Empresas de inserción de la Región de Murcia inscritas en su registro autonómico.
- Cuánto
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- Para el personal técnico, 2.500€ por puesto de 12 meses a jornada completa, con tope de 20.000€ por técnico. El importe de los puestos de inserción se concreta en la convocatoria.
El importe del puesto de personal técnico se reduce proporcionalmente según la duración y la jornada del contrato.Concepto Importe Por puesto de personal técnico de 12 meses a jornada completa 2.500€ Máximo por cada técnico contratado 20.000€
- Para el personal técnico, 2.500€ por puesto de 12 meses a jornada completa, con tope de 20.000€ por técnico. El importe de los puestos de inserción se concreta en la convocatoria.
- Qué cubre
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- Creación y mantenimiento de puestos de trabajo de personas en riesgo o situación de exclusión social
- Contratación y mantenimiento de personal técnico de producción y de acompañamiento, incluido el gerente que haga esas labores
- Requisitos
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- Eres una empresa de inserción inscrita y calificada en el Registro de Empresas de Inserción de la Región de Murcia
- Las personas contratadas en el programa de inserción son trabajadoras en proceso de inserción
- No has recibido otras ayudas para la misma finalidad de ningún organismo público estatal o autonómico
- La suma de las subvenciones que prevés percibir no supera el coste del contrato que se subvenciona
- Las ayudas de mínimis recibidas no superan los 750.000 euros en cualquier periodo de tres años
- Cumples con los plazos de pago para no incurrir en morosidad en las operaciones comerciales
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén la contratación durante todo el periodo subvencionado
- Si se produce una baja, sustituye al trabajador en el plazo máximo de un mes desde la baja
- Comunica las altas, bajas y cambios de jornada a la Dirección General en el plazo de un mes
- Lleva registros contables independientes o códigos contables propios para las operaciones financiadas
- Conserva toda la documentación del expediente a disposición de los órganos de control
- Coloca al menos un cartel de tamaño A3 o una pantalla equivalente con información sobre la actuación
- Aporta la cuenta justificativa y la documentación de las contrataciones al finalizar el periodo
- Cuándo
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- Abre: 18 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una empresa de inserción de la Región de Murcia
- Estás inscrita y calificada en el Registro de Empresas de Inserción de Murcia
- Contratas a personas en riesgo o situación de exclusión social
- Quieres mantener o crear puestos de trabajo de inserción
- Tienes personal técnico de producción o acompañamiento que tutela esos itinerarios
- No estás inscrita ni calificada como empresa de inserción en Murcia
- Has recibido otras ayudas públicas para la misma finalidad
- Las ayudas que prevés percibir superan el coste del contrato a subvencionar
- Las ayudas de mínimis recibidas superan los 750.000 euros en tres años
Cuánto puedes recibir
Para el personal técnico de producción y acompañamiento cobras 2.500€ por cada puesto de 12 meses a jornada completa, y la cantidad baja de forma proporcional si el contrato dura menos o la jornada es parcial, con un máximo de 20.000€ por cada técnico. El importe de los puestos de trabajo de personas en inserción no figura en este texto; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que estás inscrita y calificada como empresa de inserción en el registro de Murcia
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Reúne la documentación de cada programa y las declaraciones responsables exigidas
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Cumplimenta el formulario específico de cada programa de ayuda
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Firma la solicitud electrónicamente y preséntala en la sede electrónica de la Administración de la Región de Murcia
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Atiende cualquier requerimiento de subsanación en el plazo de diez días hábiles
Documentación necesaria
- Formulario específico de solicitud de cada programa de ayuda
- Declaración responsable sobre la autenticidad de la documentación y las ayudas de mínimis recibidas
- Documento bancario expedido por la entidad
- Autorización de terceros para la consulta de datos de los destinatarios (Anexo I)
- Declaración de incidencias laborales (Anexo II)
- Currículum del personal técnico de producción (Anexo III)
- Cuenta justificativa de los contratos del personal técnico (Anexo VI)