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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Empleo
Empleo Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a empresas de inserción de la Región de Murcia

Subvención para empresas de inserción de Murcia que contratan a personas en exclusión.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Consejería de Empresa de Murcia para que las empresas de inserción den empleo a personas en exclusión.
Para quién
Empresas de inserción de la Región de Murcia inscritas en su registro autonómico.
Cuánto
  • Para el personal técnico, 2.500€ por puesto de 12 meses a jornada completa, con tope de 20.000€ por técnico. El importe de los puestos de inserción se concreta en la convocatoria.
    ConceptoImporte
    Por puesto de personal técnico de 12 meses a jornada completa2.500€
    Máximo por cada técnico contratado20.000€
    El importe del puesto de personal técnico se reduce proporcionalmente según la duración y la jornada del contrato.
Qué cubre
  • Creación y mantenimiento de puestos de trabajo de personas en riesgo o situación de exclusión social
  • Contratación y mantenimiento de personal técnico de producción y de acompañamiento, incluido el gerente que haga esas labores
Requisitos
  • Eres una empresa de inserción inscrita y calificada en el Registro de Empresas de Inserción de la Región de Murcia
  • Las personas contratadas en el programa de inserción son trabajadoras en proceso de inserción
  • No has recibido otras ayudas para la misma finalidad de ningún organismo público estatal o autonómico
  • La suma de las subvenciones que prevés percibir no supera el coste del contrato que se subvenciona
  • Las ayudas de mínimis recibidas no superan los 750.000 euros en cualquier periodo de tres años
  • Cumples con los plazos de pago para no incurrir en morosidad en las operaciones comerciales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la contratación durante todo el periodo subvencionado
  • Si se produce una baja, sustituye al trabajador en el plazo máximo de un mes desde la baja
  • Comunica las altas, bajas y cambios de jornada a la Dirección General en el plazo de un mes
  • Lleva registros contables independientes o códigos contables propios para las operaciones financiadas
  • Conserva toda la documentación del expediente a disposición de los órganos de control
  • Coloca al menos un cartel de tamaño A3 o una pantalla equivalente con información sobre la actuación
  • Aporta la cuenta justificativa y la documentación de las contrataciones al finalizar el periodo
Cuándo
  • Abre: 18 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa de inserción de la Región de Murcia
  • Estás inscrita y calificada en el Registro de Empresas de Inserción de Murcia
  • Contratas a personas en riesgo o situación de exclusión social
  • Quieres mantener o crear puestos de trabajo de inserción
  • Tienes personal técnico de producción o acompañamiento que tutela esos itinerarios
  • No estás inscrita ni calificada como empresa de inserción en Murcia
  • Has recibido otras ayudas públicas para la misma finalidad
  • Las ayudas que prevés percibir superan el coste del contrato a subvencionar
  • Las ayudas de mínimis recibidas superan los 750.000 euros en tres años

Cuánto puedes recibir

Para el personal técnico de producción y acompañamiento cobras 2.500€ por cada puesto de 12 meses a jornada completa, y la cantidad baja de forma proporcional si el contrato dura menos o la jornada es parcial, con un máximo de 20.000€ por cada técnico. El importe de los puestos de trabajo de personas en inserción no figura en este texto; consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que estás inscrita y calificada como empresa de inserción en el registro de Murcia

  2. Reúne la documentación de cada programa y las declaraciones responsables exigidas

  3. Cumplimenta el formulario específico de cada programa de ayuda

  4. Firma la solicitud electrónicamente y preséntala en la sede electrónica de la Administración de la Región de Murcia

  5. Atiende cualquier requerimiento de subsanación en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Formulario específico de solicitud de cada programa de ayuda
  • Declaración responsable sobre la autenticidad de la documentación y las ayudas de mínimis recibidas
  • Documento bancario expedido por la entidad
  • Autorización de terceros para la consulta de datos de los destinatarios (Anexo I)
  • Declaración de incidencias laborales (Anexo II)
  • Currículum del personal técnico de producción (Anexo III)
  • Cuenta justificativa de los contratos del personal técnico (Anexo VI)

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Las empresas de inserción inscritas y calificadas en el Registro de Empresas de Inserción de la Región de Murcia que cumplan los requisitos de las bases reguladoras.
¿Cómo se conceden las ayudas si hay muchas solicitudes?
Se conceden por orden de entrada de las solicitudes hasta agotar el crédito. Si las peticiones superan el crédito de un programa, se reparte de forma proporcional entre las solicitudes presentadas.
¿Qué pasa si un trabajador subvencionado causa baja?
Debes contratar a otra persona que reúna los requisitos en el plazo máximo de un mes. Si no se alcanzan los seis meses mínimos de contratación y no es posible sustituir, hay que devolver la subvención.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
El plazo es de siete días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Fuentes oficiales

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