Ayuda al alquiler para jóvenes en Cataluña 2026
Ayuda al pago del alquiler de vivienda o habitación para jóvenes de hasta 35 años en Cataluña.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para pagar el alquiler o la cesión de vivienda o habitación.
- Para quién
- Personas jóvenes que el 31 de enero de 2026 tuvieran 35 años o menos y paguen un alquiler o cesión de vivienda o habitación en Cataluña.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- El pago del alquiler de tu vivienda
- El pago del alquiler de una habitación
- El precio de cesión de la vivienda o habitación
- Requisitos
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- El 31 de enero de 2026 tenías 35 años o menos
- Pagas el alquiler o el precio de cesión de una vivienda o habitación en Cataluña
- Dispones de una fuente regular de ingresos en tu unidad de convivencia
- Tus ingresos anuales no superan el límite según el Indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC)
Si computas los ingresos del ejercicio 2024: iguales o inferiores a 4 veces el IRSC (IRSC 2024: 9.069,83€ anuales), salvo víctimas de terrorismo. Si computas los del ejercicio 2025: iguales o inferiores a 3,8835 veces el IRSC (IRSC 2025: 9.341,92€ anuales).
- El alquiler o precio de cesión mensual no supera el tope máximo fijado para tu demarcación
Para familias numerosas, familias monoparentales y unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo de movilidad favorable, el tope de la vivienda es de 900€ en toda Cataluña, salvo en el Ámbito Metropolitano de Barcelona, donde es de 1.100€.Ámbito Vivienda Habitación Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonès, Garraf, Maresme, Vallès Occidental y Vallès Oriental) 1.000€ 450€ Resto de la demarcación de Barcelona 750€ 350€ Demarcación de Girona 750€ 400€ Demarcación de Tarragona 700€ 350€ Demarcación de Lleida 600€ 300€ Les Terres de l'Ebre 600€ 300€
- Obligaciones
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- Presenta la solicitud con el impreso normalizado debidamente firmado
- Acredita tus ingresos con la documentación que se detalla en las bases reguladoras
- Consulta las publicaciones en el tablón electrónico de la Sede Electrónica de la Generalitat, que sustituyen la notificación individual
- Cuándo
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- Abre: 29 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 10 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- El 31 de enero de 2026 tenías 35 años o menos
- Pagas un alquiler de vivienda o de una habitación en Cataluña
- Tienes una vivienda o habitación cedida cuyo precio pagas tú
- Cuentas con una fuente regular de ingresos en tu unidad de convivencia
- El alquiler mensual no supera los topes fijados para tu demarcación
- El 31 de enero de 2026 ya tenías más de 35 años
- El alquiler o precio de cesión mensual supera el tope de tu demarcación
- Los ingresos de tu unidad de convivencia superan los límites según el IRSC
- No dispones de una fuente regular de ingresos
Cuánto puedes recibir
La ayuda cubre el pago del alquiler o el precio de cesión de tu vivienda o habitación. La convocatoria no especifica el importe que recibe cada solicitante; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que se detalla en las bases reguladoras
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Cumplimenta y firma el impreso normalizado de solicitud
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Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Generalitat, en una oficina local de vivienda o bolsa de la Red de Mediación para el Alquiler Social, o en la Agencia de la Vivienda de Cataluña
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Espera la resolución, que se publica en el tablón electrónico de la Sede Electrónica de la Generalitat
Documentación necesaria
- Impreso normalizado de solicitud debidamente formalizado y firmado
- Documentación acreditativa de los ingresos computables del periodo impositivo correspondiente