Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas de empleo en Asturias
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para acompañar a personas desempleadas hacia el empleo.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Servicio Público de Empleo de Asturias para programas de acompañamiento al empleo.
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro con experiencia en acompañar a personas desempleadas hacia la inserción laboral.
- Cuánto
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- Importe por persona atendida en el programa, con un tope medio de 1.920€ por persona
El total se fija en la resolución de concesión según el número de personas a atender y los objetivos de inserción.Resultado por persona Importe máximo Persona atendida 1.440€ Persona activada 2.500 euros Persona atendida e insertada 4.320€ Promedio por persona del programa 1.920€
- Importe por persona atendida en el programa, con un tope medio de 1.920€ por persona
- Qué cubre
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- Salarios y cotizaciones del personal de apoyo y formación, hasta 42.000€ por persona a jornada completa y 12 meses
- Dietas y desplazamientos del personal y de las personas participantes
- Acciones de formación para el empleo, hasta 960€ por persona
Los 960€ máximos por persona en formación están incluidos dentro de la subvención de 1.440€ por persona atendida.
- Gastos generales, materiales y técnicos, con el límite del 25% del coste total del programa
- Requisitos
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- Eres una persona jurídica sin ánimo de lucro, acreditada con escritura y estatutos
- Acreditas experiencia en programas de acompañamiento mediante informes o certificados de organismos oficiales
- Estás autorizado para actuar como agencia de colocación
- Te comprometes a un porcentaje de inserción superior al 30%
- Reúnes los requisitos en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Garantiza que al menos el 40% de las personas atendidas perciben prestaciones o subsidios por desempleo
- Asegura una participación de mujeres de al menos el 50% en las acciones de orientación y mejora de la empleabilidad
- Inicia con cada participante un itinerario personal de empleo con diagnóstico y diseño de itinerario
- Manifiesta tu aceptación expresa de la subvención en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación
- Justifica los gastos en los dos meses siguientes a la finalización de las acciones
- No subcontrates más del 50% de la actividad subvencionada
- Cuándo
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- Abre: 11 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 24 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro con sede en Asturias
- Acreditas experiencia en programas de acompañamiento a personas desempleadas
- Quieres desarrollar un programa de inserción laboral de desempleados
- Puedes atender a personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo asturianas
- Estás autorizado para actuar como agencia de colocación
- Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
- No puedes acreditar experiencia previa en estos programas
- Tu propuesta no alcanza el mínimo de 30 puntos en la valoración
- Comprometes un porcentaje de inserción del 30% o inferior
Cuánto puedes recibir
La subvención la recibe tu entidad y se calcula por persona desempleada que atiendas: hasta 1.440€ por persona atendida, 2.500 euros por persona activada y 4.320€ por persona atendida e insertada, sin superar un promedio de 1.920€ por persona del programa. El importe final de cada entidad se fija en la resolución de concesión según el número de personas a atender y los objetivos de inserción. Puedes solicitar el abono anticipado del 100% de la parte correspondiente a la atención, una vez iniciadas las actuaciones.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita a tu entidad y su experiencia en estos programas
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Redacta el proyecto-memoria del programa según el modelo disponible en el Servicio Público de Empleo
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Principado de Asturias
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Espera la valoración de la Comisión y la resolución del Presidente del Servicio Público de Empleo
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Manifiesta tu aceptación expresa de la subvención en los 10 días hábiles siguientes a la publicación
Documentación necesaria
- Acreditación y poder de representación de quien solicita en nombre de la entidad
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad
- Escritura pública y estatutos que acrediten la ausencia de ánimo de lucro
- Proyecto-memoria explicativo del programa y de las acciones a realizar
- Informes o certificados de organismos oficiales que acrediten la experiencia y los resultados
- Fichero de acreedores cumplimentado y diligenciado por la entidad bancaria, en su caso
- Informe que justifique los criterios de imputación de costes a la subvención