Subvención al alquiler de vivienda privada en Melilla 2026
Ayuda mensual al alquiler de vivienda habitual en Melilla para familias con bajos ingresos
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Ciudad Autónoma de Melilla para ayudar a pagar el alquiler de tu vivienda habitual
- Para quién
- Unidades familiares con bajos ingresos que viven de alquiler en una vivienda habitual y permanente en Melilla
- Cuánto
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- Ayuda mensual de entre 325€ y 425€ al mes según tu situación, durante los meses de enero a diciembre de 2026
El importe concreto depende del tramo de ingresos; consulta directamente con la administración.Concepto Importe Subvención mínima mensual 325,00€/mes Subvención máxima mensual 425,00€/mes
- Ayuda mensual de entre 325€ y 425€ al mes según tu situación, durante los meses de enero a diciembre de 2026
- Qué cubre
- El pago del alquiler de tu vivienda habitual y permanente en Melilla durante 2026
- Requisitos
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- Tu vivienda es tu residencia habitual y permanente, con contrato de alquiler legalizado
- Llevas residiendo legal y continuadamente en Melilla al menos 24 meses
Residencia legal y continuada de 24 meses desde el 1 de enero de 2024. Para antiguos beneficiarios este requisito solo se exige a uno de los cónyuges, bastando que el otro resida 18 meses. En residencia discontinua se exigen 60 meses, de los cuales los últimos 18 deben ser continuos.
- Tus ingresos mensuales ponderados no superan los umbrales establecidos
Se computan los ingresos de todas las personas empadronadas. Deben ser inferiores a 1.100,00€ mensuales con carácter general, o 1.500,00€ mensuales en el cupo específico, en caso de que no se agote el presupuesto.
- El alquiler mensual no supera los topes según tu tipo de unidad familiar
El alquiler mensual debe ser como máximo 750,00€. En familias numerosas que ocupen viviendas de 3 o más dormitorios puede ascender a 850,00€.
- Entre todas las personas empadronadas en la vivienda no hay más de un vehículo
- No posees bienes o valores por encima de los límites establecidos
La unidad familiar no debe ser titular de bienes o valores, mobiliarios e inmobiliarios, por valor superior a 8.000,00€. En vehículos el límite es 12.000€, o 18.000€ si el vehículo está adaptado.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acreditar que destinas la subvención íntegra al pago del alquiler, antes de cada pago trimestral
- Someterte a las comprobaciones que realice la administración, presentando los documentos que te requieran
- Comunicar si obtienes otra ayuda al alquiler de cualquier administración, ya que es incompatible
- Reintegrar las cantidades percibidas si incumples la justificación, la finalidad o las condiciones exigidas
- Comunicar cualquier cambio de domicilio y justificar las razones que lo motivaron
- Presentar la declaración de la renta del ejercicio correspondiente
- Cuándo
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- Abre: 10 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Vives de alquiler en una vivienda habitual y permanente en Melilla
- Llevas residiendo legalmente en Melilla al menos 24 meses
- Tus ingresos mensuales ponderados no superan los 1.100€
- Tu alquiler mensual no supera los 750€
- Eres familia numerosa con vivienda de 3 o más dormitorios y alquiler de hasta 850€
- Tienes ingresos de hasta 1.500€ y optas al cupo específico si queda presupuesto
- La vivienda no es tu residencia habitual y permanente
- Recibes otra ayuda al alquiler de cualquier administración para el mismo fin
- Has sido titular de pleno dominio de una vivienda en los últimos 4 años
- Tienes parentesco hasta tercer grado con el arrendador o eres socio de la empresa arrendadora
- En la vivienda hay más de un vehículo entre todas las personas empadronadas
- Posees bienes o valores por más de 8.000€
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda mensual para pagar el alquiler de tu vivienda, de entre 325€ y 425€ al mes según tu tramo de ingresos, para los meses de enero a diciembre de 2026. El pago se realiza de forma fraccionada por trimestres y necesitas justificar cada trimestre antes de cobrar el siguiente.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de todas las personas empadronadas, de la vivienda y de los ingresos
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Rellena y firma correctamente todos los apartados de la solicitud
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Presenta la solicitud en la sede del organismo gestor o en cualquier registro público dentro del plazo
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Espera la publicación del listado provisional de admitidos y excluidos
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Si procede, subsana o completa la documentación en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación del listado provisional
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Una vez concedida, presenta los recibos de alquiler para cobrar cada trimestre
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada y firmada por todas las personas empadronadas
- Fotocopia del DNI o permiso de residencia de todas las personas que conviven en la vivienda
- Certificado de empadronamiento colectivo de la vivienda
- Fotocopia del libro de familia
- En caso de separación o divorcio, sentencia y convenio regulador
- Certificado del grado de discapacidad si es superior al 50%
- Nota simple del Registro de la Propiedad de los empadronados que acredite no poseer vivienda
- Contrato de alquiler legalizado con referencia catastral, fianza depositada e impuestos pagados
- Cédula de habitabilidad
- Recibo del alquiler que acredite estar al corriente del pago
- Documentos que acrediten los ingresos de 2025 de todos los empadronados
- Documento donde conste la cuenta corriente del titular para el ingreso de la subvención