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Ayudas Claras
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Empleo Galicia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a empresas de Galicia por contratos formativos a jóvenes

Ayuda a empresas gallegas que contraten a jóvenes con contratos formativos, hasta el 30 de septiembre

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia no competitiva de la Xunta de Galicia para que empresas den la primera experiencia profesional con contratos formativos.
Para quién
Empresas, personas empleadoras y autónomos que contraten a jóvenes, y talleres artesanos inscritos en el registro de artesanía de Galicia.
Cuánto
Consulta directamente con la administración. La ayuda toma como referencia los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, con un máximo de 3 contratos subvencionables.
Qué cubre
  • Los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social
  • Contratos formativos para práctica profesional o de formación en alternancia
  • Hasta un máximo de 3 contratos por empresa beneficiaria
Requisitos
  • Tienes el centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia
  • Contratas a una persona joven menor de 30 años y desempleada, inscrita en el Servicio Público de Empleo de Galicia
  • Usas un contrato formativo para práctica profesional o de formación en alternancia
  • Contratas a jornada completa y por un periodo mínimo continuado de 12 meses
  • Si solicitas el programa artesanal, tu taller está inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia
  • No eres administración pública, sociedad pública ni entidad sin ánimo de lucro
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la contratación durante un periodo mínimo continuado de 12 meses
  • Da de alta en la Seguridad Social a las personas contratadas en la cuenta de cotización correspondiente
  • Comunica el inicio de los contratos en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que empiecen
  • Comunica cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
  • Presenta la documentación justificativa para el pago dentro del plazo establecido
  • Si extingues el contrato antes de los 12 meses, sustituye a la persona o reintegra la ayuda según corresponda
Cuándo
  • Abre: 16 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa o persona empleadora con centro de trabajo en Galicia
  • Quieres contratar a una persona menor de 30 años desempleada
  • Vas a usar un contrato formativo de práctica profesional o de alternancia
  • Eres un taller artesano inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia
  • Puedes mantener la contratación durante al menos 12 meses continuados
  • Eres una administración pública o una sociedad pública
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro
  • Contratas a un familiar hasta el segundo grado, salvo las excepciones de la orden
  • El centro de trabajo no está ubicado en Galicia
  • La persona contratada finalizó hace poco un contrato indefinido en tu empresa o grupo

Cuánto puedes recibir

El importe concreto por contrato no aparece especificado en la fuente; consulta directamente con la administración. La cuantía de la ayuda toma como referencia los costes totales de la contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, y se puede subvencionar un máximo de 3 contratos. El pago se realiza en un único abono tras presentar la documentación justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos antes de presentar la solicitud

  2. Reúne la documentación y el anexo de solicitud que corresponda a tu programa

  3. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

  4. Formaliza la contratación y comunícala a través de la aplicación de contratos

  5. Presenta la documentación justificativa para el pago de la ayuda

Documentación necesaria

  • Anexo de solicitud según el programa (Anexo 1.1 para jóvenes o Anexo 1.2 para oficios artesanales)
  • Declaración responsable incluida en el formulario de solicitud
  • Acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante
  • Declaración responsable de compromiso en caso de agrupaciones de personas (Anexo IV)
  • Documento firmado por las personas contratadas autorizando u oponiéndose a la comprobación de sus datos (Anexo III)
  • Fotografía del cartel informativo en la que se refleje su localización

Preguntas frecuentes

¿Cuántos contratos puedo subvencionar como máximo?
El número máximo de contratos subvencionables es de 3 por empresa beneficiaria.
¿Cuánto tiempo tengo que mantener la contratación?
Las personas deben ser contratadas por un periodo mínimo de 12 meses continuados y a jornada completa, salvo que se trate de una sustitución.
¿Puedo combinar esta ayuda con otras subvenciones para el mismo fin?
No. Es incompatible con otras subvenciones o ayudas públicas para el mismo objeto y finalidad, aunque sí es compatible con las bonificaciones o reducciones de cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Qué pasa si el contrato se extingue antes de los 12 meses?
Por norma general deberás reintegrar la ayuda, aunque en algunos casos (como baja voluntaria o fallecimiento) puedes sustituir a la persona en un plazo máximo de 15 días por el tiempo que reste.
¿Dónde se presenta la solicitud?
Obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Fuentes oficiales

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