Ayudas a empresas de Galicia por contratos formativos a jóvenes
Ayuda a empresas gallegas que contraten a jóvenes con contratos formativos, hasta el 30 de septiembre
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia no competitiva de la Xunta de Galicia para que empresas den la primera experiencia profesional con contratos formativos.
- Para quién
- Empresas, personas empleadoras y autónomos que contraten a jóvenes, y talleres artesanos inscritos en el registro de artesanía de Galicia.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración. La ayuda toma como referencia los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, con un máximo de 3 contratos subvencionables.
- Qué cubre
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- Los costes totales de contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social
- Contratos formativos para práctica profesional o de formación en alternancia
- Hasta un máximo de 3 contratos por empresa beneficiaria
- Requisitos
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- Tienes el centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia
- Contratas a una persona joven menor de 30 años y desempleada, inscrita en el Servicio Público de Empleo de Galicia
- Usas un contrato formativo para práctica profesional o de formación en alternancia
- Contratas a jornada completa y por un periodo mínimo continuado de 12 meses
- Si solicitas el programa artesanal, tu taller está inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia
- No eres administración pública, sociedad pública ni entidad sin ánimo de lucro
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén la contratación durante un periodo mínimo continuado de 12 meses
- Da de alta en la Seguridad Social a las personas contratadas en la cuenta de cotización correspondiente
- Comunica el inicio de los contratos en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que empiecen
- Comunica cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
- Presenta la documentación justificativa para el pago dentro del plazo establecido
- Si extingues el contrato antes de los 12 meses, sustituye a la persona o reintegra la ayuda según corresponda
- Cuándo
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- Abre: 16 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una empresa o persona empleadora con centro de trabajo en Galicia
- Quieres contratar a una persona menor de 30 años desempleada
- Vas a usar un contrato formativo de práctica profesional o de alternancia
- Eres un taller artesano inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia
- Puedes mantener la contratación durante al menos 12 meses continuados
- Eres una administración pública o una sociedad pública
- Eres una entidad sin ánimo de lucro
- Contratas a un familiar hasta el segundo grado, salvo las excepciones de la orden
- El centro de trabajo no está ubicado en Galicia
- La persona contratada finalizó hace poco un contrato indefinido en tu empresa o grupo
Cuánto puedes recibir
El importe concreto por contrato no aparece especificado en la fuente; consulta directamente con la administración. La cuantía de la ayuda toma como referencia los costes totales de la contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, y se puede subvencionar un máximo de 3 contratos. El pago se realiza en un único abono tras presentar la documentación justificativa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que cumples los requisitos antes de presentar la solicitud
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Reúne la documentación y el anexo de solicitud que corresponda a tu programa
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
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Formaliza la contratación y comunícala a través de la aplicación de contratos
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Presenta la documentación justificativa para el pago de la ayuda
Documentación necesaria
- Anexo de solicitud según el programa (Anexo 1.1 para jóvenes o Anexo 1.2 para oficios artesanales)
- Declaración responsable incluida en el formulario de solicitud
- Acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante
- Declaración responsable de compromiso en caso de agrupaciones de personas (Anexo IV)
- Documento firmado por las personas contratadas autorizando u oponiéndose a la comprobación de sus datos (Anexo III)
- Fotografía del cartel informativo en la que se refleje su localización