Ayuda en Galicia por contratar jóvenes en formación
Ayuda a empresas gallegas por contratar jóvenes con contrato formativo
Lo que significa
- Qué es
- Subvención de la Consellería de Empleo de la Xunta de Galicia para que empresas y autónomos contraten a jóvenes con contrato formativo.
- Para quién
- Empresas y personas empleadoras de Galicia, incluidos talleres artesanos inscritos en el registro de artesanía gallego.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
- Los costes totales de contratación de la persona joven, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social
- Requisitos
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- Tener el centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia
- Contratar a una persona joven mayor de 16 y menor de 30 años inscrita como demandante de empleo
- Formalizar un contrato formativo para práctica profesional o un contrato de formación en alternancia
- Contratar por un período mínimo continuado de 12 meses y a jornada completa
- No ser una administración pública, una sociedad pública ni una entidad sin ánimo de lucro
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantener la contratación durante al menos 12 meses, o reintegrar la ayuda si el contrato se extingue antes
- Dar de alta en la Seguridad Social a la persona contratada en el código de cuenta de cotización que corresponda
- Comunicar el inicio de los contratos en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que empiecen
- Colocar un cartel informativo y aportar una fotografía que refleje su localización
- Comunicar cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
- Realizar al menos el 50% de las contrataciones concedidas para no quedar excluido de la próxima convocatoria
- Cuándo
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- Abre: 16 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una empresa o autónomo con centro de trabajo en Galicia
- Quieres contratar a una persona joven menor de 30 años
- Vas a usar un contrato formativo de práctica profesional o de formación en alternancia
- Tienes un taller artesano inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia
- Puedes mantener la contratación al menos 12 meses a jornada completa
- Eres una administración pública o una sociedad pública
- Eres una entidad sin ánimo de lucro
- El centro de trabajo está fuera de Galicia
- Vas a contratar a un familiar hasta segundo grado, salvo las excepciones previstas
- Vas a contratar a alguien que acaba de finalizar un contrato indefinido en tu empresa
Cuánto puedes recibir
La cuantía de la ayuda toma como referencia los costes totales de contratar a la persona joven, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social. Se puede subvencionar un máximo de 3 contratos y la ayuda se abona en un único pago tras presentar la documentación justificativa. El importe concreto por contrato no aparece detallado en la convocatoria; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que cumples los requisitos para ser persona empleadora o empresa beneficiaria
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Reúne la declaración responsable y la documentación que se exige según el programa
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Presenta una solicitud por separado para cada programa con el anexo que corresponda
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Tramita la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
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Espera la resolución y, si te la conceden, formaliza los contratos y comunícalos en plazo
Documentación necesaria
- Solicitud con declaración responsable (Anexo 1.1 para el Programa I o Anexo 1.2 para el Programa II)
- Acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante
- Documento firmado por las personas contratadas que autoriza o se opone a la comprobación de sus datos (Anexo III)
- Declaración responsable de compromiso en caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas (Anexo IV)
- Fotografía del cartel informativo en la que se refleje su localización