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Ayudas Claras
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Empleo Illes Balears Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a centros de formación: Cheque formación Baleares

Subvención a centros de formación adheridos al Cheque formación de Baleares

Lo que significa

Qué es
Subvención del Servicio de Empleo de las Illes Balears a centros de formación para impartir el programa Cheque formación.
Para quién
Centros de formación inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación que impartan las especialidades del programa.
Cuánto
8,58€ por cada hora de formación presencial, hasta un máximo de 150 horas por especialidad. Cada especialidad tiene su importe según sus horas.
Qué cubre
  • El coste de la formación presencial impartida a las personas titulares del Cheque formación
  • Especialidades formativas de fontanería, electricidad, climatización, prevención de riesgos en construcción, sociosanitaria y sanitaria, transporte, oficios tradicionales (calzado y madera) y autoempleo y creación de empresas
Requisitos
  • Estás inscrito en el Registro Estatal de Entidades de Formación para impartir las especialidades de la convocatoria
  • Estás dado de alta en la aplicación de gestión del Servicio de Empleo de las Illes Balears
  • Te has adherido previamente al programa Cheque formación dentro de uno de sus periodos
  • Presentas una declaración de compromiso con medidas de fomento de la igualdad o tu plan de igualdad obligatorio
  • Estás al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Impartes la formación de forma presencial, con un máximo de 150 horas por especialidad
  • Compruebas la situación laboral de la persona antes de entregarle el Cheque formación
  • Limitas a un 10% del grupo la participación de personas trabajadoras de tu propia entidad
  • Solicitas la subvención solo una vez finalizada la formación
  • Justificas la ayuda con una memoria de actuaciones y una memoria económica
  • Cuentas como alumnado final solo a quien ha asistido al menos al 75% de la formación
Cuándo
  • Abre: 3 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un centro de formación inscrito en el Registro Estatal de Entidades de Formación
  • Estás dado de alta en la aplicación de gestión del Servicio de Empleo de las Illes Balears
  • Impartes especialidades formativas de las áreas incluidas en el programa
  • Quieres impartir formación presencial a personas trabajadoras desempleadas u ocupadas
  • Te adhieres al programa Cheque formación dentro de uno de sus periodos
  • No estás inscrito en el Registro Estatal de Entidades de Formación
  • No impartes ninguna de las especialidades formativas del programa
  • No te has adherido previamente al programa Cheque formación
  • Eres una persona trabajadora que busca el curso (la subvención la pide el centro)

Cuánto puedes recibir

Recibes la subvención por el valor de los cheques de formación que hayas impartido, calculada a 8,58€ por cada hora de formación presencial. Cada especialidad tiene su importe según sus horas, con un máximo de 150 horas. Solicitas el pago una vez finalizada la formación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Date de alta en la aplicación de gestión del Servicio de Empleo de las Illes Balears si aún no lo estás

  2. Adhiérete al programa Cheque formación por vía telemática dentro de uno de sus periodos

  3. Presenta la declaración de compromiso con la igualdad o tu plan de igualdad

  4. Imparte la formación presencial a las personas titulares del Cheque formación

  5. Solicita la subvención de forma electrónica en la sede electrónica una vez finalizada la formación

  6. Justifica la ayuda con la memoria de actuaciones y la memoria económica

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud disponible en el trámite telemático
  • Declaración de compromiso con medidas de fomento de la igualdad o plan de igualdad obligatorio
  • Memoria de actuaciones con las actividades efectuadas y los resultados obtenidos
  • Memoria económica con el alumnado titular del Cheque formación que finalizó y la cuantía de la subvención

Preguntas frecuentes

¿Quién solicita la subvención, el centro o la persona trabajadora?
La solicita el centro de formación adherido al programa. La persona trabajadora recibe el Cheque formación y lo entrega al centro que elija.
¿Cuándo puede el centro pedir el pago de la subvención?
Una vez finalizada la formación. El centro solicita la subvención por el valor de los cheques de formación correspondientes.
¿Cuánto tiempo tiene la persona para usar el Cheque formación?
Dispone de un plazo de dos meses desde que recibe el cheque para presentarlo al centro adherido que haya elegido.
¿Qué especialidades se pueden impartir?
Las de las áreas de fontanería, electricidad, climatización, prevención de riesgos en construcción, sociosanitaria y sanitaria, transporte, oficios tradicionales (calzado y madera) y autoempleo y creación de empresas, según el listado de la convocatoria.

Fuentes oficiales

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