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Ayudas Claras
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Ayudas para comprar suelo industrial en pueblos de Zaragoza

Subvención de hasta el 40% del coste del suelo industrial, con un tope individual de 100.000€.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Zaragoza para comprar suelo industrial municipal o público.
Para quién
Personas físicas o empresas que adquieren suelo industrial y lo destinan a actividad empresarial, profesional o industrial.
Cuánto
Cuantía individual de hasta 100.000€, con un máximo del 40% del coste de adquisición del suelo (sin intereses, impuestos indirectos ni recargos).
Qué cubre
  • El coste de adquisición del suelo industrial reflejado en la escritura de compraventa
  • No cubre intereses, impuestos indirectos ni recargos
  • No cubre gastos notariales, periciales ni registrales
Requisitos
  • Has comprado suelo industrial de propiedad municipal o público en un municipio de la provincia de Zaragoza (salvo los excluidos)
  • La parcela tiene calificación de uso industrial conforme al planeamiento urbanístico del municipio
  • Destinas el suelo a instalar una nueva empresa, ampliar el centro empresarial o trasladar tu empresa del núcleo urbano al polígono
  • Has pagado y formalizado la compra entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
  • Estás al corriente con Hacienda estatal, la Seguridad Social y la Hacienda de Aragón
  • No eres una agrupación de personas, comunidad de bienes ni sociedad civil
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la parcela a la actividad empresarial y conserva su titularidad durante un mínimo de cinco años
  • Si inicias la actividad más tarde, comunica a la administración la fecha de inicio para que empiece el cómputo de los cinco años
  • Presenta un aval o contrato de caución por el 110% de la subvención antes del pago
  • Acredita en el Registro público la finalidad y el importe de la subvención concedida
  • Comunica cualquier otra ayuda que obtengas para la misma compra
  • Sométete a las actuaciones de control e inspección que se te requieran
Cuándo
  • Abre: 4 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una persona física o una empresa que ha comprado suelo industrial
  • El suelo adquirido es de propiedad municipal o pública
  • La parcela está en un municipio de la provincia de Zaragoza
  • Vas a instalar, ampliar o trasladar tu actividad empresarial a ese suelo
  • La parcela tiene calificación de uso industrial en el planeamiento municipal
  • La parcela está en Zaragoza, Utebo, Cuarte de Huerva u otro municipio excluido
  • La compra es una transacción de suelo entre particulares
  • Eres una agrupación de personas, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Has recibido ayudas de mínimis por 300.000€ o más en los últimos tres ejercicios
  • El suelo no tiene calificación de uso industrial en el planeamiento del municipio

Cuánto puedes recibir

El crédito disponible se reparte de forma proporcional entre todos los solicitantes que cumplen los requisitos, según el coste de adquisición del suelo (excluidos intereses, impuestos indirectos y recargos). Aun así, ningún beneficiario puede recibir más de 100.000€ ni más del 40% del coste de adquisición del suelo. El pago se hace efectivo tras la concesión y la presentación de la documentación exigida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Compra el suelo industrial municipal o público y formaliza la escritura pública de compraventa

  2. Reúne la documentación: escritura, factura, certificados de estar al corriente, licencias y los anexos II y III

  3. Cumplimenta la solicitud según el modelo del Anexo I dirigida al Presidente de la Diputación

  4. Presenta la solicitud en el Registro General de la Diputación Provincial de Zaragoza, preferentemente por vía electrónica

  5. Espera la resolución de concesión, que se dicta en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo de solicitudes

  6. Presenta el aval y la documentación final en los 20 días hábiles siguientes a la notificación para cobrar

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Aceptación y declaración de otras ayudas concurrentes (Anexo III)
  • Escritura pública de compraventa del suelo industrial, inscrita en el Registro de la Propiedad
  • Factura justificativa del precio de adquisición y acreditación del pago, si no consta en la escritura
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Hacienda de Aragón
  • Copia de la solicitud de licencia de obras y de actividad o apertura, o certificado del Secretario del Ayuntamiento
  • Escritura de apoderamiento o documento similar, si actúas por representación

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar el suelo a un particular?
No. La subvención solo cubre la adquisición de suelo de propiedad municipal o público; quedan fuera las transacciones de suelo entre particulares.
¿Puedo combinar esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, es compatible con otras ayudas para la misma compra, siempre que la suma de todas no supere el coste de adquisición del suelo (sin impuestos, recargos ni intereses).
¿Durante cuánto tiempo debo mantener la actividad?
Debes destinar el suelo a actividad empresarial y conservar su titularidad durante un mínimo de cinco años; si no, tendrás que reintegrar la subvención con intereses de demora.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
La administración te requerirá para que subsanes la falta o aportes la documentación en un plazo de diez días hábiles; si no lo haces, se te tendrá por desistido.

Fuentes oficiales

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