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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Empleo
Empleo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda a autónomos de municipios afectados por cierre nuclear

Subvención de 8.547€ para autónomos de municipios del entorno nuclear.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat de Cataluña para fomentar el autoempleo en los municipios afectados por el cierre nuclear.
Para quién
Personas trabajadoras autónomas de los municipios afectados por la desnuclearización del entorno de Ascó y Vandellòs.
Cuánto
8.547€ por persona beneficiaria.
Qué cubre
  • Iniciar una actividad económica o profesional como autónomo
  • Mantener esa actividad y el alta durante al menos 12 meses
  • Conservar el empadronamiento y el domicilio fiscal en un municipio afectado
Requisitos
  • Estás dado de alta como autónomo entre el 1 de julio de 2025 y el último día de solicitud
  • Estás empadronado y tienes tu domicilio fiscal en un municipio afectado por el cierre nuclear
  • Si tienes centro de trabajo, está en un municipio de las zonas I o II del entorno de Ascó y Vandellòs
  • No has ejercido ninguna actividad por cuenta propia en los 12 meses anteriores al alta
  • No has sido contratado por cuenta ajena desde el inicio de la actividad
  • Estás al corriente de pago con Hacienda estatal, la agencia tributaria catalana y la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén tu actividad y tu alta como autónomo durante 12 meses ininterrumpidos
  • Conserva el empadronamiento y el domicilio fiscal en el municipio afectado durante ese periodo
  • Declara ingresos de tu actividad por al menos el 15% del importe concedido
  • Presenta la justificación en el mes siguiente a la finalización del periodo de ejecución
  • Si causas baja antes de cumplir 9 meses de alta, devuelves la totalidad de la subvención recibida
Cuándo
  • Abre: 3 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres trabajador autónomo dado de alta desde julio de 2025
  • Estás empadronado en un municipio del entorno de Ascó o Vandellòs
  • Tienes tu domicilio fiscal en un municipio afectado por el cierre nuclear
  • Vas a iniciar y mantener tu actividad al menos 12 meses
  • Quieres impulsar tu autoempleo en la zona en transición energética
  • Te diste de alta como autónomo antes del 1 de julio de 2025
  • Ejerciste una actividad económica por cuenta propia en los 12 meses previos al alta
  • No estás empadronado en ninguno de los municipios afectados
  • Has estado contratado por cuenta ajena desde que iniciaste la actividad

Cuánto puedes recibir

Recibes 8.547€ por iniciar y mantener tu actividad como autónomo durante al menos 12 meses en un municipio afectado por el cierre nuclear. El pago se hace en dos partes: un anticipo del 80% tras la resolución de concesión y el 20% restante una vez justificada correctamente la ayuda. Si el crédito no alcanza para todas las solicitudes, el importe puede reducirse de forma proporcional, sin que la rebaja supere el 10%.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que estás empadronado y dado de alta como autónomo en un municipio afectado

  2. Consigue el informe de viabilidad técnica y económica validado por una entidad de la Xarxa Impuls o de la Xarxa Emprèn

  3. Reúne el resto de documentación que se adjunta a la solicitud

  4. Rellena el formulario normalizado y preséntalo de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat

  5. Presenta una sola solicitud; si envías varias, solo vale la última

Documentación necesaria

  • Informe de viabilidad técnica y económica de la actividad, validado por una entidad de la Xarxa Impuls o de la Xarxa Emprèn
  • Declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelos 036-037) o documento único electrónico (DUE) tramitado por CIRCE
  • En el caso de profesionales colegiados, certificado de la fecha de alta en la mutua como alternativa al régimen de autónomos
  • Volante o certificado de empadronamiento histórico en un municipio afectado
  • Informe de vida laboral de los 12 meses anteriores al alta y hasta la fecha de solicitud
  • Certificado de estar al corriente de pago con Hacienda estatal, la agencia tributaria catalana y la Seguridad Social
  • Certificado de la empresa contratante, solo si te acoges a la excepción de haber trabajado en operaciones de recarga de las centrales

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparte el dinero si no hay crédito para todas las solicitudes?
Se prorratea el importe entre todas las solicitudes beneficiarias, sin que la reducción pueda superar el 10% del módulo.
¿Qué pasa si me doy de baja como autónomo antes de tiempo?
Si causas baja antes de cumplir 9 meses de alta ininterrumpida, debes devolver la totalidad de la subvención. A partir del noveno mes se aplica una tabla que reduce el importe a devolver según los meses completos cumplidos.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo se acepta un formulario por persona; si presentas varios, únicamente se considera válido el último.
¿Cuándo cobro la ayuda?
Se paga en dos partes: un anticipo del 80% tras la resolución de concesión y el 20% restante cuando hayas justificado correctamente la subvención.

Fuentes oficiales

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