Ayuda a autónomos de municipios afectados por cierre nuclear
Subvención de 8.547€ para autónomos de municipios del entorno nuclear.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat de Cataluña para fomentar el autoempleo en los municipios afectados por el cierre nuclear.
- Para quién
- Personas trabajadoras autónomas de los municipios afectados por la desnuclearización del entorno de Ascó y Vandellòs.
- Cuánto
- 8.547€ por persona beneficiaria.
- Qué cubre
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- Iniciar una actividad económica o profesional como autónomo
- Mantener esa actividad y el alta durante al menos 12 meses
- Conservar el empadronamiento y el domicilio fiscal en un municipio afectado
- Requisitos
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- Estás dado de alta como autónomo entre el 1 de julio de 2025 y el último día de solicitud
- Estás empadronado y tienes tu domicilio fiscal en un municipio afectado por el cierre nuclear
- Si tienes centro de trabajo, está en un municipio de las zonas I o II del entorno de Ascó y Vandellòs
- No has ejercido ninguna actividad por cuenta propia en los 12 meses anteriores al alta
- No has sido contratado por cuenta ajena desde el inicio de la actividad
- Estás al corriente de pago con Hacienda estatal, la agencia tributaria catalana y la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén tu actividad y tu alta como autónomo durante 12 meses ininterrumpidos
- Conserva el empadronamiento y el domicilio fiscal en el municipio afectado durante ese periodo
- Declara ingresos de tu actividad por al menos el 15% del importe concedido
- Presenta la justificación en el mes siguiente a la finalización del periodo de ejecución
- Si causas baja antes de cumplir 9 meses de alta, devuelves la totalidad de la subvención recibida
- Cuándo
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- Abre: 3 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 15 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres trabajador autónomo dado de alta desde julio de 2025
- Estás empadronado en un municipio del entorno de Ascó o Vandellòs
- Tienes tu domicilio fiscal en un municipio afectado por el cierre nuclear
- Vas a iniciar y mantener tu actividad al menos 12 meses
- Quieres impulsar tu autoempleo en la zona en transición energética
- Te diste de alta como autónomo antes del 1 de julio de 2025
- Ejerciste una actividad económica por cuenta propia en los 12 meses previos al alta
- No estás empadronado en ninguno de los municipios afectados
- Has estado contratado por cuenta ajena desde que iniciaste la actividad
Cuánto puedes recibir
Recibes 8.547€ por iniciar y mantener tu actividad como autónomo durante al menos 12 meses en un municipio afectado por el cierre nuclear. El pago se hace en dos partes: un anticipo del 80% tras la resolución de concesión y el 20% restante una vez justificada correctamente la ayuda. Si el crédito no alcanza para todas las solicitudes, el importe puede reducirse de forma proporcional, sin que la rebaja supere el 10%.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que estás empadronado y dado de alta como autónomo en un municipio afectado
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Consigue el informe de viabilidad técnica y económica validado por una entidad de la Xarxa Impuls o de la Xarxa Emprèn
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Reúne el resto de documentación que se adjunta a la solicitud
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Rellena el formulario normalizado y preséntalo de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat
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Presenta una sola solicitud; si envías varias, solo vale la última
Documentación necesaria
- Informe de viabilidad técnica y económica de la actividad, validado por una entidad de la Xarxa Impuls o de la Xarxa Emprèn
- Declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelos 036-037) o documento único electrónico (DUE) tramitado por CIRCE
- En el caso de profesionales colegiados, certificado de la fecha de alta en la mutua como alternativa al régimen de autónomos
- Volante o certificado de empadronamiento histórico en un municipio afectado
- Informe de vida laboral de los 12 meses anteriores al alta y hasta la fecha de solicitud
- Certificado de estar al corriente de pago con Hacienda estatal, la agencia tributaria catalana y la Seguridad Social
- Certificado de la empresa contratante, solo si te acoges a la excepción de haber trabajado en operaciones de recarga de las centrales